Administración Local. Bizkaia. Ayuntamiento De Bilbao. (BOE-N-2025-428957)
Anuncio de notificación de 27 de mayo de 2025 en procedimiento sancionador.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 142

Viernes 13 de junio de 2025

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Suplemento de Notificaciones

ADMINISTRACIÓN LOCAL
BIZKAIA
AYUNTAMIENTO DE BILBAO
Anuncio de notificación de 27 de mayo de 2025 en procedimiento sancionador.
ID: N2500398602

Por no haberse podido cumplimentar la notificación correspondiente, procede
publicar, a los efectos del art. 44 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las administraciones Públicas, la Resolución Municipal
adoptada con fecha 19 de febrero de 2025, en el expediente de signatura 2025-006313,
cuyo contenido literal es el siguiente:
“Primero.- Comunicar a X5870041G, en su condición de persona encargada y
responsable del local sito c/ Bruno Mauricio Zabala nº 5, PB 1D, que no está autorizada
la actividad hostelera- consumo de bebidas alcohólicas en el interior del local- tratándose
de un uso no amparado por licencia previa del local, habiendo sido denunciado por ello,
a la vista de lo expuesto en el precedente informe de la Sección Jurídica de Aperturas
que sirve de fundamento a la presente resolución y de cuyo contenido se le da traslado.
Segundo.- Requerirle para que en el plazo de UN MES cumpla con lo señalado en
este informe y o bien:
Legalice la actividad hostelera, mediante la presentación del impreso de
Comunicación Previa de Actividad Clasificada (CPA) debidamente cumplimentado y
acompañado de memoria y certificado técnico que acrediten el cumplimiento de la
normativa sectorial vigente, o bien,
Tercero.- Ordenar el cese inmediato de la actividad hostelera, como medida
preventiva adoptada en base a lo establecido en el art. 99 y dentro de un procedimiento
de restauración de la legalidad (art. 100) de la precitada Ley 10/2021, medida que
concluirá con la legalización de la actividad hostelera, o, en su caso, cese definitivo de la
actividad, advirtiéndole de que, en caso de incumplimiento, se podrá imponer una multa
coercitiva de 600 euros, sin perjuicio de iniciar el correspondiente procedimiento
sancionador y, en su caso, proceder a la clausura del local.
Cuarto.- Advertirle de que, en caso de incumplimiento, se ordenará el precintaje del
local en su integridad a cargo del Área de Seguridad.
Quinto.- Comunicar a la persona interesada que contra la presente resolución podrá
interponer los recursos que se especifican al dorso de la notificación.”
Medios de Impugnación
Contra la presente resolución, que es definitiva en vía administrativa, podrá utilizar
los recursos que se expresan a continuación:
1. Si así lo desea, podrá interponer el Recurso de Reposición ante el mismo órgano
que ha dictado la resolución, en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente a
aquél en que haya recibido esta notificación.

cve: BOE-N-2025-df39e427f0546dd6ec0a11320f1952b99acdcc4a
Verificable en https://www.boe.es

en dicho plazo retire el mobiliario propio del ramo.