Administración Local. Madrid. Ayuntamiento De Torrejón De Ardoz. (BOE-N-2025-429590)
Anuncio de notificación de 11 de junio de 2025 en procedimientos Sanciones de tráfico.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Viernes 13 de junio de 2025

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Suplemento de Notificaciones

ADMINISTRACIÓN LOCAL
MADRID
AYUNTAMIENTO DE TORREJÓN DE ARDOZ
Anuncio de notificación de 11 de junio de 2025 en procedimientos Sanciones de tráfico.
ID: N2500434279

Anuncio del Excmo. Ayto. de Torrejón de Ardoz por el que se notifica inicio de
procedimiento sancionador y requerimiento de identificación de conductor en materia de
tráfico y seguridad vial.
De conformidad con lo dispuesto en los artículos 44, 45 y 46 de la Ley 39/2015, de 1
de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas
(BOE de 2 de octubre de 2015), en relación con lo igualmente establecido en esta
materia por los artículos 90, 91 y 92 del Real Decreto Legislativo 6/2015, de 30 de
octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley sobre Tráfico, Circulación de
Vehículos a Motor y Seguridad Vial; se pone en conocimiento de los interesados que a
continuación se relacionan que, al intentar practicar las notificaciones de denuncias por
infracciones de tráfico cuyos datos se detallan, por las que se ha incoado procedimiento
sancionador, y no siendo posible dar cumplimiento a las mismas, se practican por medio
del presente Edicto, que se mantendrá en el Tablón Edictal Unico (BOE) durante veinte
días naturales, transcurridos los cuales la notificación se tendrá por practicada. La
instrucción del procedimiento corresponde a las dependencias administrativas de
Sanciones. Puede usted proceder del siguiente modo:
PRIMERO.- Salvo que usted fuera el conductor debidamente identificado, en el plazo
de los VEINTE DIAS NATURALES de su exposición, de conformidad con el art. 11. 1 a)
TRLTSV, tiene el deber de proceder a identificar verazmente al conductor responsable de
la infracción imputada (nombre, apellidos, permiso o licencia de conducción/DNI/NIF y
domicilio), o en su caso al arrendatario en los mismos términos. Si incumpliera esta
obligación, SERA SANCIONADO PECUNIARIAMENTE COMO AUTOR DE
INFRACCION MUY GRAVE (art. 77 j) del TRLTSV, por importe del doble de la multa
prevista para la infracción originaria si es infracción leve, y el triple si es grave o muy
grave (art. 80.2 b) TRLTSV. Si la infracción consiste en una parada o estacionamiento no
reglamentario podrá pagar la multa sin necesidad de identificar al conductor (art. 82 g))
TRLTSV.
SEGUNDO.-En el mismo plazo de los VEINTE DIAS NATURALES SIGUIENTES de
su exposición, podrá realizar el pago voluntario de la multa con una reducción del 50%
de su importe o formular alegaciones con aportación y/o proposición de las pruebas que
estime oportunas (art. 93.1) TRLTSV.
El ingreso podrá efectuarse indicando Nº DE EXPEDIENTE, DNI/NIF/NIE del
denunciado y MATRICULA del vehículo denunciado mediante giro postal remitido al
Ayuntamiento de Torrejón de Ardoz, mediante ingreso en la cuenta de titularidad
municipal: CAIXABANK: ES88 2100 2718 97 1300375752, o a través de la web
municipal (www.ayto-torrejon.es).
*Si efectúa el pago se tendrá por concluido el presente procedimiento administrativo
sancionador sin necesidad de dictar resolución expresa con las siguientes

cve: BOE-N-2025-cbff1cffa7ffb48a8af5820ac5e009b1124f6ee8
Verificable en https://www.boe.es

Núm. 142