Administración Local. Almería. Ayuntamiento De Vícar. (BOE-N-2025-428747)
Anuncio de notificación de 10 de junio de 2025 en procedimiento sancionador.
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Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Viernes 13 de junio de 2025
Supl. N. Pág. 2
días naturales, citando siempre el número de expediente (Art. 81.1 LSV). Si no formula
alegaciones ni paga con reducción en el plazo de 20 días naturales, la denuncia
correctamente notificada, surte efecto de acto resolutorio del procedimiento. Esto supone
que no se dictará resolución sancionadora y que se pondrá a la ejecución de la sanción a
los 30 días, quedando entonces abierta la vía contencioso-administrativa en los términos
arriba expuestos. Vencido el plazo de 15 días naturales siguientes a la fecha de la
firmeza de la sanción sin que se hubiese satisfecho la denuncia, su cobro se llevará a
cabo por el procedimiento de apremio de la Excma. Diputación Provincial de Almería
(Art. 90 LSV).
El pago de la denuncia se podrá realizar de la siguiente forma:
1.- En Oficinas de Correos, a través de T€NVIO, indicando en el campo
REFERENCIA: NÚMERO DE BOLETIN O EXPEDIENTE, en el campo Observaciones la
FECHA DE LA DENUNCIA, MATRICULA Y NOMBRE DEL DENUNCIADO. 2.- En la
Jefatura de la Policía Local de Vícar, Negociado de Sanciones de Tráfico, en días
laborables. 3.- Mediante transferencia o ingreso en el número de cuenta ES92 2103
5980 91 0030008164 de la entidad bancaria UNICAJA de éste Ayuntamiento, haciendo
constar en la misma obligatoriamente el NUMERO DE BOLETIN o EXPEDIENTE,
MATRICULA Y NOMBRE DEL DENUNCIADO.
Caducidad del Procedimiento: al año desde su iniciación sin que hubiere recaído
resolución sancionadora expresa, salvo que concurran causas de suspensión (Art. 92.3
LSV).
Normativa, abreviaturas: LSV (Ley Seguridad Vial) CIR (Reglamento General de
Circulación), OMC (Ordenanza Municipal de Circulación), ORA (Ordenanza Municipal
Reguladora Estacionamiento).
En Vícar, 10 de junio de 2025.- ANTONIO BONILLA RODRIGUEZ, El Alcalde
cve: BOE-N-2025-f94aada4747e08a0e274ea6fb97e4fadb103ca73
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 142
Viernes 13 de junio de 2025
Supl. N. Pág. 2
días naturales, citando siempre el número de expediente (Art. 81.1 LSV). Si no formula
alegaciones ni paga con reducción en el plazo de 20 días naturales, la denuncia
correctamente notificada, surte efecto de acto resolutorio del procedimiento. Esto supone
que no se dictará resolución sancionadora y que se pondrá a la ejecución de la sanción a
los 30 días, quedando entonces abierta la vía contencioso-administrativa en los términos
arriba expuestos. Vencido el plazo de 15 días naturales siguientes a la fecha de la
firmeza de la sanción sin que se hubiese satisfecho la denuncia, su cobro se llevará a
cabo por el procedimiento de apremio de la Excma. Diputación Provincial de Almería
(Art. 90 LSV).
El pago de la denuncia se podrá realizar de la siguiente forma:
1.- En Oficinas de Correos, a través de T€NVIO, indicando en el campo
REFERENCIA: NÚMERO DE BOLETIN O EXPEDIENTE, en el campo Observaciones la
FECHA DE LA DENUNCIA, MATRICULA Y NOMBRE DEL DENUNCIADO. 2.- En la
Jefatura de la Policía Local de Vícar, Negociado de Sanciones de Tráfico, en días
laborables. 3.- Mediante transferencia o ingreso en el número de cuenta ES92 2103
5980 91 0030008164 de la entidad bancaria UNICAJA de éste Ayuntamiento, haciendo
constar en la misma obligatoriamente el NUMERO DE BOLETIN o EXPEDIENTE,
MATRICULA Y NOMBRE DEL DENUNCIADO.
Caducidad del Procedimiento: al año desde su iniciación sin que hubiere recaído
resolución sancionadora expresa, salvo que concurran causas de suspensión (Art. 92.3
LSV).
Normativa, abreviaturas: LSV (Ley Seguridad Vial) CIR (Reglamento General de
Circulación), OMC (Ordenanza Municipal de Circulación), ORA (Ordenanza Municipal
Reguladora Estacionamiento).
En Vícar, 10 de junio de 2025.- ANTONIO BONILLA RODRIGUEZ, El Alcalde
cve: BOE-N-2025-f94aada4747e08a0e274ea6fb97e4fadb103ca73
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 142