Administración Local. Almería. Diputación Provincial De Almería. (BOE-N-2025-428723)
Anuncio de notificación de 10 de junio de 2025 en procedimiento Patrimonial.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 142
Viernes 13 de junio de 2025
Supl. N. Pág. 1
Suplemento de Notificaciones
ADMINISTRACIÓN LOCAL
ALMERÍA
DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE ALMERÍA
Anuncio de notificación de 10 de junio de 2025 en procedimiento Patrimonial.
ID: N2500432517
ÁREA DE FOMENTO, INFRAESTRUCTURAS, VERTEBRACIÓN DEL TERRITORIO
Y AGUA
Sección de Actuación Patrimonial
De conformidad con lo dispuesto en los artículos 44, 45 y 46 de la Ley 39/2015, de 1
de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas,
se publica anuncio de la notificación de la resolución que después se indica, dictada por
el Sr. Diputado Delegado de Fomento, Infraestructuras, Vertebración del Territorio y Agua
de la Excma. Diputación Provincial de Almería. Este anuncio se efectúa a la persona
cuyos datos se señalan a continuación, y ello porque, habiéndose intentado la
notificación en el último domicilio conocido, ésta no se ha podido practicar.
Nº Expte.
Nº Resolución Fecha Resolución Personas a quienes se notifica
041/2024-S 275/2025
26/05/2025
GABRIEL SÁNCHEZ OGAYAR
Contra el presente acto, que pone fin a la vía administrativa, podrá Vd. interponer
recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de
Almería en el plazo de dos meses, contado desde el día siguiente al de su notificación,
conforme a lo previsto en el artículo 46 en relación con el artículo 8, ambos de la Ley
29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa
(LRJCA).
No obstante, de conformidad con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de
octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas,
podrá Vd. interponer previamente, con carácter potestativo, recurso de reposición ante el
mismo órgano que lo dictó, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de
su notificación. Se le indica que si presenta recurso de reposición no podrá interponer
recurso contencioso-administrativo hasta que sea resuelto expresamente o se haya
producido la desestimación presunta del recurso de reposición por el transcurso del
plazo de un mes desde su interposición.
El expediente estará a disposición del interesado, en particular para el conocimiento
del contenido íntegro del mencionado acto, en las dependencias de la Sección de
Actuación Patrimonial del Área de Fomento, Infraestructuras, Vertebración del Territorio y
cve: BOE-N-2025-dcc6d3383342774dae9f7dc98f4ab670fbb7b4b2
Verificable en https://www.boe.es
En dicha resolución se acuerda ordenar la demolición de la actuación denunciada y
la restitución de los terrenos afectados a su estado anterior, concediéndole a D. Gabriel
Sánchez Ogayar el plazo de un mes para que proceda a su cumplimiento y advirtiéndole
que, de no hacerlo, se podrá proceder a la ejecución subsidiaria de dicha orden, en
sustitución de la interesada y a su costa, todo ello sin perjuicio de los daños que
pudieran producirse a terceros a causa de la peligrosidad vial, así como de las sanciones
y responsabilidades que procedan.
Núm. 142
Viernes 13 de junio de 2025
Supl. N. Pág. 1
Suplemento de Notificaciones
ADMINISTRACIÓN LOCAL
ALMERÍA
DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE ALMERÍA
Anuncio de notificación de 10 de junio de 2025 en procedimiento Patrimonial.
ID: N2500432517
ÁREA DE FOMENTO, INFRAESTRUCTURAS, VERTEBRACIÓN DEL TERRITORIO
Y AGUA
Sección de Actuación Patrimonial
De conformidad con lo dispuesto en los artículos 44, 45 y 46 de la Ley 39/2015, de 1
de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas,
se publica anuncio de la notificación de la resolución que después se indica, dictada por
el Sr. Diputado Delegado de Fomento, Infraestructuras, Vertebración del Territorio y Agua
de la Excma. Diputación Provincial de Almería. Este anuncio se efectúa a la persona
cuyos datos se señalan a continuación, y ello porque, habiéndose intentado la
notificación en el último domicilio conocido, ésta no se ha podido practicar.
Nº Expte.
Nº Resolución Fecha Resolución Personas a quienes se notifica
041/2024-S 275/2025
26/05/2025
GABRIEL SÁNCHEZ OGAYAR
Contra el presente acto, que pone fin a la vía administrativa, podrá Vd. interponer
recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de
Almería en el plazo de dos meses, contado desde el día siguiente al de su notificación,
conforme a lo previsto en el artículo 46 en relación con el artículo 8, ambos de la Ley
29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa
(LRJCA).
No obstante, de conformidad con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de
octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas,
podrá Vd. interponer previamente, con carácter potestativo, recurso de reposición ante el
mismo órgano que lo dictó, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de
su notificación. Se le indica que si presenta recurso de reposición no podrá interponer
recurso contencioso-administrativo hasta que sea resuelto expresamente o se haya
producido la desestimación presunta del recurso de reposición por el transcurso del
plazo de un mes desde su interposición.
El expediente estará a disposición del interesado, en particular para el conocimiento
del contenido íntegro del mencionado acto, en las dependencias de la Sección de
Actuación Patrimonial del Área de Fomento, Infraestructuras, Vertebración del Territorio y
cve: BOE-N-2025-dcc6d3383342774dae9f7dc98f4ab670fbb7b4b2
Verificable en https://www.boe.es
En dicha resolución se acuerda ordenar la demolición de la actuación denunciada y
la restitución de los terrenos afectados a su estado anterior, concediéndole a D. Gabriel
Sánchez Ogayar el plazo de un mes para que proceda a su cumplimiento y advirtiéndole
que, de no hacerlo, se podrá proceder a la ejecución subsidiaria de dicha orden, en
sustitución de la interesada y a su costa, todo ello sin perjuicio de los daños que
pudieran producirse a terceros a causa de la peligrosidad vial, así como de las sanciones
y responsabilidades que procedan.