Otros Entes. (BOE-N-2025-431110)
Anuncio de notificación de 10 de junio de 2025 en procedimiento gestionado por Ibermutua, Mutua colaboradora con la Seguridad Social, número 274, en materia de revisión de las Prestaciones Extraordinarias por Cese de Actividad de los Trabajadores Autónomos.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 142
Viernes 13 de junio de 2025
Supl. N. Pág. 1
Suplemento de Notificaciones
OTROS ENTES
Anuncio de notificación de 10 de junio de 2025 en procedimiento gestionado por
Ibermutua, Mutua colaboradora con la Seguridad Social, número 274, en materia de
revisión de las Prestaciones Extraordinarias por Cese de Actividad de los Trabajadores
Autónomos.
ID: N2500430739
Denegaciones
De conformidad con lo dispuesto en los artículos 44 y 45 la Ley 39/2015, de 1 de
octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, se
hace pública la notificación de la Resolución definitiva denegatoria de la solicitud de la
prestación extraordinaria de cese de actividad de los trabajadores autónomos, prevista
en el artículo 8 del Real Decreto-ley 11/2021, de 27 de mayo, que fue reconocida
provisionalmente por Ibermutua, Mutua Colaboradora con la Seguridad Social nº 274,
mediante Resolución emitida por esta entidad al amparo de lo previsto en el artículo 8.9
del Real Decreto- ley 11/2021, de 27 de mayo.
En aplicación de lo previsto en el artículo 8.10 del Real Decreto- ley 11/2021, de 27
de mayo, como resultado de la revisión de la Resolución provisional que fue en su día
notificada a la persona solicitante, una vez cumplido el preceptivo trámite de
alegaciones, ha recaído RESOLUCIÓN definitiva DENEGATORIA sobre los expedientes
que a continuación se relacionan y, por tanto, queda sin efecto el reconocimiento
provisional, así como se declara indebidamente percibido el importe abonado en su día a
las personas declaradas inicialmente beneficiarias, que le será reclamado una vez firme
la notificación de la Resolución definitiva denegatoria.
En atención a lo previsto en el artículo 46 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del
Procedimiento Administrativo de las Administraciones Públicas, por si la presente
publicación pudiera lesionar derechos o intereses legítimos de los ciudadanos
destinatarios de la misma, la Resolución no se publica en su integridad, por lo que se
comunica a las personas interesadas que el texto íntegro de la Resolución y el resto de
la documentación del expediente se pone a su disposición durante un plazo máximo de
DIEZ DÍAS NATURALES a contar desde el día siguiente al de publicación del presente
anuncio en el "Boletín Oficial del Estado", una vez que se solicite en:
Oficina de comparecencia: Ibermutua,
reclamacioncatacovid19@ibermutua.es
Teléfono de contacto
914163601/914163611.
previo
a
la
dirección
de
comparecencia
correo
para
electrónico
solicitar
cita:
Cuando transcurrido el plazo indicado anteriormente no se hubiera comparecido, la
notificación se entenderá producida a todos los efectos legales desde el día siguiente al
del vencimiento del plazo señalado para comparecer.
cve: BOE-N-2025-091773c94530f27eb686ed45470bf13216a9c2fb
Verificable en https://www.boe.es
No habiendo sido posible practicar la notificación de la Resolución definitiva
denegatoria a través la dirección de correo electrónico designada a estos efectos por la
persona solicitante en el formulario de solicitud de la prestación extraordinaria, se
procede a citar a la persona interesada para que comparezca para que le sea notificada
la indicada Resolución definitiva denegatoria de la prestación extraordinaria y, en
consecuencia, la determinación de la cuantía de la prestación indebidamente percibida
que a continuación se relacionan.
Núm. 142
Viernes 13 de junio de 2025
Supl. N. Pág. 1
Suplemento de Notificaciones
OTROS ENTES
Anuncio de notificación de 10 de junio de 2025 en procedimiento gestionado por
Ibermutua, Mutua colaboradora con la Seguridad Social, número 274, en materia de
revisión de las Prestaciones Extraordinarias por Cese de Actividad de los Trabajadores
Autónomos.
ID: N2500430739
Denegaciones
De conformidad con lo dispuesto en los artículos 44 y 45 la Ley 39/2015, de 1 de
octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, se
hace pública la notificación de la Resolución definitiva denegatoria de la solicitud de la
prestación extraordinaria de cese de actividad de los trabajadores autónomos, prevista
en el artículo 8 del Real Decreto-ley 11/2021, de 27 de mayo, que fue reconocida
provisionalmente por Ibermutua, Mutua Colaboradora con la Seguridad Social nº 274,
mediante Resolución emitida por esta entidad al amparo de lo previsto en el artículo 8.9
del Real Decreto- ley 11/2021, de 27 de mayo.
En aplicación de lo previsto en el artículo 8.10 del Real Decreto- ley 11/2021, de 27
de mayo, como resultado de la revisión de la Resolución provisional que fue en su día
notificada a la persona solicitante, una vez cumplido el preceptivo trámite de
alegaciones, ha recaído RESOLUCIÓN definitiva DENEGATORIA sobre los expedientes
que a continuación se relacionan y, por tanto, queda sin efecto el reconocimiento
provisional, así como se declara indebidamente percibido el importe abonado en su día a
las personas declaradas inicialmente beneficiarias, que le será reclamado una vez firme
la notificación de la Resolución definitiva denegatoria.
En atención a lo previsto en el artículo 46 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del
Procedimiento Administrativo de las Administraciones Públicas, por si la presente
publicación pudiera lesionar derechos o intereses legítimos de los ciudadanos
destinatarios de la misma, la Resolución no se publica en su integridad, por lo que se
comunica a las personas interesadas que el texto íntegro de la Resolución y el resto de
la documentación del expediente se pone a su disposición durante un plazo máximo de
DIEZ DÍAS NATURALES a contar desde el día siguiente al de publicación del presente
anuncio en el "Boletín Oficial del Estado", una vez que se solicite en:
Oficina de comparecencia: Ibermutua,
reclamacioncatacovid19@ibermutua.es
Teléfono de contacto
914163601/914163611.
previo
a
la
dirección
de
comparecencia
correo
para
electrónico
solicitar
cita:
Cuando transcurrido el plazo indicado anteriormente no se hubiera comparecido, la
notificación se entenderá producida a todos los efectos legales desde el día siguiente al
del vencimiento del plazo señalado para comparecer.
cve: BOE-N-2025-091773c94530f27eb686ed45470bf13216a9c2fb
Verificable en https://www.boe.es
No habiendo sido posible practicar la notificación de la Resolución definitiva
denegatoria a través la dirección de correo electrónico designada a estos efectos por la
persona solicitante en el formulario de solicitud de la prestación extraordinaria, se
procede a citar a la persona interesada para que comparezca para que le sea notificada
la indicada Resolución definitiva denegatoria de la prestación extraordinaria y, en
consecuencia, la determinación de la cuantía de la prestación indebidamente percibida
que a continuación se relacionan.