Comunidades Y Ciudades Autónomas. Comunidad Autónoma Del País Vasco. Departamento De Seguridad. (BOE-N-2025-428142)
Anuncio de notificación de 10 de junio de 2025 en procedimiento de expedientes sancionadores de tráfico: denuncias y acuerdos de incoación dictados por la Oficina Territorial de Tráfico de Araba.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Viernes 13 de junio de 2025

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Suplemento de Notificaciones

COMUNIDADES Y CIUDADES AUTÓNOMAS
COMUNIDAD AUTÓNOMA DEL PAÍS VASCO
DEPARTAMENTO DE SEGURIDAD
Anuncio de notificación de 10 de junio de 2025 en procedimiento de expedientes
sancionadores de tráfico: denuncias y acuerdos de incoación dictados por la Oficina
Territorial de Tráfico de Araba.
ID: N2500434069

Intentada la notificación personal, sin que haya sido posible realizarla porque la
persona interesada es desconocida o porque no se ha podido practicar, se notifican las
denuncias y acuerdos de incoación de los expedientes que se relacionan (arts. 91 y 92
del Real Decreto Legislativo 6/2015, de 30 de octubre, Ley de Tráfico, Circulación de
Vehículos a Motor y Seguridad Vial). Este anuncio servirá de notificación individual a los
interesados con las siguientes advertencias:
1.- Si paga la multa dentro del plazo de 20 días naturales, el importe se reducirá en
un 50%, y (arts. 93.1 y 94 Real Decreto Legislativo 6/2015): a) Renuncia a formular
alegaciones; b) Termina el procedimiento sin necesidad de dictar resolución expresa; c)
Se agota la vía administrativa, siendo recurrible únicamente ante la jurisdicción
contencioso-administrativa en el plazo de 2 meses contados desde el día siguiente al del
pago; d) La sanción administrativa es firme y la detracción de puntos será al día
siguiente del pago; e) Si se trata de infracciones leves o graves que no conlleven pérdida
de puntos, la sanción no computará como antecedente en el Registro de Conductores e
Infractores. Excepción: No podrán acogerse al pago con descuento las infracciones al
art. 77 h), j), n), ñ), o), p), q) y r) Real Decreto Legislativo 6/2015.
2.- Si no se acoge al descuento del 50%, podrá presentar alegaciones y proponer
prueba en el plazo de 20 días naturales (art. 95.1 Real Decreto Legislativo 6/2015). La
denuncia o acuerdo de incoación notificado inicia el procedimiento sancionador. La
Instructora es el órgano competente para instruir el expediente sancionador. La
Responsable Territorial es el órgano competente para sancionar (Decreto de Estructura
Orgánica y Funcional del Departamento de Seguridad).
3.- Si no formula alegaciones ni abona la multa en el plazo de 20 días naturales, la
denuncia o acuerdo de incoación surte efecto de acto resolutorio del procedimiento sin
necesidad de dictar resolución sancionadora expresa y, a los 30 días naturales, se
iniciará la ejecución de la sanción. Sólo podrá recurrirse en vía contenciosoadministrativa (arts. 87.3 e) y 95.4 Real Decreto Legislativo 6/2015).
4.- Si la infracción fuera responsabilidad del conductor y Vd. no lo fuera, no abone la
multa: identifique al conductor (nº de permiso/licencia de conducir, nombre y dos
apellidos y domicilio) en el plazo de 20 días naturales. Si el conductor no figura inscrito
en el Registro de Conductores e Infractores, deberá facilitar copia de la autorización
administrativa que le habilite a conducir en España.
5.- Los plazos arriba indicados se contarán transcurridos 20 días naturales desde la
fecha de publicación de este Anuncio.
6.- Los escritos deberá remitirlos por correo postal certificado a: C/ Samaniego, 2,
01008 Vitoria-Gasteiz o presentarlos en las oficinas de Zuzenean (Gran Vía, 85 - Bilbao;

cve: BOE-N-2025-b9b169f0bf938a9966741313e6893aac3e012192
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Núm. 142