Notarías Y Registros De La Propiedad, Mercantiles Y De Bienes Muebles. Registros De La Propiedad, Mercantiles Y De Bienes Muebles. Santa Cruz De Tenerife. (BOE-N-2025-426793)
REGISTRO DE LA PROPIEDAD DE SANTA CRUZ DE LA PALMA Y MERCANTIL. Anuncio de notificación de 9 de junio de 2025 en procedimiento Artículo 199 Ley Hipotecaria.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 141

Jueves 12 de junio de 2025

Supl. N. Pág. 3

227257.91 3173485.82
227257.52 3173489.54
227259.50 3173497.16
Dicha solicitud se realiza en virtud de INSTANCIA suscrita por los titulares registrales
ya citados de fecha once de abril del año dos mil veinticinco.
Conforme a lo dispuesto en el artículo 199 de la Ley Hipotecaria, se dispone la
publicación del presente Edicto por el que se Notifica formalmente, a ++++, como
colindantes de la finca de referencia arriba indicada, siendo desconocido su domicilio a
efectos de notificaciones o siendo el intento de notificación personal de resultado
infructuoso, así como a CUANTOS PUEDAN ESTAR INTERESADOS respecto a la
expresada inscripción, a fin de que hagan uso de los derechos que en su caso puedan
corresponderles sobre la finca descrita, el Inicio del expediente para inscribir la
representación geográfica georreferenciada de la finca.
En el plazo de 20 días, podrá usted comparecer ante el Registrador para alegar y
justificar lo que a su derecho convenga, bien personalmente, previa solicitud, o por
escrito con firma legitimada notarialmente, o con firma electrónica reconocida y
presentada telemáticamente en el Registro de la Propiedad. Si actúa por medio de
representante deberá este acreditar la representación, con los documentos públicos
necesarios al efecto, remitiéndolo a la siguiente dirección:
REGISTRO DE LA PROPIEDAD DE SANTA CRUZ DE LA PALMA
Avenida Los Indianos, nº 20 Bajo
38700 SANTA CRUZ DE LA PALMA
En el caso de no comparecer y justificar la oposición se presumirá que no se opone a
la inscripción de la representación geográfica notificada.
Observaciones: Conforme al artículo 10.5 de la Ley Hipotecaria, si tras la tramitación
del referido expediente el Registrador procediera a inscribir la referida representación
gráfica y lista de coordenadas, se presumirá, con arreglo a lo dispuesto en el artículo 38,
que la finca objeto de los derechos inscritos tiene la ubicación y delimitación geográfica
expresadas.

Santa Cruz de la Palma, 9 de junio de 2025.- El/La Registrador/a, Francisco de Asis
Palacios Criado

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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO

D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X

cve: BOE-N-2025-20626eee8a79ae5f3251c93f04658a6d2a1181b0
Verificable en https://www.boe.es

La inscripción de la representación gráfica a que se refiere la presente notificación no
afecta ni modifica la superficie inscrita de la finca registral de la que usted pueda ser
titular.