Notarías Y Registros De La Propiedad, Mercantiles Y De Bienes Muebles. Registros De La Propiedad, Mercantiles Y De Bienes Muebles. Cádiz. (BOE-N-2025-426313)
REGISTRO DE LA PROPIEDAD DE OLVERA. Anuncio de notificación de 9 de junio de 2025 en procedimiento del artículo 199 de la Ley Hipotecaria, tramitados en virtud del documento que motivo el asiento 241 del diario 2025.
2 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 141
Jueves 12 de junio de 2025
Supl. N. Pág. 2
300204.3800 4089826.4015
300215.9926 4089823.7469
300236.8988 4089817.8255
300254.9563 4089813.3692
300268.9532 4089809.8274
300275.0688 4089808.3623
300278.2613 4089807.6992
300271.6397 4089790.9532
300261.8982 4089770.0334
300254.8350 4089749.2214
300248.0981 4089731.6501
300242.2641 4089724.5549
Igualmente, la representación gráfica cuya inscripción se pretende practicar puede
visualizarse en el siguiente enlace o siguiendo la ruta que a continuación se expresa:
https://geoportal.registradores.org/geoportal/idufir/11008000107572
Conforme al mismo precepto legal, podrá usted comparecer en el plazo de los veinte
días siguientes a la recepción de la presente notificación ante el Registrador para alegar
lo que a su derecho convenga.
A la vista de las alegaciones efectuadas, el Registrador decidirá motivadamente
según su prudente criterio, sin que la mera oposición de quién no haya acreditado ser
titular registral de la finca o de cualquiera de las registrales colindantes determine
necesariamente la denegación de la inscripción.
Si lo desea, también puede usted remitir sus alegaciones por escrito con firma
legitimada, o con firma electrónica reconocida, y, en su caso, acreditando la
representación en la que actúe.
Todo ello a la siguiente dirección:
REGISTRO DE LA PROPIEDAD DE OLVERA
AVENIDA MANUEL DE FALLA, 12, BAJO
REFERENCIA: ASIENTO 241 DEL LIBRO DIARIO 2025
OBSERVACIONES:
Conforme al artículo 10.5 de la Ley Hipotecaria, si tras la tramitación del referido
expediente el Registrador procediera a inscribir la referida representación gráfica y lista
de coordenadas, se presumirá, con arreglo a lo dispuesto en el artículo 38 de la Ley
Hipotecaria, que la finca objeto de los derechos inscritos tiene la ubicación y delimitación
geográfica expresadas.
Olvera, 9 de junio de 2025.- El/La Registrador/a, Carlota Rodríguez Núñez
https://www.boe.es
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X
cve: BOE-N-2025-a8f4a31501dafe9ad1ddf9f0a4fb06acaad47deb
Verificable en https://www.boe.es
11690 OLVERA (Cádiz)
Núm. 141
Jueves 12 de junio de 2025
Supl. N. Pág. 2
300204.3800 4089826.4015
300215.9926 4089823.7469
300236.8988 4089817.8255
300254.9563 4089813.3692
300268.9532 4089809.8274
300275.0688 4089808.3623
300278.2613 4089807.6992
300271.6397 4089790.9532
300261.8982 4089770.0334
300254.8350 4089749.2214
300248.0981 4089731.6501
300242.2641 4089724.5549
Igualmente, la representación gráfica cuya inscripción se pretende practicar puede
visualizarse en el siguiente enlace o siguiendo la ruta que a continuación se expresa:
https://geoportal.registradores.org/geoportal/idufir/11008000107572
Conforme al mismo precepto legal, podrá usted comparecer en el plazo de los veinte
días siguientes a la recepción de la presente notificación ante el Registrador para alegar
lo que a su derecho convenga.
A la vista de las alegaciones efectuadas, el Registrador decidirá motivadamente
según su prudente criterio, sin que la mera oposición de quién no haya acreditado ser
titular registral de la finca o de cualquiera de las registrales colindantes determine
necesariamente la denegación de la inscripción.
Si lo desea, también puede usted remitir sus alegaciones por escrito con firma
legitimada, o con firma electrónica reconocida, y, en su caso, acreditando la
representación en la que actúe.
Todo ello a la siguiente dirección:
REGISTRO DE LA PROPIEDAD DE OLVERA
AVENIDA MANUEL DE FALLA, 12, BAJO
REFERENCIA: ASIENTO 241 DEL LIBRO DIARIO 2025
OBSERVACIONES:
Conforme al artículo 10.5 de la Ley Hipotecaria, si tras la tramitación del referido
expediente el Registrador procediera a inscribir la referida representación gráfica y lista
de coordenadas, se presumirá, con arreglo a lo dispuesto en el artículo 38 de la Ley
Hipotecaria, que la finca objeto de los derechos inscritos tiene la ubicación y delimitación
geográfica expresadas.
Olvera, 9 de junio de 2025.- El/La Registrador/a, Carlota Rodríguez Núñez
https://www.boe.es
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X
cve: BOE-N-2025-a8f4a31501dafe9ad1ddf9f0a4fb06acaad47deb
Verificable en https://www.boe.es
11690 OLVERA (Cádiz)