Notarías Y Registros De La Propiedad, Mercantiles Y De Bienes Muebles. Registros De La Propiedad, Mercantiles Y De Bienes Muebles. León. (BOE-N-2025-426591)
REGISTRO DE LA PROPIEDAD DE ASTORGA. Anuncio de notificación de 9 de junio de 2025 en procedimiento relativa al expediente 199.
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Jueves 12 de junio de 2025

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Suplemento de Notificaciones

NOTARÍAS Y REGISTROS DE LA
PROPIEDAD, MERCANTILES Y DE BIENES
MUEBLES
REGISTROS DE LA PROPIEDAD, MERCANTILES Y DE BIENES
MUEBLES
LEÓN
REGISTRO DE LA PROPIEDAD DE ASTORGA. Anuncio de notificación de 9 de junio de
2025 en procedimiento relativa al expediente 199.
ID: N2500428931

expediente 199
Código de la Finca Registral: 24001000360835
Promotor del expediente: Joaquin Suárez MArtínez y María González GArcía
Asiento de Presentación: 1317 del Diario 2025
Fecha de presentación: 16/05/2025
Información de la representación gráfica que se pretende inscribir
Referencia/s catastral/es: 8883924TN6188S0001TS
Para general conocimiento de posibles interesados desconocidos, y al ser imposible
de fijar con certeza los posibles titulares registrales, por el presente EDICTO que se hace
público y notifica que se ha iniciado el expediente citado con la finalidad de calificar si
procede inscribir en el Registro de la Propiedad la representación gráfica y lista de
coordenadas de los vértices de la finca con la referencia catastral citada, de lo cual
certifico.
En el plazo de 20 días, desde la publicación del presente Edicto, podrá usted
comparecer ante el Registrador para alegar y justificar lo que a su derecho convenga,
bien personalmente, previa solicitud, o por escrito con firma legitimada notarialmente, o
con firma electrónica reconocida y presentada telemáticamente en el Registro de la
Propiedad. Si actúa por medio de representante deberá este acreditar la representación,
con los documentos públicos necesarios al efecto, remitiéndolo a la siguiente dirección:
Registro de la Propiedad: Registro de la Propiedad de Astorga
Plaza San Miguel 3-4, bajo 24700-Astorga
Dirección: Registrador: Elena Gacto Legorburo
En el caso de no comparecer y justificar la oposición se presumirá que no se opone a
la inscripción de la representación geográfica notificada.
A la vista de las alegaciones efectuadas, el Registrador decidirá motivadamente
según su prudente criterio, sin que la mera oposición de quien no haya acreditado ser
titular registral de la finca o de cualquiera de las registrales colindantes determine
necesariamente la denegación de la inscripción.

cve: BOE-N-2025-ca599f40d806ff538e140d9acb3482ec623f5a39
Verificable en https://www.boe.es

Núm. 141