Notarías Y Registros De La Propiedad, Mercantiles Y De Bienes Muebles. Registros De La Propiedad, Mercantiles Y De Bienes Muebles. A Coruña. (BOE-N-2025-426038)
REGISTRO DE LA PROPIEDAD DE ARZÚA. Anuncio de notificación de 9 de junio de 2025.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 141

Jueves 12 de junio de 2025

Supl. N. Pág. 2

RÚSTICA: Finca número setecientos cincuenta y nueve del plano general de la Zona
de Concentración Parcelaria de Novela-Liñares-Pezobrés, municipio de Santiso, suelo
rustico de la superficie de veintiún mil novecientos noventa y siete metros y veintinueve
decímetros cuadrados. Limita: norte, con predio número 758; sur, con predio número
760; este, con camino público; oeste, con camino público. Referencia catastral: No se
hace constar. Consta representación gráfica registral sobre BASE GRÁFICA
ALTERNATIVA A LA CATASTRAL. Finca no coordinada gráficamente con el Catastro a
los efectos del artículo 10 de la Ley Hipotecaria, a nueve de junio de dos mil veinticinco.
RÚSTICA: Finca número novecientos tres del plano general de la Zona de
Concentración Parcelaria de Novela-Liñares-Pezobrés, municipio de Santiso, suelo
rustico de la superficie de veinticinco mil setecientos noventa y dos metros y sesenta y
nueve decímetros cuadrados. Limita: norte, con predio número 904; sur, con predio
número 902; este, con camino público; oeste, con límite de zona. Referencia catastral:
No se hace constar. Consta representación gráfica registral sobre BASE GRÁFICA
ALTERNATIVA A LA CATASTRAL. Finca no coordinada gráficamente con el Catastro a
los efectos del artículo 10 de la Ley Hipotecaria, a nueve de junio de dos mil veinticinco.
Accesible
geográficas]

en

www.registradores.org

[Ayuda

al

ciudadano.Visor

de

alertas

Generada la alerta correspondiente, a los efectos del artículo 205 in fine y del punto
sexto de la Resolución Circular de la Dirección General de los Registros del Notariado de
3 de noviembre de 2015, accesible en https://geoportal.registradores.org/geoportal/
index.html.
El dominio se ha inscrito a favor de DON MANUEL CARRAL RODRÍGUEZ Y DOÑA
CONCEPCIÓN SESTO MEJUTO.
Todo lo cual se publica mediante el presente edicto en cumplimiento de lo dispuesto
en el citado artículo 204 de la Ley Hipotecaria, advirtiendo que, conforme al artículo 1 de
la misma ley, los asientos del Registro practicados están bajo la salvaguardia de los
Tribunales y producen todos sus efectos mientras no se declare su inexactitud en los
términos establecidos en esta Ley, y que, conforme al artículo 207 de la misma Ley, los
efectos protectores dispensados por el artículo 34 de esta Ley no se producirán hasta
transcurridos dos años desde la fecha de la inmatriculación.

cve: BOE-N-2025-6b4a00076dc535bc0d4ecbfd222594ad28266243
Verificable en https://www.boe.es

Arzúa, 9 de junio de 2025.- El/La Registrador/a, Beatriz María Belmar Madrid

https://www.boe.es

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D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X