Notarías Y Registros De La Propiedad, Mercantiles Y De Bienes Muebles. Registros De La Propiedad, Mercantiles Y De Bienes Muebles. Teruel. (BOE-N-2025-426868)
REGISTRO DE LA PROPIEDAD DE ALCAÑIZ. Anuncio de notificación de 9 de junio de 2025 en procedimiento artículo 205 ley hipotecaria.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 141
Jueves 12 de junio de 2025
Supl. N. Pág. 1
Suplemento de Notificaciones
NOTARÍAS Y REGISTROS DE LA
PROPIEDAD, MERCANTILES Y DE BIENES
MUEBLES
REGISTROS DE LA PROPIEDAD, MERCANTILES Y DE BIENES
MUEBLES
TERUEL
REGISTRO DE LA PROPIEDAD DE ALCAÑIZ. Anuncio de notificación de 9 de junio de
2025 en procedimiento artículo 205 ley hipotecaria.
ID: N2500429376
As. 703/2025
Dª. Marina Zúñiga Serrano, Registradora de la Propiedad de Alcañiz, en
cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 205 de la Ley Hipotecaria, NOTIFICA:
Que a día de hoy se ha inmatriculado en este Registro de la Propiedad, conforme al
artículo 205 de la Ley Hipotecaria, la siguiente finca:
- CÓDIGO DE FINCA REGISTRAL: 44002001096314. FINCA: 513 DE TORRE DE
ARCAS, inscripción 1ª.
- DESCRIPCIÓN LITERARIA DE LA FINCA: RÚSTICA.- De forma rectangular sita en
término de Torre de Arcas, partida Prat de Aragón, según catastro de seis áreas, noventa
y siete centiáreas, lindante: Norte y Este y Oeste, la parcela 15 de Francisca Esupiña
Hernández; y Sur, límite del término municipal. Es la parcela 16 del polígono 5.
.
- PERSONA A CUYO FAVOR SE HA INSCRITO EL DOMINIO: DON JOSE
ANTONIO TENA ESTUPIÑA.
- TITULO DE PROPIEDAD: Escritura de DONACION otorgada el dieciséis de abril
del año dos mil veinticuatro, ante el Notario Don Ernesto Tarragón Albella, protocolo
1028/2024.
Todo lo cual se publica mediante el presente edicto en cumplimiento de lo dispuesto
en el citado artículo 205 de la Ley Hipotecaria, advirtiendo que, conforme al artículo 1 de
la misma Ley, los asientos del Registro están bajo la salvaguardia de los Tribunales y
producen todos sus efectos mientras no se declare su inexactitud en los términos
establecidos en la misma; y que, conforme al artículo 207 de la Ley Hipotecaria, los
efectos protectores dispensados por su artículo 34 no se producirán hasta transcurridos
dos años desde la fecha de la inmatriculación. Los cuales se extenderán a la ubicación y
delimitación geográfica expresada en la representación gráfica catastral que ha quedado
incorporada en la inscripción registral, conforme al artículo 10.5º de la Ley Hipotecaria.
Alcañiz, 9 de junio de 2025.- El/La Registrador/a, Marina Zúñiga Serrano
https://www.boe.es
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X
cve: BOE-N-2025-28ff94333f34075e062f300593bae6b379778607
Verificable en https://www.boe.es
REFERENCIA CATASTRAL: 44236A005000160000II.
Núm. 141
Jueves 12 de junio de 2025
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MUEBLES
REGISTROS DE LA PROPIEDAD, MERCANTILES Y DE BIENES
MUEBLES
TERUEL
REGISTRO DE LA PROPIEDAD DE ALCAÑIZ. Anuncio de notificación de 9 de junio de
2025 en procedimiento artículo 205 ley hipotecaria.
ID: N2500429376
As. 703/2025
Dª. Marina Zúñiga Serrano, Registradora de la Propiedad de Alcañiz, en
cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 205 de la Ley Hipotecaria, NOTIFICA:
Que a día de hoy se ha inmatriculado en este Registro de la Propiedad, conforme al
artículo 205 de la Ley Hipotecaria, la siguiente finca:
- CÓDIGO DE FINCA REGISTRAL: 44002001096314. FINCA: 513 DE TORRE DE
ARCAS, inscripción 1ª.
- DESCRIPCIÓN LITERARIA DE LA FINCA: RÚSTICA.- De forma rectangular sita en
término de Torre de Arcas, partida Prat de Aragón, según catastro de seis áreas, noventa
y siete centiáreas, lindante: Norte y Este y Oeste, la parcela 15 de Francisca Esupiña
Hernández; y Sur, límite del término municipal. Es la parcela 16 del polígono 5.
.
- PERSONA A CUYO FAVOR SE HA INSCRITO EL DOMINIO: DON JOSE
ANTONIO TENA ESTUPIÑA.
- TITULO DE PROPIEDAD: Escritura de DONACION otorgada el dieciséis de abril
del año dos mil veinticuatro, ante el Notario Don Ernesto Tarragón Albella, protocolo
1028/2024.
Todo lo cual se publica mediante el presente edicto en cumplimiento de lo dispuesto
en el citado artículo 205 de la Ley Hipotecaria, advirtiendo que, conforme al artículo 1 de
la misma Ley, los asientos del Registro están bajo la salvaguardia de los Tribunales y
producen todos sus efectos mientras no se declare su inexactitud en los términos
establecidos en la misma; y que, conforme al artículo 207 de la Ley Hipotecaria, los
efectos protectores dispensados por su artículo 34 no se producirán hasta transcurridos
dos años desde la fecha de la inmatriculación. Los cuales se extenderán a la ubicación y
delimitación geográfica expresada en la representación gráfica catastral que ha quedado
incorporada en la inscripción registral, conforme al artículo 10.5º de la Ley Hipotecaria.
Alcañiz, 9 de junio de 2025.- El/La Registrador/a, Marina Zúñiga Serrano
https://www.boe.es
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D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X
cve: BOE-N-2025-28ff94333f34075e062f300593bae6b379778607
Verificable en https://www.boe.es
REFERENCIA CATASTRAL: 44236A005000160000II.