Administración Local. Córdoba. Ayuntamiento De Córdoba. (BOE-N-2025-425313)
POLICÍA LOCAL. Anuncio de notificación de 29 de mayo de 2025 en procedimiento de tratamiento residual de vehículos.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Jueves 12 de junio de 2025

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Suplemento de Notificaciones

ADMINISTRACIÓN LOCAL
CÓRDOBA
AYUNTAMIENTO DE CÓRDOBA
POLICÍA LOCAL. Anuncio de notificación de 29 de mayo de 2025 en procedimiento de
tratamiento residual de vehículos.
ID: N2500430389

«Habiendo resultado infructuosa la notificación cuyo contenido se transcribe a
continuación y con CÓDIGO CSV 5cf145604e6ceb59fcc1074bfa0c68315b023e5e, es
por lo que procede la presente publicación, de conformidad con lo establecido en el
artículo 44 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo común
de las Administraciones Públicas:
Con fecha 25/03/25 con el nº. 4909 he dictado decreto del siguiente tenor literal:
“Visto el informe-propuesta del técnico de Policía Local (CODIGO CSV
50c53e41c4990b8fb1abb76a12dbc1df000fe3d3 ), cuya parte expositiva es la siguiente:
“El vehículo AUDI A 4, matrícula 1475BFR, propiedad de IÑIGO DIAZ CORDOBA,
con DNI/CIF núm. ***9512**, ha permanecido estacionado por un periodo superior a un
mes en C/ JOSE MARIA MARTORELL y presenta desperfectos que hacen imposible su
desplazamiento por sus propios medios y/o le faltan las placas de matrícula, por lo que
procede iniciar procedimiento para ordenar el traslado del vehículo a un Centro
Autorizado de Tratamiento de Vehículos para su posterior destrucción y
descontaminación, de conformidad con lo establecido en el artículo 106. 1 b) del Real
Decreto Legislativo 6/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de
la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial (LSV en
adelante) y, en concurrencia con la Ley 7/2022, de 8 de abril, de residuos y suelos
contaminados para una economía circular y el Real Decreto 265/2021, de 13 de abril,
sobre los vehículos al final de su vida útil y por el que se modifica el Reglamento General
de Vehículos, aprobado por el Real Decreto 2822/1998, de 23 de diciembre.
El artículo 106 LSV establece que con anterioridad a la orden de traslado del
vehículo deberá requerirse a su titular, advirtiéndole que, de no proceder a su retirada en
el plazo de un mes, se efectuará el traslado del vehículo a un Centro Autorizado de
Tratamiento de Vehículos.
De conformidad con la Tarifa 10 de la Ordenanza Fiscal nº. 106 del Excmo.
Ayuntamiento de Córdoba, la tramitación de este procedimiento devenga una tasa de
382,22€. Esta tasa se reducirá en un 90%, si se produce la renuncia por parte del
interesado a sus derechos sobre el vehículo con anterioridad a la finalización del
procedimiento administrativo. “
Por ello, en uso de las atribuciones conferidas al Alcalde, de acuerdo con lo previsto
en el artículo 124 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen
Local, en la redacción dada por la Ley 57/2003, de 16 de diciembre, de medidas para la
Modernización del Gobierno Local que me han sido delegadas por Decretos de la
Alcaldía número 8377 de 17 de junio de 2023 Decreto n.º 11490 de 11 de septiembre de
2023 y Decreto n.º 2024/12859 de 3 de septiembre de 2024, y las atribuciones
conferidas a la Junta de Gobierno Local por el artículo 127 del Título X de la misma Ley

cve: BOE-N-2025-6b2f6baf8ff95a30e1c70b18b16da55415c546df
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Núm. 141