Administración Local. Córdoba. Ayuntamiento De Córdoba. (BOE-N-2025-425310)
ESTADÍSTICA. Anuncio de notificación de 5 de junio de 2025 en procedimiento de baja de oficio por caducidad de la inscripción padronal correspondiente a los extranjeros no comunitarios sin autorización de residencia permanente (ENCSARP).
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 141

Jueves 12 de junio de 2025

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Suplemento de Notificaciones

ADMINISTRACIÓN LOCAL
CÓRDOBA
AYUNTAMIENTO DE CÓRDOBA
ESTADÍSTICA. Anuncio de notificación de 5 de junio de 2025 en procedimiento de baja
de oficio por caducidad de la inscripción padronal correspondiente a los extranjeros no
comunitarios sin autorización de residencia permanente (ENCSARP).
ID: N2500428124

Mediante Decreto número 2025/08260, de fecha 5 de junio de 2025, de la Teniente
de Alcalde Delegada de Gestión, se ha resuelto lo que literalmente transcrito dice:
RESUELVO
PRIMERO.- Declarar la baja por caducidad de la inscripción padronal
correspondiente a la extranjera no comunitaria sin autorización de residencia
permanente (ENCSARP) Dª. Sengly Solandy Caicedo Riascos, al haber transcurrido el
plazo de dos años sin haber sido objeto de renovación dicha inscripción por la
interesada.
SEGUNDO.- Ante la imposibilidad de notificar personalmente la resolución a la
interesada por ignorarse cual es el domicilio actual de la misma, la notificación se
realizará de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 44 de la Ley 39/2015, de 1 de
octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas,
mediante anuncio en el Boletín Oficial del Estado, siendo la fecha de la baja en el Padrón
la correspondiente a esta última publicación.

Todo lo que se traslada para su conocimiento y efectos oportunos, haciendo saber
que el acuerdo que se notifica pone fin a la vía administrativa de conformidad con lo
establecido en el artículo 52.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, de Bases del Régimen
Local y que, conforme se establece en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de
octubre, y 8, 45 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, si lo considera conveniente,
puede interponer alternativamente los siguientes recursos:
a) Con carácter potestativo, recurso de reposición ante el mismo órgano que dictó el
acuerdo que se notifica, dentro del plazo de un mes contado desde el día siguiente al de
la publicación de esta notificación. La interposición del recurso, excepto en los casos en
que una disposición establezca lo contrario, no suspenderá la ejecución del acuerdo que
se impugna, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 117 de la Ley 39/2015, de 1
de octubre. Si transcurrido un mes desde el día siguiente al de la interposición del
recurso de reposición, no se hubiese resuelto sobre el mismo, podrá entender que ha
sido desestimado e interponer recurso Contencioso Administrativo ante el Juzgado de lo
Contencioso-Administrativo de Córdoba que en turno de reparto corresponda, en el plazo
de seis meses, a contar desde el día siguiente al de la desestimación presunta.
b) Recurso Contencioso Administrativo ante el Juzgado de lo ContenciosoAdministrativo de Córdoba que en turno de reparto corresponda dentro del plazo de dos
meses contados desde el día siguiente al de la recepción de esta notificación.

cve: BOE-N-2025-167c8899af8b5fd1c444a0c8a4961359e64673cd
Verificable en https://www.boe.es

TERCERO.- Remitir al INE, en los ficheros de variaciones mensuales, la baja
producida.