Administración Local. Santa Cruz De Tenerife. Ayuntamiento De Arona. (BOE-N-2025-425701)
Anuncio de notificación de 9 de junio de 2025 en procedimiento Trámite de Audiencia a previo resolver.
2 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 141
Jueves 12 de junio de 2025
Supl. N. Pág. 2
La actividad que se pretende desarrollar CUMPLE las condiciones de uso de la
parcela establecidas en el planeamiento vigente., sin perjuicio de lo que se advierte en el
punto 5º del presente informe.
OBSERVACIONES:
No se aporta informe de compatibilidad urbanística, no siendo preceptiva su
presentación.
2º. proyecto
(*) En atención a las definiciones establecidas en el nomenclátor de actividades
clasificadas (Anexo del Decreto 52/2012, de 7 de junio, por el que se establece la
relación de actividades clasificadas y se determinan aquellas a las que resulta de
aplicación el régimen de autorización administrativa previa) y a la descripción de la
instalación contenida en la documentación presentada, en el establecimiento de
referencia se pretende desarrollar la actividad de LAVANDERÍA (11.28), toda vez que
incorpora dos lavanderías industriales y por lo tanto, tiene la consideración de actividad
clasificada, por concurrir en ella las características referenciadas en el artículo 2.1 a) de
la Ley 7/2011, de 15 de abril (actividades clasificadas y espectáculos públicos y otras
medidas administrativas complementarias). En conclusión, el régimen jurídico aplicable
es el recogido en la citada Ley 7/2011. Deberá presentar Proyecto técnico, redactado y
suscrito por profesional competente, en el que se describan las instalaciones, se
justifique la adecuación de la actividad proyectada a los usos previstos en el
planeamiento, a la normativa sectorial y ordenanzas municipales aplicables a la misma.
En atención a lo expuesto, sin perjuicio de los informes de la Sección de Ingeniería y
de la Sección Jurídica que resulten procedentes, el proyecto de instalación presentado
se informa técnicamente en sentido DESFAVORABLE como consecuencia de las
deficiencias e incumplimientos que se advierten en el apartado 2º del presente informe y
que se señalan expresamente con asterisco (*).”
Lo que le notifico, en cumplimiento de lo previsto en el art. 40 de la LPACAP,
haciéndole saber que contra el presente acto no cabe interponer recurso alguno, al no
tratarse de un acto trámite que decida directa o indirectamente el fondo del asunto,
determine la imposibilidad de continuar el procedimiento, produzca indefensión o cause
perjuicio irreparable a derechos e intereses legítimos (artículo 112 LPACAP).
Lo que se anuncia de conformidad con lo preceptuado en el artículo 44 de la Ley
39/2015, de 01 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas, para que sirva de notificación en forma al interesado, con
DNI. - ES-49945028-E.
EL SR. TENIENTE DE ALCALDE DEL ÁREA DE URBANISMO
Y ORDENACIÓN DEL TERRITORIO.
Arona, 9 de junio de 2025.- Sello del órgano de la secretaria general del
Ayuntamiento de Arona
https://www.boe.es
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X
cve: BOE-N-2025-957e50ea360b18d582b9bd917383cf5e1b4c37f4
Verificable en https://www.boe.es
Por ello, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 82 de la LPACAP, se le
comunica que el expediente de referencia, se encuentra de manifiesto a efectos de que
pueda ser examinado en la Sección de Actividades del Ayuntamiento de Arona, y se
concede un PLAZO DE DIEZ (10) DÍAS HÁBILES, contados a partir del siguiente al de la
notificación de este acto para presentar cuantas alegaciones, documentos o
justificaciones estime oportunas. Transcurrido el plazo que se le otorga, y vista la
documentación y alegaciones presentadas, se resolverá según proceda, y, en su caso,
se declarará la ineficacia de la comunicación previa presentada, y la imposibilidad de
desarrollar actividad.
Núm. 141
Jueves 12 de junio de 2025
Supl. N. Pág. 2
La actividad que se pretende desarrollar CUMPLE las condiciones de uso de la
parcela establecidas en el planeamiento vigente., sin perjuicio de lo que se advierte en el
punto 5º del presente informe.
OBSERVACIONES:
No se aporta informe de compatibilidad urbanística, no siendo preceptiva su
presentación.
2º. proyecto
(*) En atención a las definiciones establecidas en el nomenclátor de actividades
clasificadas (Anexo del Decreto 52/2012, de 7 de junio, por el que se establece la
relación de actividades clasificadas y se determinan aquellas a las que resulta de
aplicación el régimen de autorización administrativa previa) y a la descripción de la
instalación contenida en la documentación presentada, en el establecimiento de
referencia se pretende desarrollar la actividad de LAVANDERÍA (11.28), toda vez que
incorpora dos lavanderías industriales y por lo tanto, tiene la consideración de actividad
clasificada, por concurrir en ella las características referenciadas en el artículo 2.1 a) de
la Ley 7/2011, de 15 de abril (actividades clasificadas y espectáculos públicos y otras
medidas administrativas complementarias). En conclusión, el régimen jurídico aplicable
es el recogido en la citada Ley 7/2011. Deberá presentar Proyecto técnico, redactado y
suscrito por profesional competente, en el que se describan las instalaciones, se
justifique la adecuación de la actividad proyectada a los usos previstos en el
planeamiento, a la normativa sectorial y ordenanzas municipales aplicables a la misma.
En atención a lo expuesto, sin perjuicio de los informes de la Sección de Ingeniería y
de la Sección Jurídica que resulten procedentes, el proyecto de instalación presentado
se informa técnicamente en sentido DESFAVORABLE como consecuencia de las
deficiencias e incumplimientos que se advierten en el apartado 2º del presente informe y
que se señalan expresamente con asterisco (*).”
Lo que le notifico, en cumplimiento de lo previsto en el art. 40 de la LPACAP,
haciéndole saber que contra el presente acto no cabe interponer recurso alguno, al no
tratarse de un acto trámite que decida directa o indirectamente el fondo del asunto,
determine la imposibilidad de continuar el procedimiento, produzca indefensión o cause
perjuicio irreparable a derechos e intereses legítimos (artículo 112 LPACAP).
Lo que se anuncia de conformidad con lo preceptuado en el artículo 44 de la Ley
39/2015, de 01 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas, para que sirva de notificación en forma al interesado, con
DNI. - ES-49945028-E.
EL SR. TENIENTE DE ALCALDE DEL ÁREA DE URBANISMO
Y ORDENACIÓN DEL TERRITORIO.
Arona, 9 de junio de 2025.- Sello del órgano de la secretaria general del
Ayuntamiento de Arona
https://www.boe.es
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X
cve: BOE-N-2025-957e50ea360b18d582b9bd917383cf5e1b4c37f4
Verificable en https://www.boe.es
Por ello, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 82 de la LPACAP, se le
comunica que el expediente de referencia, se encuentra de manifiesto a efectos de que
pueda ser examinado en la Sección de Actividades del Ayuntamiento de Arona, y se
concede un PLAZO DE DIEZ (10) DÍAS HÁBILES, contados a partir del siguiente al de la
notificación de este acto para presentar cuantas alegaciones, documentos o
justificaciones estime oportunas. Transcurrido el plazo que se le otorga, y vista la
documentación y alegaciones presentadas, se resolverá según proceda, y, en su caso,
se declarará la ineficacia de la comunicación previa presentada, y la imposibilidad de
desarrollar actividad.