Administración Local. Alicante. Ayuntamiento De Catral. (BOE-N-2025-425057)
Anuncio de notificación de 9 de junio de 2025 en procedimiento Notificacion a titulares de vehiculos inmovilizados.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 141

Jueves 12 de junio de 2025

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Suplemento de Notificaciones

ADMINISTRACIÓN LOCAL
ALICANTE
AYUNTAMIENTO DE CATRAL
Anuncio de notificación de 9 de junio de 2025 en procedimiento Notificacion a titulares de
vehiculos inmovilizados.
ID: N2500430689

EDICTO
Edicto Excelentísimo Ayuntamiento de Catral (Alicante).
Habiendo sido imposible practicar la notificación a los titulares de los vehículos
inmovilizados en el depósito municipal por un tiempo superior a dos meses y a fin de
proceder a su retirada, se viene a llevar a cabo este Edicto que tiene carácter de
notificación, a tenor de lo dispuesto en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del
Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, artículo 44.

Igualmente, se le hace saber que, sólo quedarán exentos de responsabilidad
administrativa quienes cedan los residuos a gestores autorizados para realizar las
operaciones que componen la gestión de los residuos, y siempre que la entrega de los
mismos se realice cumpliendo los requisitos establecidos en esta Ley y sus normas de
desarrollo, así como los que establezcan, en su caso, las normas adicionales de la
respectiva Comunidad Autónoma. En todo caso, la cesión ha de constar en documento
fehaciente. Igualmente, los poseedores de residuos urbanos quedarán exentos de
responsabilidad por los daños que puedan derivarse de tales residuos, siempre que los
hayan entregado a las Entidades locales observando las respectivas ordenanzas y
demás normativa aplicable. (Ley 7/2022 de 8 de abril, de Residuos).
Conforme a la Ordenanza Fiscal reguladora de la tasa por la inmovilización, retirada
de la vía pública y depósito de vehículos se informa que:
No están sujetos a la tasa por la retirada y depósito de aquellos vehículos que sean
cedidos a la Administración Local. Quedaran exentos del pago de los días de estancia
los titulares de los vehículos que a requerimiento o de forma voluntaria cedan los
vehículos a favor de la Administración Local para la realización de los trámites
administrativos oportunos para la destrucción del vehículo Lo que se hace público a los
oportunos efectos de notificación a los interesados.

cve: BOE-N-2025-a86e27c0ea215d6626bf82852af048b0fbe9c34f
Verificable en https://www.boe.es

Habiendo transcurrido más de dos meses desde que el/los vehículo/s se encuentra/n
en dicha situación y de conformidad con lo establecido en el art. 106 del Real Decreto
Legislativo 6/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley
sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial, por medio de la
presente se le requiere para que en el plazo máximo de un mes, proceda a la retirada del
vehículo advirtiéndole que si no lo hiciere se procederá a su traslado al centro autorizado
de tratamiento, siendo declarado como residuo sólido urbano, para su reciclaje y
descontaminación o dándole la finalidad establecida en el artículo 106.3 de citado real
decreto. En el caso de que pudiera hallarse abandonado, podría ser constitutivo de una
infracción tipificada como grave en la Ley 7/2022 de 8 de abril, de Residuos, Articulo
108, Apartado 3, Opción C (Multa de 2.001 a 100.000 euros).