Administración Local. Toledo. Ayuntamiento De Toledo. (BOE-N-2025-425789)
Anuncio de notificación de 5 de junio de 2025 en procedimientos sancionadores.
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Jueves 12 de junio de 2025

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Suplemento de Notificaciones

ADMINISTRACIÓN LOCAL
TOLEDO
AYUNTAMIENTO DE TOLEDO
Anuncio de notificación de 5 de junio de 2025 en procedimientos sancionadores.
ID: N2500422714

NOTIFICACION DE RESOLUCION DE ALEGACIONES EN PROCEDIMIENTOS
SANCIONADORES
Edicto por el que se notifican resoluciones de expedientes sancionadores por
infracción de las Normas de Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial.
Habiendo intentado la notificación individual de las resoluciones de expedientes
sancionadores que se relacionan, sin resultado positivo, de conformidad con lo dispuesto
en los artículos en los art. 90 y 91 del RDL 6/2015, de 30 de octubre, Texto Refundido de
la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial (en adelante
TRLSV), se hace pública notificación a los interesados mediante el presente anuncio: A
la vista de los antecedentes que obran en el expediente instruido en virtud de denuncia
formulada por el hecho que se indica, el Concejal de Seguridad ciudadana y Protección
Civil, en virtud de la delegación efectuada por la Alcaldía de este Excmo. Ayuntamiento
de Toledo, mediante Decreto núm. 5627 de 28.06.2023 (BOP núm. 130 de 11 de julio de
2023), conforme a los arts. 84.4 del TRLSV y 15.1 del R.D. 320/1994, de 25 de febrero,
Reglamento del procedimiento sancionador en materia de tráfico (en adelante RPST),
adoptó la siguiente Resolución: “Estimándose probados los hechos y considerando que
los mismos constituyen infracción del precepto que se indica, HE RESUELTO desestimar
las alegaciones presentadas e imponer la sanción que se detalla a los titulares que a
continuación se relacionan”.
Régimen de recusación: arts. 23 y 24 ley 40/2015, de 1 de octubre de régimen
jurídico de las AA.PP.
Transcurrido el período de veinte días naturales desde que esta notificación se
hubiese publicado en el BOE se entenderá que ésta ha sido practicada, dándose por
cumplido dicho trámite.
PAGO DE LA SANCIÓN: La multa deberá hacerse efectiva dentro de los QUINCE
días naturales siguientes a la fecha de su firmeza (arts. 110 del TRLSV y 21 del RPST).
Finalizado el plazo establecido sin que se haya pagado la multa, se iniciará el
procedimiento de apremio.
El pago podrá realizarse en cualquiera de las entidades financieras colaboradoras
con el documento de pago que deberá recoger previamente en la oficina de gestión de
sanciones del Ayuntamiento de Toledo, sita en la calle San Ildefonso, núm. 2 de esta
capital, en horario de 9 a 14 horas de lunes a viernes, o bien solicitarlo por correo
electrónico a sancionesayuntamiento@toledo.es.
RECURSOS: (Art. 96 del TRLSV) 1. La resolución sancionadora pone fin a la vía
administrativa. Contra ella podrá interponerse recurso de reposición, con carácter
potestativo, ante el órgano que dictó la resolución en el plazo de un mes contado desde
el día siguiente al de su notificación. 2. La interposición del recurso de reposición no
suspenderá la ejecución del acto impugnado ni la de la sanción. En el caso de que el

cve: BOE-N-2025-f95b3fdc95f9c307b408b5b989194f6d84048fcc
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Núm. 141