Administración Local. Tarragona. Ayuntamiento De Tarragona. (BOE-N-2025-425765)
Anuncio de notificación de 10 de junio de 2025 en procedimiento de protección de la legalidad urbanística de la resolución de fecha de 24 de abril de 2025 , en relación a las obras que se están ejecutando sin disponer de título administrativo en la Calle Pere Martell,6, 1-1 de Tarragona, por no haberse podido notificar a los interesado.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 141
Jueves 12 de junio de 2025
Supl. N. Pág. 1
Suplemento de Notificaciones
ADMINISTRACIÓN LOCAL
TARRAGONA
AYUNTAMIENTO DE TARRAGONA
Anuncio de notificación de 10 de junio de 2025 en procedimiento de protección de la
legalidad urbanística de la resolución de fecha de 24 de abril de 2025 , en relación a las
obras que se están ejecutando sin disponer de título administrativo en la Calle Pere
Martell,6, 1-1 de Tarragona, por no haberse podido notificar a los interesado.
ID: N2500431298
Disciplina Urbanística - Expte. 2024/92-O259
Habiendo sido imposible notificar a (...), con NIF: 46322442M, el decreto número
2025006811 de fecha 24/04/2025, dictado en procedimiento de protección de la legalidad
urbanística, en relación a las obras que se están ejecutando sin disponer de título
administrativo en la Calle Pere Martell,6, 1-1, de notificación y de acuerdo con lo que
disponen los artículos 42.2 y 44 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre del procedimiento
administrativo común y de las administraciones públicas, mediante el presente Edicto, se
les notifica la mencionada resolución, que establece lo siguiente:
“ANTECEDENTES
I.- Por Decreto de fecha 14 enero de 2025, notificado a la interesada mediante Edicto
publicado en el Boletín Oficial del Estado número 45, de fecha 21 de febrero de 2025, se
resolvió incoar procedimiento de restauración de la realidad física alterada y del orden
jurídico vulnerado a (...), con NIF: 46322442M,como propieraria del inmueble situado en
Calle Pere Martell, 6, 1º-1ª, por las obras que se estaban ejecutando en la referida
dirección, sin disponer del título administrativo habilitante correspondiente, de acuerdo
con el informe emitido por parte del técnico municipal en fecha 9 de enero de 2025.
FUNDAMENTOS DE DERECHO
El art. 205.3 del Decreto Legislativo 1/2010, de 3 de agosto, por el que se aprueba el
Texto Refundido de la Ley de Urbanismo (TRLU), y el art. 116 del Decreto 64/2014, de 13
de mayo por el que se aprueba el Reglamento sobre protección de la legalidad
urbanística (RPLU), que establecen que si ya se han ejecutado las obras el órgano
competente deberá requerir a la persona interesada que en el plazo de dos meses
solicite el título administrativo habilitante, o efectúe la comunicación requerida.
El art. 115 del Decreto 64/2014, de 13 de mayo por el que se aprueba el Reglamento
sobre protección de la legalidad urbanística (RPLU), en cuanto a la suspensión del
cómputo del plazo legal para resolver el procedimiento de restauración cuando se
requiera a la persona interesada que legalice actos ilegales, por el tiempo que transcurra
entre la notificación del requerimiento y la resolución que otorgue o denegue el titulo
administrativo habilitant solicitado o la presentación de la comunicación exigida.
COMPETENCIA
Es competente para la adopción de esta resolución el Teniente de Alcalde,
Coordinador del Área de Territorio y Patrimonio, de acuerdo con el Decreto de Alcaldía
cve: BOE-N-2025-08da4abc62f49a3feab04832290f0de866a01cc1
Verificable en https://www.boe.es
II.- Durante el plazo de audiencia concedido, la interesada no presenta ningún tipo de
alegación ni documentación para legalizar las obras ejecutadas sin licencia.
Núm. 141
Jueves 12 de junio de 2025
Supl. N. Pág. 1
Suplemento de Notificaciones
ADMINISTRACIÓN LOCAL
TARRAGONA
AYUNTAMIENTO DE TARRAGONA
Anuncio de notificación de 10 de junio de 2025 en procedimiento de protección de la
legalidad urbanística de la resolución de fecha de 24 de abril de 2025 , en relación a las
obras que se están ejecutando sin disponer de título administrativo en la Calle Pere
Martell,6, 1-1 de Tarragona, por no haberse podido notificar a los interesado.
ID: N2500431298
Disciplina Urbanística - Expte. 2024/92-O259
Habiendo sido imposible notificar a (...), con NIF: 46322442M, el decreto número
2025006811 de fecha 24/04/2025, dictado en procedimiento de protección de la legalidad
urbanística, en relación a las obras que se están ejecutando sin disponer de título
administrativo en la Calle Pere Martell,6, 1-1, de notificación y de acuerdo con lo que
disponen los artículos 42.2 y 44 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre del procedimiento
administrativo común y de las administraciones públicas, mediante el presente Edicto, se
les notifica la mencionada resolución, que establece lo siguiente:
“ANTECEDENTES
I.- Por Decreto de fecha 14 enero de 2025, notificado a la interesada mediante Edicto
publicado en el Boletín Oficial del Estado número 45, de fecha 21 de febrero de 2025, se
resolvió incoar procedimiento de restauración de la realidad física alterada y del orden
jurídico vulnerado a (...), con NIF: 46322442M,como propieraria del inmueble situado en
Calle Pere Martell, 6, 1º-1ª, por las obras que se estaban ejecutando en la referida
dirección, sin disponer del título administrativo habilitante correspondiente, de acuerdo
con el informe emitido por parte del técnico municipal en fecha 9 de enero de 2025.
FUNDAMENTOS DE DERECHO
El art. 205.3 del Decreto Legislativo 1/2010, de 3 de agosto, por el que se aprueba el
Texto Refundido de la Ley de Urbanismo (TRLU), y el art. 116 del Decreto 64/2014, de 13
de mayo por el que se aprueba el Reglamento sobre protección de la legalidad
urbanística (RPLU), que establecen que si ya se han ejecutado las obras el órgano
competente deberá requerir a la persona interesada que en el plazo de dos meses
solicite el título administrativo habilitante, o efectúe la comunicación requerida.
El art. 115 del Decreto 64/2014, de 13 de mayo por el que se aprueba el Reglamento
sobre protección de la legalidad urbanística (RPLU), en cuanto a la suspensión del
cómputo del plazo legal para resolver el procedimiento de restauración cuando se
requiera a la persona interesada que legalice actos ilegales, por el tiempo que transcurra
entre la notificación del requerimiento y la resolución que otorgue o denegue el titulo
administrativo habilitant solicitado o la presentación de la comunicación exigida.
COMPETENCIA
Es competente para la adopción de esta resolución el Teniente de Alcalde,
Coordinador del Área de Territorio y Patrimonio, de acuerdo con el Decreto de Alcaldía
cve: BOE-N-2025-08da4abc62f49a3feab04832290f0de866a01cc1
Verificable en https://www.boe.es
II.- Durante el plazo de audiencia concedido, la interesada no presenta ningún tipo de
alegación ni documentación para legalizar las obras ejecutadas sin licencia.