Notarías Y Registros De La Propiedad, Mercantiles Y De Bienes Muebles. Registros De La Propiedad, Mercantiles Y De Bienes Muebles. Pontevedra. (BOE-N-2025-418832)
REGISTRO DE LA PROPIEDAD DE PONTEVEDRA 2. Anuncio de notificación de 6 de junio de 2025 en procedimiento de inscripción de base gráfica art. 199 L.H.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 139

Martes 10 de junio de 2025

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Suplemento de Notificaciones

NOTARÍAS Y REGISTROS DE LA
PROPIEDAD, MERCANTILES Y DE BIENES
MUEBLES
REGISTROS DE LA PROPIEDAD, MERCANTILES Y DE BIENES
MUEBLES
PONTEVEDRA
REGISTRO DE LA PROPIEDAD DE PONTEVEDRA 2. Anuncio de notificación de 6 de
junio de 2025 en procedimiento de inscripción de base gráfica art. 199 L.H.
ID: N2500423784

notificación a desconocidos
972/2025
Doña María Alejandra Castaño Verde, Registradora de la Propiedad del Registro de
la Propiedad número Dos de Pontevedra, de acuerdo con el artículo 44 y la Disposición
Adicional Tercera de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo
Común de las Administraciones Públicas, se NOTIFICA a los posibles interesados:
Conforme al artículo 199 de la Ley Hipotecaria, según el expediente tramitado con el
asiento 972 del Diario 2025, se solicita la inscripción de la representación gráfica
catastral de la finca 8017 de Marin con código registral único 36024000263888:
URBANA.- PARCELA DE TERRENO, sita en la villa de Marín, calle Banda del Río,
frente al Río Lameiriña, hoy éste cubierto, que mide superficialmente ciento veinte
metros con diecinueve decímetros cuadrados, sobre la totalidad de la cual se construyó
una casa compuesta de planta baja, dos pisos altos y ático, que linda Norte, calle; Sur,
Manuela Rodríguez y Pilar Monteagudo; Este, Pascual Área y Oeste, José González
Rodríguez.
Según el título y base gráfica alternativa presentada, quedará con la superficie de
ciento treinta y cinco metros con cincuenta y dos decímetros cuadrados, y se declara que
la obra, desde hace más de treinta años, consta de planta baja, tres plantas altas y
desván bajo cubierta, con las superficies por planta que constan en la escritura
presentada a estos efectos
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 9.b párrafo séptimo de la Ley
Hipotecaria, una vez inscrita la representación gráfica georreferenciada de la finca, su
cabida será la resultante de dicha representación.
Conforme al artículo 199.2 de la LH, el registrador notificará a los titulares de
parcelas catastrales colindantes a quienes pueda afectar esta inscripción para que
puedan hacer las alegaciones oportunas, si estiman que se produce invasión de su
parcela catastral. Para ello, puede Usted comprobar en el siguiente enlace que la
representación gráfica de la finca cuya inscripción se solicita es correcta y no perjudica la
situación física de su finca.

cve: BOE-N-2025-3daffd4fa7a32d329bae31fdee4fa23e66656742
Verificable en https://www.boe.es

Según los libros del Registro, la finca tiene la siguiente descripción: