Notarías Y Registros De La Propiedad, Mercantiles Y De Bienes Muebles. Registros De La Propiedad, Mercantiles Y De Bienes Muebles. Alicante. (BOE-N-2025-418191)
REGISTRO DE LA PROPIEDAD DE PEGO. Anuncio de notificación de 5 de junio de 2025 en procedimiento del artículo 199 de la Ley Hipotecaria.
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Martes 10 de junio de 2025

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Suplemento de Notificaciones

NOTARÍAS Y REGISTROS DE LA
PROPIEDAD, MERCANTILES Y DE BIENES
MUEBLES
REGISTROS DE LA PROPIEDAD, MERCANTILES Y DE BIENES
MUEBLES
ALICANTE
REGISTRO DE LA PROPIEDAD DE PEGO. Anuncio de notificación de 5 de junio de
2025 en procedimiento del artículo 199 de la Ley Hipotecaria.
ID: N2500421364

Edicto
Información del Expediente del art. 199 de la LH
Código de la Finca Registral: 03015000738416
Promotor del expediente: Don Vicente Caravaca Llopis, Don Alejandro Caudeli Torres
y Doña Rosvelly Osinaga Alvarez
Asiento de Presentación: 1054 del Diario 2025
Fecha de presentación: 19/05/2025
Información de la representación gráfica que se pretende inscribir
Referencia/s catastral/es: 03097A007002510000BM
En su condición de posible afectado o interesado, y de conformidad con lo dispuesto
en el artículo 199 de la Ley Hipotecaria, por la presente se le notifica:
1. Que se ha solicitado la inmatriculación de la finca descrita de conformidad con lo
dispuesto en el artículo 205 de la Ley Hipotecaria.
2. Que, examinada la cartografía catastral y la aplicación informática auxiliar
homologada, se observa que, existen dudas acerca de que la georreferenciación de la
finca que se pretende inmatricular pueda invadir parcialmente otras fincas ya
inmatriculadas, por lo que, de conformidad con la Resolución de la Dirección General de
Seguridad Jurídica y Fe Pública de 20 de octubre de 2022, se inicia la tramitación del
procedimiento 199 de la Ley Hipotecaria, a efectos de notificar la inscripción pretendida a
los colindantes que pudieran resultar afectados.
3.- Que se practica la presente notificación a posibles titulares desconocidos de
inmueble colindante con la finca anteriormente citada.
4.- Que la inscripción gráfica y coordinación con el catastro consiste en inscribir en el
Registro el listado de coordenadas que delimitan la parcela catastral colindante, lo cual
llevará consigo necesariamente la rectificación de la superficie que figure en Registro de
dicha finca colindante para adecuarla a la superficie gráfica catastral.
5.- Pero lo anterior debe entenderse en el sentido de que la inscripción gráfica y
rectificación de superficie de la finca colindante no supone modificación o rectificación de

cve: BOE-N-2025-4112141429dd1d73d83107d603deb2c0184002bf
Verificable en https://www.boe.es

Núm. 139