Notarías Y Registros De La Propiedad, Mercantiles Y De Bienes Muebles. Registros De La Propiedad, Mercantiles Y De Bienes Muebles. Alicante. (BOE-N-2025-418176)
REGISTRO DE LA PROPIEDAD DE JÁVEA (XÀBIA) 2. Anuncio de notificación de 6 de junio de 2025 en procedimiento Inmatriculación e inscripción de base gráfica.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 139

Martes 10 de junio de 2025

Supl. N. Pág. 2

- Transmitente: DON MIGUEL PONS GIL
- Título que acredita previa adquisición del Transmitente: Escritura de comraventa
autorizada por el Notario de Pedreguer (Alicante), Don Manuel Domínguez Sánchez, el
día veintiuno de diciembre de dos mil veintiuno, bajo el número 1.343 de su protocolo.
Relación de colindantes catastrales: Don Bernanrdo Escortell Mulet, Doña Josefa
Mulet Signes, Don Cristian Salva Mulet, Patrimonio del Estado (finca en investigación) y
al Ayuntamiento de Jávea.
La representación geográfica cuya inscripción se ha realizado podrá consultarse en
https://geoportal.registradores.org/geoportal/idufir/03071001016922.
Asimismo, y conforme a lo dispuesto en el artículo 9 b de la Ley Hipotecaria, a los
titulares desconocidos de las fincas colindantes de la finca de referencia arriba indicada,
se comunica la inscripción de su Representación Gráfica Georreferenciada por
inmatriculación de la misma, con la citada superficie que es la que consta en catastro, y
por tanto, QUEDA COORDINADA y produce los efectos del artículo 10.5 de la L.H, todo
ello de conformidad con el artículo 205 de la Ley Hipotecaria y la disposición adicional
segunda de la Ley Hipotecaria modificada por la Ley 13/2015 de 24 de Junio, así como
el artículo 59 y el articulo 44 de la Ley 39/2015 de 1 de octubre, de procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas, procediendo la publicación del
recinto catastral correspondiente en el "Sistema de Alertas Gráficas", disponible en la
web www.registradores.org.
Todo lo cual se NOTIFICA mediante el presente edicto, conforme artículo 205 y 9.b
de la Ley Hipotecaria que establecen la necesidad de notificar dicha circunstancia a los
PROPIETARIOS REGISTRALES COLINDANTES DESCONOCIDOS y AQUELLOS
CATASTRALES DESCONOCIDOS o CUYO DOMICILIO SE IGNORA y posibles
afectados por dicha delimitación de la finca. Se advierte expresamente que, conforme
artículo 1 de la Ley Hipotecaria, los asientos del Registro están bajo la salvaguardia de
los Tribunales, y producen todos sus efectos mientras no se declara su inexactitud en los
términos previstos en la Ley, y que, conforme al artículo 207 de la Ley Hipotecaria, los
efectos protectores del artículo 34 de la Ley no surten efectos hasta transcurridos dos
años desde la fecha de inmatriculación.

cve: BOE-N-2025-f999980b4309aeb40228249479239397368b0f99
Verificable en https://www.boe.es

Jávea, 6 de junio de 2025.- El/La Registrador/a, Vicente Domínguez Calatayud

https://www.boe.es

BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO

D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X