Notarías Y Registros De La Propiedad, Mercantiles Y De Bienes Muebles. Registros De La Propiedad, Mercantiles Y De Bienes Muebles. Toledo. (BOE-N-2025-418964)
REGISTRO DE LA PROPIEDAD DE ILLESCAS 2. Anuncio de notificación de 5 de junio de 2025 en procedimiento Edicto, inmatriculación finca 7713 de Añover de Tajo.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 139

Martes 10 de junio de 2025

Supl. N. Pág. 2

Listado
de
coordenadas
georreferenciadas
de
la
parcela:
SRID=25830;MULTIPOLYGON (((435081.4 4426771.35, 435078.9 4426774.71,
435087.12 4426780.92, 435087.36 4426781.1, 435089.67 4426782.85, 435094.8
4426786.73, 435102.55 4426776.96, 435104.29 4426774.77, 435096.57 4426768.6,
435096.38 4426768.85, 435095.22 4426768.18, 435093.36 4426766.76, 435090.55
4426764.64, 435089.67 4426763.97, 435088.03 4426762.73, 435085.89 4426765.51,
435081.4 4426771.35)))
CUALIDADES DE LA FINCA
- Declarado conforme al artículo 98.3 de la Ley 7/2022, de 8 de abril: Suelo No
Contaminado según Nota marginal 1 Nº 4.
INSCRIPCIÓN REGISTRAL
C.R.U. -Código Registral Único-: 45014000979085. Finca 7713, Inscripción: 1ª.
TITULO: La ha adquirido en virtud de escritura otorgada el veintisiete de marzo del
año dos mil veinticinco, protocolo nº 887/2025 del notario de Illescas, Don Alejandro
Peña Fernández, por aportación sociedad gananciales de Don Matias Martin Carmena,
Don Gregorio Martin Carmena, Doña Maria Cruz Martin Carmena, Doña Gina Maria
Martin Carmena, Doña Maria Raquel Martin Carmena y Don Roberto Martin Carmena,
quienes a su vez la adquirieron por herencia de sus padres en virtud de escritura
otorgada el veintisiete de marzo de dos mil veinticinco, protocolo nº 886 del Notario de
Illescas, don Alejandro Peña Fernández.
Todo lo cual se hace público mediante el presente edicto, en cumplimiento de los
dispuesto en el citado artículo 205 LH, para conocimiento de las ignoradas personas
cuyos derechos pudieran verse afectados por la inmatriculación, con expresa
advertencia de que:
- en caso de disconformidad podrán acudir a los Tribunales en defensa de su
derecho, ya que los asientos del Registro están bajo la salvaguardia de los Tribunales y
producen todos sus efectos mientras no se declara su inexactitud en los términos
establecidos en la Ley Hipotecaria (art. 1 LH).
- Los terceros subadquirientes no quedan protegidos por los efectos del art. 34 LH
hasta transcurridos dos años desde su fecha (art. 207 LH).

cve: BOE-N-2025-70ef8c083407ac376ab2c5633c7da02bb74e1d67
Verificable en https://www.boe.es

Illescas, 5 de junio de 2025.- El/La Registrador/a, María Belén Menéndez García

https://www.boe.es

BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO

D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X