Administración Local. Barcelona. Ayuntamiento De Barcelona. (BOE-N-2025-416903)
DISTRITO DE SANT MARTÍ. Anuncio de notificación de 6 de junio de 2025 en procedimiento de recuperación de oficio de la posesión de finca municipal.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 139

Martes 10 de junio de 2025

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Suplemento de Notificaciones

ADMINISTRACIÓN LOCAL
BARCELONA
AYUNTAMIENTO DE BARCELONA
DISTRITO DE SANT MARTÍ. Anuncio de notificación de 6 de junio de 2025 en
procedimiento de recuperación de oficio de la posesión de finca municipal.
ID: N2500423534

Ayuntamiento de Barcelona. Distrito de Sant Martí
EDICTO
De acuerdo con lo que prevé el artículo 44 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del
Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, se notifica a las
eventuales personas en el procedimiento de recuperación de la posesión de la Plaça 25
de novembre, a la acttura de la calle José Garrido Gámez, y hago pública la siguiente
resolución adoptada por el Gerente del Distrito de Sant Martí, en fecha 4 de junio, en el
expediente número SJ-24-029:
"ARCHIVAR el expediente de recuperación de la posesión con número SJ-24-029,
dado que la caseta temporal utilizada como centro de Transformación eléctrica (CT),
ubicada en la Plaza 25 de noviembre, a la altura de la Calle José Garrido Gámez y que
había sido ocupada, ya no existe. Ha decaído el objeto del presente expediente tal y
como se hace constar en el informe jurídico de fecha 27 de mayo de 2025, que se tiene
por reproducido a efectos de motivación."

Contra la resolución expresa del recurso de alzada, podrán interponer recurso ante
los Juzgados de lo Contencioso-administrativo de Barcelona en el plazo de dos meses a
contar desde el día siguiente al de la notificación o publicación del acto que ponga fin a
la vía administrativa. Sin embargo, en caso de que haya transcurrido un mes sin que se
haya resuelto el recurso de alzada, podrán interponer el mencionado recurso
contencioso-administrativo en el plazo de seis meses.
Transcurrido el mencionado plazo, a la vista de lo que se haya alegado y probado
por las personas interesadas se dictará la resolución que proceda, la cual se notificará
en la forma legalmente prevista.
Tambien pueden interponer cualquier otro recurso que consideren pertinente.
Barcelona, 6 de junio de 2025.- Maite Crespo Albaladejo, Jefa del Departamento de
Servicios Jurídicos-Secretaría.

cve: BOE-N-2025-0d35f0c134bbda79324fe82cfd5c7f0ac334a603
Verificable en https://www.boe.es

Contra esta resolución, que no pone fin a la vía administrariva, la persones
interesadas pueden interponer recurs de alzada ante la Alcaldía en el plazo de un mes.