Comunidades Y Ciudades Autónomas. Comunidad Autónoma De Las Illes Balears. Consejería Del Mar Y Del Ciclo Del Agua. (BOE-N-2025-416651)
DIRECCIÓN GENERAL DE PUERTOS Y TRANSPORTE MARÍTIMO. Anuncio de notificación de 2 de junio de 2025 en procedimiento Resolución del Director General de Puertos y Transporte Marítimo declarativa de la imposibilidad de llevar a cabo la actividad de arrendamiento de embarcaciones y buques de recreo (chárter náutico). Embarcación Mr. Pink.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Martes 10 de junio de 2025

Supl. N. Pág. 1

Suplemento de Notificaciones

COMUNIDADES Y CIUDADES AUTÓNOMAS
COMUNIDAD AUTÓNOMA DE LAS ILLES BALEARS
CONSEJERÍA DEL MAR Y DEL CICLO DEL AGUA
DIRECCIÓN GENERAL DE PUERTOS Y TRANSPORTE MARÍTIMO. Anuncio de
notificación de 2 de junio de 2025 en procedimiento Resolución del Director General de
Puertos y Transporte Marítimo declarativa de la imposibilidad de llevar a cabo la actividad
de arrendamiento de embarcaciones y buques de recreo (chárter náutico). Embarcación
Mr. Pink.
ID: N2500412987

El 4 de noviembre de 2024, con registro de entrada núm. GOIBE726387/2024, Daniel
Joseph Waylett, con pasaporte británico núm. *******1200**, presentó declaración
responsable para el alquiler de embarcaciones y buques de recreo de la embarcación
Mr. Pink, con matrícula SSR164394, certificado de uso comercial núm. Y16MV0175687 y
bandera británica, en la que manifestaba bajo su responsabilidad que cumplía con los
requisitos del Decreto 21/2017, de 5 de mayo, por el que se regula la actividad de
arrendamiento de embarcaciones de recreo.
El artículo 7 del Decreto 21/2017, de 5 de mayo, establece que el personal de la
Dirección General de Puertos y Transporte Marítimo puede, en cualquier momento,
comprobar la veracidad de los datos que figuran en la declaración responsable.
De acuerdo con el ejercicio de control y verificación que el artículo 7.1 del Decreto
21/2017 otorga al personal de la Dirección General de Puertos y Transporte Marítimo, el
4 de diciembre de 2024 se envió un requerimiento al interesado para que aportase
documentación con el fin de verificar el cumplimiento de los requisitos establecidos en el
artículo 8 del mismo Decreto.
Ante la imposibilidad de llevar a cabo la notificación, y en virtud de lo dispuesto en el
artículo 44 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común
de las Administraciones Públicas, dicho requerimiento se publicó en el BOE (núm. 25, de
29 de enero de 2025).
Una vez transcurrido el plazo para aportar la documentación solicitada, se comprobó
en los archivos de la Dirección General de Puertos y Transporte Marítimo que el
interesado no había aportado dicha documentación.
Por tanto, el 15 de abril de 2025, el director general de Puertos y Transporte Marítimo
dictó resolución declarando la imposibilidad de llevar a cabo la actividad de
arrendamiento de embarcaciones y buques de recreo con la embarcación Mr. Pink,
matrícula SSR164394, certificado de uso comercial núm. Y16MV0175687 y bandera
británica.
Habiéndose intentado infructuosamente la notificación relativa al expediente
administrativo, y de conformidad con lo tipificado en el artículo 44 de la Ley 39/2015, de
1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas,
procede efectuar esta notificación mediante su publicación en el Boletín Oficial del
Estado, siendo el contenido de la resolución el siguiente:
1. Declarar la imposibilidad de llevar a cabo la actividad de arrendamiento de
embarcaciones de recreo en las Islas Baleares, de acuerdo con las previsiones del

cve: BOE-N-2025-b5795f7cdb0bae8a54b8be9669db52cd93bb3f72
Verificable en https://www.boe.es

Núm. 139