Comunidades Y Ciudades Autónomas. Comunidad Autónoma De Andalucía. Consejería De Inclusión Social, Juventud, Familias E Igualdad. (BOE-N-2025-416532)
DELEGACIÓN TERRITORIAL DE INCLUSIÓN SOCIAL, JUVENTUD, FAMILIAS E IGUALDAD EN GRANADA. Anuncio de notificación de 4 de junio de 2025 en procedimiento (expte)247/24;(expte)248/24.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 139
Martes 10 de junio de 2025
Supl. N. Pág. 1
Suplemento de Notificaciones
COMUNIDADES Y CIUDADES AUTÓNOMAS
COMUNIDAD AUTÓNOMA DE ANDALUCÍA
CONSEJERÍA DE INCLUSIÓN SOCIAL, JUVENTUD, FAMILIAS E IGUALDAD
DELEGACIÓN TERRITORIAL DE INCLUSIÓN SOCIAL, JUVENTUD, FAMILIAS E
IGUALDAD EN GRANADA. Anuncio de notificación de 4 de junio de 2025 en
procedimiento (expte)247/24;(expte)248/24.
ID: N2500414705
En virtud de lo dispuesto en los artículos 44 y 46 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre,
del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y habida
cuenta que al desconocerse el paradero de D. MOR FALL no ha sido posible la
notificación.
ACUERDA
1º.- Iniciar el procedimiento para la constitución del Acogimiento Familiar Permanente
especializado en familia ajena con respecto a los menores A.F.D. y S,F.D..nacidos/as el
día 16/06/2016 y 13/04/2014, respectivamente.
2º.- Notifíquese el presente Acuerdo a los padres, tutores o guardadores del menor, y
al Ministerio Fiscal.
Contra este acuerdo no cabe recurso alguno pudiendo alegarse la oposición al
mismo para su consideración en la resolución que ponga fin al procedimiento conforme a
lo previsto en el artículo 112.1 de la Ley 39/2015 de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
En caso de que al vencimiento del plazo máximo establecido no se haya dictado y
notificado resolución expresa, se producirá la caducidad del procedimiento según lo
dispuesto en el art. 25 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas. En este supuesto, la resolución
que declare la caducidad ordenará el archivo de las actuaciones con los efectos
previstos en el artículo 95 e la misma Ley.
Granada, 4 de junio de 2025.- LA DELEGADA TERRITORIAL, MATILDE ORTÍZ
ARCA
https://www.boe.es
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X
cve: BOE-N-2025-a27922895b8cb797f047cd6faa125dc7d6fdf95c
Verificable en https://www.boe.es
El artículo 21.3 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento administrativo
Común de las Administraciones Públicas establece el plazo general para la Resolución y
notificación del presente procedimiento de tres meses, pudiendo acordarse la ampliación
del mencionado plazo según el artículo 23.1 de la citada norma.
Núm. 139
Martes 10 de junio de 2025
Supl. N. Pág. 1
Suplemento de Notificaciones
COMUNIDADES Y CIUDADES AUTÓNOMAS
COMUNIDAD AUTÓNOMA DE ANDALUCÍA
CONSEJERÍA DE INCLUSIÓN SOCIAL, JUVENTUD, FAMILIAS E IGUALDAD
DELEGACIÓN TERRITORIAL DE INCLUSIÓN SOCIAL, JUVENTUD, FAMILIAS E
IGUALDAD EN GRANADA. Anuncio de notificación de 4 de junio de 2025 en
procedimiento (expte)247/24;(expte)248/24.
ID: N2500414705
En virtud de lo dispuesto en los artículos 44 y 46 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre,
del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y habida
cuenta que al desconocerse el paradero de D. MOR FALL no ha sido posible la
notificación.
ACUERDA
1º.- Iniciar el procedimiento para la constitución del Acogimiento Familiar Permanente
especializado en familia ajena con respecto a los menores A.F.D. y S,F.D..nacidos/as el
día 16/06/2016 y 13/04/2014, respectivamente.
2º.- Notifíquese el presente Acuerdo a los padres, tutores o guardadores del menor, y
al Ministerio Fiscal.
Contra este acuerdo no cabe recurso alguno pudiendo alegarse la oposición al
mismo para su consideración en la resolución que ponga fin al procedimiento conforme a
lo previsto en el artículo 112.1 de la Ley 39/2015 de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
En caso de que al vencimiento del plazo máximo establecido no se haya dictado y
notificado resolución expresa, se producirá la caducidad del procedimiento según lo
dispuesto en el art. 25 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas. En este supuesto, la resolución
que declare la caducidad ordenará el archivo de las actuaciones con los efectos
previstos en el artículo 95 e la misma Ley.
Granada, 4 de junio de 2025.- LA DELEGADA TERRITORIAL, MATILDE ORTÍZ
ARCA
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D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X
cve: BOE-N-2025-a27922895b8cb797f047cd6faa125dc7d6fdf95c
Verificable en https://www.boe.es
El artículo 21.3 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento administrativo
Común de las Administraciones Públicas establece el plazo general para la Resolución y
notificación del presente procedimiento de tres meses, pudiendo acordarse la ampliación
del mencionado plazo según el artículo 23.1 de la citada norma.