Administración Local. Guadalajara. Ayuntamiento De Azuqueca De Henares. (BOE-N-2025-417216)
Anuncio de notificación de 6 de junio de 2025 en procedimientos Baja inscripción indebida en el Padrón de Habitantes (varios expedientes).
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 139
Martes 10 de junio de 2025
Supl. N. Pág. 2
contra el mismo. No obstante, contra las resoluciones y los actos de trámite que decidan,
directa o indirectamente, el fondo del asunto, determinen la imposibilidad de continuar el
procedimiento, produzcan indefensión o perjuicio irreparable a derechos e intereses
legítimos, de conformidad con el artículo 112.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, podrá
interponer el recurso potestativo de reposición, que cabrá fundar en cualquiera de los
motivos de nulidad y anulabilidad previstos en los artículos 47 y 48 de la citada Ley. El
plazo para interponer recurso potestativo de reposición será de un mes, a contar desde
el día siguiente al de la recepción de la presente notificación. El plazo máximo para dictar
y notificar la resolución del recurso de reposición será de un mes, desde su interposición
(artículo 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre).
cve: BOE-N-2025-754b7e97db2bad978f1978831a5ad12e554d0d7c
Verificable en https://www.boe.es
Azuqueca de Henares, 6 de junio de 2025.- El Alcalde-Presidente - Fdo: Miguel
Oscar Aparicio de Lucas
https://www.boe.es
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X
Núm. 139
Martes 10 de junio de 2025
Supl. N. Pág. 2
contra el mismo. No obstante, contra las resoluciones y los actos de trámite que decidan,
directa o indirectamente, el fondo del asunto, determinen la imposibilidad de continuar el
procedimiento, produzcan indefensión o perjuicio irreparable a derechos e intereses
legítimos, de conformidad con el artículo 112.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, podrá
interponer el recurso potestativo de reposición, que cabrá fundar en cualquiera de los
motivos de nulidad y anulabilidad previstos en los artículos 47 y 48 de la citada Ley. El
plazo para interponer recurso potestativo de reposición será de un mes, a contar desde
el día siguiente al de la recepción de la presente notificación. El plazo máximo para dictar
y notificar la resolución del recurso de reposición será de un mes, desde su interposición
(artículo 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre).
cve: BOE-N-2025-754b7e97db2bad978f1978831a5ad12e554d0d7c
Verificable en https://www.boe.es
Azuqueca de Henares, 6 de junio de 2025.- El Alcalde-Presidente - Fdo: Miguel
Oscar Aparicio de Lucas
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D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X