Administración Local. Huesca. Ayuntamiento De Sabiñánigo. (BOE-N-2025-417275)
Anuncio de notificación de 6 de junio de 2025 en procedimiento del expediente sancionador por infracción al Reglamento General de Circulación.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Martes 10 de junio de 2025
Supl. N. Pág. 1
Suplemento de Notificaciones
ADMINISTRACIÓN LOCAL
HUESCA
AYUNTAMIENTO DE SABIÑÁNIGO
Anuncio de notificación de 6 de junio de 2025 en procedimiento del expediente
sancionador por infracción al Reglamento General de Circulación.
ID: N2500423068
De conformidad con los artículos 90 y 91 del texto refundido de la ley sobre Tráfico,
Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial, aprobado por Real Decreto
Legislativo 6/2015, de 30 de octubre (LTSV), se hace pública la notificación de la
iniciación de los expedientes sancionadores que se indican en la relación adjunta,
incoados por el Ayuntamiento de Sabiñanigo e instruidos por la Oficina de Policía Local
contra las personas o entidades denunciadas que a continuación se relacionan, por
haber cometido una infracción en materia de tráfico, ya que habiéndose intentado la
notificación en el último domicilio conocido, ésta no se ha podido practicar por resultar el
interesado desconocido o por estar ausente en el momento de intentarse, informándole
asimismo que:
A.- CONFORMIDAD CON LA DENUNCIA: Podrá beneficiarse de la REDUCCIÖN del
50% del importe de la multa realizando el pago durante los VEINTE DIAS NATURALES
siguientes, contados a partir del día siguiente al de la práctica de la notificación. El pago
reducido comporta la renuncia a formular alegaciones, la terminación del procedimiento
sin necesidad de dictar resolución expresa, en el momento de la realización del pago y la
imposibilidad de interponer recurso administrativo. Sí podrá interponer recurso ante los
juzgados de lo contencioso administrativo, en el plazo de DOS MESES desde la fecha
del pago. PUEDE REALIAZARSE EL PAGO en las Oficinas de Recaudación del
Ayuntamiento de Sabiñanigo sito en Pz/ España nº2, mediante Giro Postal indicando el
número de expediente y la fecha de la denuncia o también mediante Transferencia
bancaria a la Cta. ES 43 2085 2466 0703 0001 0028 de Ibercaja, haciendo constar el
número de expediente y la fecha de la denuncia.
B.- DISCONFORMIDAD CON LA DENUNCIA: En el plazo de VEINTE DIAS
NATURALES, desde el día siguiente al de la práctica de la notificación podrá formular
escrito de alegaciones presentado en el Registro General del Ayuntamiento y dirigido al
Sra. Alcaldesa-Presidenta. En el supuesto de no efectuar alegaciones ni proceder al
abono de la multa dentro del citado plazo, la denuncia surtirá el efecto de acto resolutorio
del procedimiento sancionador pudiendo ejecutarse si en 30 días desde su notificación
no abona el importe. Sí podrá interponer recurso ante los juzgados de lo contencioso
administrativo, en el plazo de DOS MESES desde esa fecha.
C.- IDENTIFICACIÓN DEL CONDUCTOR O ARRENDATARIO: Si usted no es el
responsable de la infracción está obligado a identificar, en el plazo de VEINTE DIAS
NATURALES al conductor aportando sus datos personales, incluido su número de
permiso de conducción (artículo 11 de la LSV). Si este no figura inscrito en el Registro de
Conductores de la DGT, deberá aportar también copia de la autorización administrativa
que le habilite a conducir en España o copia del contrato de arrendamiento en el
supuesto de alquiler de vehículos sin conductor.
cve: BOE-N-2025-2806ba81a78a57fd65b7b2bbfcdda0df9413ca7e
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 139
Martes 10 de junio de 2025
Supl. N. Pág. 1
Suplemento de Notificaciones
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HUESCA
AYUNTAMIENTO DE SABIÑÁNIGO
Anuncio de notificación de 6 de junio de 2025 en procedimiento del expediente
sancionador por infracción al Reglamento General de Circulación.
ID: N2500423068
De conformidad con los artículos 90 y 91 del texto refundido de la ley sobre Tráfico,
Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial, aprobado por Real Decreto
Legislativo 6/2015, de 30 de octubre (LTSV), se hace pública la notificación de la
iniciación de los expedientes sancionadores que se indican en la relación adjunta,
incoados por el Ayuntamiento de Sabiñanigo e instruidos por la Oficina de Policía Local
contra las personas o entidades denunciadas que a continuación se relacionan, por
haber cometido una infracción en materia de tráfico, ya que habiéndose intentado la
notificación en el último domicilio conocido, ésta no se ha podido practicar por resultar el
interesado desconocido o por estar ausente en el momento de intentarse, informándole
asimismo que:
A.- CONFORMIDAD CON LA DENUNCIA: Podrá beneficiarse de la REDUCCIÖN del
50% del importe de la multa realizando el pago durante los VEINTE DIAS NATURALES
siguientes, contados a partir del día siguiente al de la práctica de la notificación. El pago
reducido comporta la renuncia a formular alegaciones, la terminación del procedimiento
sin necesidad de dictar resolución expresa, en el momento de la realización del pago y la
imposibilidad de interponer recurso administrativo. Sí podrá interponer recurso ante los
juzgados de lo contencioso administrativo, en el plazo de DOS MESES desde la fecha
del pago. PUEDE REALIAZARSE EL PAGO en las Oficinas de Recaudación del
Ayuntamiento de Sabiñanigo sito en Pz/ España nº2, mediante Giro Postal indicando el
número de expediente y la fecha de la denuncia o también mediante Transferencia
bancaria a la Cta. ES 43 2085 2466 0703 0001 0028 de Ibercaja, haciendo constar el
número de expediente y la fecha de la denuncia.
B.- DISCONFORMIDAD CON LA DENUNCIA: En el plazo de VEINTE DIAS
NATURALES, desde el día siguiente al de la práctica de la notificación podrá formular
escrito de alegaciones presentado en el Registro General del Ayuntamiento y dirigido al
Sra. Alcaldesa-Presidenta. En el supuesto de no efectuar alegaciones ni proceder al
abono de la multa dentro del citado plazo, la denuncia surtirá el efecto de acto resolutorio
del procedimiento sancionador pudiendo ejecutarse si en 30 días desde su notificación
no abona el importe. Sí podrá interponer recurso ante los juzgados de lo contencioso
administrativo, en el plazo de DOS MESES desde esa fecha.
C.- IDENTIFICACIÓN DEL CONDUCTOR O ARRENDATARIO: Si usted no es el
responsable de la infracción está obligado a identificar, en el plazo de VEINTE DIAS
NATURALES al conductor aportando sus datos personales, incluido su número de
permiso de conducción (artículo 11 de la LSV). Si este no figura inscrito en el Registro de
Conductores de la DGT, deberá aportar también copia de la autorización administrativa
que le habilite a conducir en España o copia del contrato de arrendamiento en el
supuesto de alquiler de vehículos sin conductor.
cve: BOE-N-2025-2806ba81a78a57fd65b7b2bbfcdda0df9413ca7e
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 139