Administración Local. Huelva. Ayuntamiento De Cartaya. (BOE-N-2025-417247)
Anuncio de notificación de 6 de junio de 2025 en procedimiento Circulación e incidencias en la vía pública (Exp. 11516/2023).
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 139
Martes 10 de junio de 2025
Supl. N. Pág. 2
[align]
La ordenanza fiscal reguladora de la tasa por recogida de vehículos y estancia en el
depósito municipal B.O.P. Huelva nº 30 de 13 de febrero de 2013, establece en su
artículo 6º la Cuantía de la Tasa por retirada de la vía pública, así como el suplemento
con cuotas diarias correspondientes al depósito y guarda del mismo en el caso de que
transcurran cuarenta y ocho horas desde la recogida sin haber sido retirados éstos por
sus propietarios.
Para proceder a la retirada del vehículo de las instalaciones municipales donde se
encuentra depositado, deberá personarse en las dependencias de la Jefatura de Policía
Local, sitas en C/ Mirto S/N, identificándose como titular del mismo, siendo requisito
imprescindible para la entrega del vehículo abonar la correspondiente tasa una vez
calculada ésta conforme a las establecidas en la Ordenanza Fiscal referida con
anterioridad.
[align:center]
ALEGACIONES
[align]
En aplicación a lo establecido en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas y conforme al acuerdo de
iniciación dictado por Decreto de Alcaldía 2024-2529, podrá tomar audiencia en el
procedimiento y, en un plazo de quince días contados a partir del siguiente al de la
práctica de la presente notificación, podrá formular alegaciones, utilizar los medios de
defensa, aportar los documentos y justificaciones que estime oportunos en el Registro de
este Ayuntamiento, o en cualquiera de los registros, oficinas y dependencias previstos en
el artículo 16.4 de la Ley 39/215, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo
Común de las Administraciones Públicas.
[align:center]
IMPORTANTE
Transcurridos los plazos otorgados y en caso de no aducir alegaciones, el acuerdo
de inicio podrá ser considerado propuesta de resolución, motivando que por el órgano
competente para resolver, se presuma el abandonado del vehículo con matrícula
CS-9249-AH conforme a lo establecido en el artículo 31.2.c) de la Ordenanza
medioambiental recogida de residuos municipales del término municipal de Cartaya, y en
concordancia con el artículo 106.1 del Texto Refundido de la Ley sobre Tráfico,
Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial, aprobado por Real Decreto
Legislativo 6/2015, de 30 de octubre, se dicte resolución ordenando el traslado del
vehículo a Centro Autorizado de Tratamiento de Vehículos para su posterior destrucción
y descontaminación.
Si no fuera de su interés la retirada del vehículo, podrá solicitar a este Ayuntamiento
el servicio de recogida especial conforme establece la referida ordenanza municipal,
para lo cual deberá cumplimentar la correspondiente solicitud bien de manera electrónica
a través de la sede electrónica de esta entidad en la dirección https://
cartaya.sedelectronica.es/info.0, o de manera presencial en el departamento de atención
al ciudadano del Excmo. Ayuntamiento de Cartaya así como en las dependencias de la
Jefatura de Policía Local de Cartaya, aportando la documentación del vehículo y siendo
imprescindible aportar la documentación de su titular, a los efectos de formalizar los
correspondientes trámites para que por parte de esta Administración se proceda a la
retirada y entrega del vehículo a un Centro Autorizado de Tratamiento de Vehículos para
su posterior destrucción y descontaminación.
cve: BOE-N-2025-16a0fcc81a74a857aee2189b5f023fc9701bb792
Verificable en https://www.boe.es
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Núm. 139
Martes 10 de junio de 2025
Supl. N. Pág. 2
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La ordenanza fiscal reguladora de la tasa por recogida de vehículos y estancia en el
depósito municipal B.O.P. Huelva nº 30 de 13 de febrero de 2013, establece en su
artículo 6º la Cuantía de la Tasa por retirada de la vía pública, así como el suplemento
con cuotas diarias correspondientes al depósito y guarda del mismo en el caso de que
transcurran cuarenta y ocho horas desde la recogida sin haber sido retirados éstos por
sus propietarios.
Para proceder a la retirada del vehículo de las instalaciones municipales donde se
encuentra depositado, deberá personarse en las dependencias de la Jefatura de Policía
Local, sitas en C/ Mirto S/N, identificándose como titular del mismo, siendo requisito
imprescindible para la entrega del vehículo abonar la correspondiente tasa una vez
calculada ésta conforme a las establecidas en la Ordenanza Fiscal referida con
anterioridad.
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ALEGACIONES
[align]
En aplicación a lo establecido en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas y conforme al acuerdo de
iniciación dictado por Decreto de Alcaldía 2024-2529, podrá tomar audiencia en el
procedimiento y, en un plazo de quince días contados a partir del siguiente al de la
práctica de la presente notificación, podrá formular alegaciones, utilizar los medios de
defensa, aportar los documentos y justificaciones que estime oportunos en el Registro de
este Ayuntamiento, o en cualquiera de los registros, oficinas y dependencias previstos en
el artículo 16.4 de la Ley 39/215, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo
Común de las Administraciones Públicas.
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IMPORTANTE
Transcurridos los plazos otorgados y en caso de no aducir alegaciones, el acuerdo
de inicio podrá ser considerado propuesta de resolución, motivando que por el órgano
competente para resolver, se presuma el abandonado del vehículo con matrícula
CS-9249-AH conforme a lo establecido en el artículo 31.2.c) de la Ordenanza
medioambiental recogida de residuos municipales del término municipal de Cartaya, y en
concordancia con el artículo 106.1 del Texto Refundido de la Ley sobre Tráfico,
Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial, aprobado por Real Decreto
Legislativo 6/2015, de 30 de octubre, se dicte resolución ordenando el traslado del
vehículo a Centro Autorizado de Tratamiento de Vehículos para su posterior destrucción
y descontaminación.
Si no fuera de su interés la retirada del vehículo, podrá solicitar a este Ayuntamiento
el servicio de recogida especial conforme establece la referida ordenanza municipal,
para lo cual deberá cumplimentar la correspondiente solicitud bien de manera electrónica
a través de la sede electrónica de esta entidad en la dirección https://
cartaya.sedelectronica.es/info.0, o de manera presencial en el departamento de atención
al ciudadano del Excmo. Ayuntamiento de Cartaya así como en las dependencias de la
Jefatura de Policía Local de Cartaya, aportando la documentación del vehículo y siendo
imprescindible aportar la documentación de su titular, a los efectos de formalizar los
correspondientes trámites para que por parte de esta Administración se proceda a la
retirada y entrega del vehículo a un Centro Autorizado de Tratamiento de Vehículos para
su posterior destrucción y descontaminación.
cve: BOE-N-2025-16a0fcc81a74a857aee2189b5f023fc9701bb792
Verificable en https://www.boe.es
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