Administración Local. Barcelona. Ayuntamiento De Igualada. (BOE-N-2025-416914)
Anuncio de notificación de 5 de junio de 2025 en procedimiento de resolución de expedientes sancionadores por infracciones administrativas.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 139

Martes 10 de junio de 2025

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Suplemento de Notificaciones

ADMINISTRACIÓN LOCAL
BARCELONA
AYUNTAMIENTO DE IGUALADA
Anuncio de notificación de 5 de junio de 2025 en procedimiento de resolución de
expedientes sancionadores por infracciones administrativas.
ID: N2500420274

De conformidad con lo dispuesto en los artículos 44 y 46 de la Ley 39/2015, de 1 de
octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas
(PACAP), se hace público Decreto dictado por la Concejala de Gobernación, Vivienda,
Igualdad, LGTBIQ+ y Universidades por delegación de la Alcaldía en virtud del Decreto
de 21 de junio de 2023, de resolución de expediente por infracción administrativa de
fecha 21/05/2025.
Los antecedentes y fundamentos jurídicos de dicha resolución están a disposición de
los interesados en las dependencias de la Unidad de Sancionadores del Ayuntamiento
de Igualada (Plaza Ayuntamiento, 1, 08700 Igualada).
Exp. nº: 1356/2917/2025
Fecha Decreto: 21/05/2025
DNI: 46583250-Q
Ordenanza infringida: Ordenanza Municipal de las Personas, los Bienes y la
Tenencia de Animales (art. 133.40)
Importe sanción: 150,25 €
APREMIO.

RECURSOS.
Contra la anterior resolución que es definitiva en vía administrativa, cabe interponer,
alternativamente, recurso de reposición ante el Alcalde, en el plazo de un mes, o, en el
plazo de dos meses recurso contencioso administrativo ante el Juzgado Contencioso
Administrativo de Barcelona, o, si su domicilio es en otra provincia de Cataluña, ante el
Juzgado Contencioso Administrativo competente en esta provincia, si lo prefiere. Ambos
plazos comenzarán a contar desde el día siguiente a la fecha en que haya publicado el
presente Edicto en el Boletín Oficial del Estado.
En caso de que haya optado por interponer recurso de reposición, contra su
resolución podrá interponer recurso contencioso administrativo ante el Juzgado
Contencioso Administrativo de Barcelona o, si su domicilio es en otra provincia de
Cataluña, ante el Juzgado Contencioso Administrativo competente en esta provincia, si
lo prefiere. El plazo de presentación será de dos meses a contar desde el día siguiente a
la recepción de la notificación correspondiente, si la resolución es expresa, o de seis
meses a contar desde la fecha en que debe entenderse desestimada por silencio
administrativo, silencio que se produce por el transcurso de un mes a contar desde la
fecha de interposición sin que se haya notificado su resolución.

cve: BOE-N-2025-5e85246ad36e532e3755a2cdb9e6e16afcaf561c
Verificable en https://www.boe.es

Se advierte al interesado que, en caso de no proceder al pago de la multa impuesta,
se procederá por la vía de apremio.