Administración Local. Barcelona. Ayuntamiento De Vilafranca Del Penedès. (BOE-N-2025-416971)
Anuncio de notificación de 4 de junio de 2025 en procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, por no haber sido posible la notificación. (Exp. 17/2025/2444).
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 139

Martes 10 de junio de 2025

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Suplemento de Notificaciones

ADMINISTRACIÓN LOCAL
BARCELONA
AYUNTAMIENTO DE VILAFRANCA DEL PENEDÈS
Anuncio de notificación de 4 de junio de 2025 en procedimiento administrativo común de
las administraciones públicas, por no haber sido posible la notificación. (Exp.
17/2025/2444).
ID: N2500419756

EDICTO
No habiendo sido posible la práctica de la notificación a PENEDES-4, S.L., por
intento infructuoso, y en cumplimiento del artículo 44 de la Ley 39/2015, del 1 de octubre,
del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, se procede a
la publicación mediante este edicto.
1.- Requerir a PENEDES-4, S.L., propietaria del solar situado en la calle Ferran nº 73
de Vilafranca del Penedès para que, en el plazo máximo de un mes a partir de esta
publicación, proceda a limpiar el solar por seguridad, salubridad y ornato público, con
advertimiento, en caso contrario, de la imposición de multas coercitivas de acuerdo con
la Ley.

Contra el acto administrativo que se notifica, que es definitivo en vía administrativa,
pueden interponer con carácter potestativo recurso de reposición ante el mismo órgano
municipal que lo ha dictado, en el plazo máximo de un mes a partir del día siguiente a la
fecha de recepción de esta notificación. Contra el acto de resolución expresa del recurso
de reposición, o bien directamente contra este acto administrativo, pueden interponer
recurso contencioso administrativo ante los Juzgados contenciosos administrativos de la
provincia de Barcelona, en el plazo máximo de dos meses que se contarán des del día
siguiente al de la recepción de la notificación correspondiente.
Así mismo, pueden presentar cualquier otro recurso que consideren oportuno de
acuerdo con la ley.
Este Ayuntamiento dispone de la institución de la Sindicatura Municipal de Agravios,
que tiene entre sus competencias la de supervisar las actuaciones y las decisiones
municipales, con la finalidad de defender los derechos y las libertades de la ciudadanía.
Así pues, si creen que a causa de la tramitación de la resolución o acuerdo que se
notifica se han vulnerado vuestros derechos, se os ha causado indefensión o se han
omitido los principios de transparencia, acceso a la información o buena administración,
pueden pedir también, de manera gratuita, la intervención de la Sindicatura. Han de
tener en cuenta, además, que esto no suspende en ningún caso los plazos legales para
interponer los recursos correspondientes que se os han indicado anteriormente.
Vilafranca del Penedès, 4 de junio de 2025.- FranCisco Romero Gamarra, alcalde

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D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X

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El expediente puede ser consultado en las dependencias de Urbanismo (Pl. Jaume I,
núm. 8-10) Exp. 17/2025/2444