Administración Local. Las Palmas. Cabildo Insular De Gran Canaria. (BOE-N-2025-412867)
SERVICIO DE PATRIMONIO. Anuncio de notificación de 29 de mayo de 2025 en procedimiento Declaración de caducidad del procedimiento de "Recuperación de Oficio del Inmueble Casa Domingo Corral de Los Juncos (Medio Ambiente)" e inicio de procedimiento.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Sábado 7 de junio de 2025
Supl. N. Pág. 2
Vista sentencia por la que se inadmite el referido recurso contencioso administrativo,
dictada por el Juzgado Contencioso administrativo nº2 de Las Palmas de Gran Canaria,
por entender que el Acuerdo del que se solicitaba la nulidad resultaba no ser un acto
impugnable.
Vista la documentación obrante en el expediente:
Informe del Servicio de Gestión de Recursos Humanos de esta Corporación Insular
de fecha 08 de febrero de 2024 (RI 202432002698, de 08 de febrero de 2024), en el que
se indica que D. Domingo López Ortega fue trabajador de vínculo laboral de esta
Corporación Insular como oficial 1º Agrícola, ocupando el puesto denominado Jefe
Grupo Cultivos, perteneciente al Grupo IV, adscrito al Servicio de Agricultura, Ganadería
y Pesca, finalizando la relación de servicio, por jubilación del mismo, con fecha 27 de
diciembre de 2003.
Visto informe técnico suscrito por la Técnica de Administración General y visto bueno
de la Jefa de Servicio de Patrimonio, de fecha 7 de mayo de 2025.
Habida cuenta de que el Acuerdo adoptado por el Consejo de Gobierno Insular por el
cual se inició el procedimiento de recuperación posesoria tuvo lugar con fecha 4 de
diciembre de 2023, se entiende caducado el procedimiento por falta de resolución
expresa por haber superado los seis meses sin que ésta haya tenido lugar.
En el ejercicio de la competencia para la recuperación de oficio, que corresponde al
Consejo de Gobierno Insular, de acuerdo a lo establecido en el artículo 25f) del
Reglamento Orgánico del Gobierno y la Administración del Cabildo de Gran Canaria en
relación con el artículo 16.1 del Decreto 8/2015, de 5 de febrero, para la agilización y
modernización de la gestión del patrimonio de las Corporaciones Locales y el artículo 4
de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local:
En aplicación del artículo 106.5 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas y del artículo 95.3 de la citada
ley.
El Consejo de Gobierno Insular, por unanimidad, acuerda:
Primero.- Declarar la caducidad del procedimiento de recuperación de oficio del
inmueble situado en el lugar denominado Corral de los Juncos nº 5, municipio de Tejeda,
en las coordenadas X-442584.97 e Y-3094932.02, con referencia catastral
0803005DS4000S0001BY, Polígono 2, parcela 378 - (Casa Domingo), que figura en el
Inventario General de Bienes y derechos de esta Corporación Insular con el número 18,
Epígrafe I.
Segundo.- Iniciar nuevo procedimiento de recuperación de oficio del inmueble
situado en el lugar denominado Corral de los Juncos nº 5, municipio de Tejeda, en las
coordenadas
X-442584.97
e
Y-3094932.02,
con
referencia
catastral
0803005DS4000S0001BY, Polígono 2, parcela 378 - (Casa Domingo), que figura en el
Inventario General de Bienes y derechos de esta Corporación Insular con el número 18,
Epígrafe I.
Tercero.- Incorporar al nuevo procedimiento iniciado cuanta documentación obre en
el expediente cuyo contenido se mantiene igual no obstante la caducidad.
Cuarto.- Delegar en el Consejero de Gobierno de Presidencia y Movilidad Sostenible
la competencia para resolver, en su caso, las alegaciones presentadas por los/las
interesados/as, ordenar el desalojo del inmueble, así como la competencia para, de
conformidad con el procedimiento dispuesto en la normativa vigente señalada en los
fundamentos de derecho, ejercer el resto de trámites y resoluciones pertinentes en aras
de recuperar la posesión del inmueble.
Quinto.- Notificar el presente acuerdo a los/las interesados/as y conceder un plazo de
audiencia de 10 días hábiles, durante los cuales podrá presentar los documentos y
cve: BOE-N-2025-a03051f5c4205f6ca0e5c63203d2968e66c27f02
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 137
Sábado 7 de junio de 2025
Supl. N. Pág. 2
Vista sentencia por la que se inadmite el referido recurso contencioso administrativo,
dictada por el Juzgado Contencioso administrativo nº2 de Las Palmas de Gran Canaria,
por entender que el Acuerdo del que se solicitaba la nulidad resultaba no ser un acto
impugnable.
Vista la documentación obrante en el expediente:
Informe del Servicio de Gestión de Recursos Humanos de esta Corporación Insular
de fecha 08 de febrero de 2024 (RI 202432002698, de 08 de febrero de 2024), en el que
se indica que D. Domingo López Ortega fue trabajador de vínculo laboral de esta
Corporación Insular como oficial 1º Agrícola, ocupando el puesto denominado Jefe
Grupo Cultivos, perteneciente al Grupo IV, adscrito al Servicio de Agricultura, Ganadería
y Pesca, finalizando la relación de servicio, por jubilación del mismo, con fecha 27 de
diciembre de 2003.
Visto informe técnico suscrito por la Técnica de Administración General y visto bueno
de la Jefa de Servicio de Patrimonio, de fecha 7 de mayo de 2025.
Habida cuenta de que el Acuerdo adoptado por el Consejo de Gobierno Insular por el
cual se inició el procedimiento de recuperación posesoria tuvo lugar con fecha 4 de
diciembre de 2023, se entiende caducado el procedimiento por falta de resolución
expresa por haber superado los seis meses sin que ésta haya tenido lugar.
En el ejercicio de la competencia para la recuperación de oficio, que corresponde al
Consejo de Gobierno Insular, de acuerdo a lo establecido en el artículo 25f) del
Reglamento Orgánico del Gobierno y la Administración del Cabildo de Gran Canaria en
relación con el artículo 16.1 del Decreto 8/2015, de 5 de febrero, para la agilización y
modernización de la gestión del patrimonio de las Corporaciones Locales y el artículo 4
de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local:
En aplicación del artículo 106.5 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas y del artículo 95.3 de la citada
ley.
El Consejo de Gobierno Insular, por unanimidad, acuerda:
Primero.- Declarar la caducidad del procedimiento de recuperación de oficio del
inmueble situado en el lugar denominado Corral de los Juncos nº 5, municipio de Tejeda,
en las coordenadas X-442584.97 e Y-3094932.02, con referencia catastral
0803005DS4000S0001BY, Polígono 2, parcela 378 - (Casa Domingo), que figura en el
Inventario General de Bienes y derechos de esta Corporación Insular con el número 18,
Epígrafe I.
Segundo.- Iniciar nuevo procedimiento de recuperación de oficio del inmueble
situado en el lugar denominado Corral de los Juncos nº 5, municipio de Tejeda, en las
coordenadas
X-442584.97
e
Y-3094932.02,
con
referencia
catastral
0803005DS4000S0001BY, Polígono 2, parcela 378 - (Casa Domingo), que figura en el
Inventario General de Bienes y derechos de esta Corporación Insular con el número 18,
Epígrafe I.
Tercero.- Incorporar al nuevo procedimiento iniciado cuanta documentación obre en
el expediente cuyo contenido se mantiene igual no obstante la caducidad.
Cuarto.- Delegar en el Consejero de Gobierno de Presidencia y Movilidad Sostenible
la competencia para resolver, en su caso, las alegaciones presentadas por los/las
interesados/as, ordenar el desalojo del inmueble, así como la competencia para, de
conformidad con el procedimiento dispuesto en la normativa vigente señalada en los
fundamentos de derecho, ejercer el resto de trámites y resoluciones pertinentes en aras
de recuperar la posesión del inmueble.
Quinto.- Notificar el presente acuerdo a los/las interesados/as y conceder un plazo de
audiencia de 10 días hábiles, durante los cuales podrá presentar los documentos y
cve: BOE-N-2025-a03051f5c4205f6ca0e5c63203d2968e66c27f02
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Núm. 137