Administración Local. Zaragoza. Ayuntamiento De Zaragoza. (BOE-N-2025-412928)
SERVICIO DE DISCIPLINA URBANÍSTICA. Anuncio de notificación de 2 de junio de 2025 en procedimiento Incoar procedimiento sancionador en expediente Nº 55839/2024.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Sábado 7 de junio de 2025
Supl. N. Pág. 1
Suplemento de Notificaciones
ADMINISTRACIÓN LOCAL
ZARAGOZA
AYUNTAMIENTO DE ZARAGOZA
SERVICIO DE DISCIPLINA URBANÍSTICA. Anuncio de notificación de 2 de junio de
2025 en procedimiento Incoar procedimiento sancionador en expediente Nº 55839/2024.
ID: N2500409235
No habiéndose podido practicar la notificación prevista en el artículo 40.1 de Ley
39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas., se remite el siguiente anuncio para su inserción en el Boletín
Oficial del Estado, de conformidad con lo preceptuado en el artículo 44 del mismo texto
legal:
PRIMERO.- 1.Incoar a () procedimiento sancionador por la comisión de una
infracción urbanística LEVE consistente en cambio de ventanas sin título habilitante de
naturaleza urbanística sito en Santa Ines 22 2º Dcha, que puede ser sancionada con
multa de 600 a 6.000 €, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 277.b) del
Decreto Legislativo 1/2014, de 8 de Julio, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba
el Texto Refundido de la Ley de Urbanismo de Aragón. En el presente caso le
corresponde una sanción de 800,00 €, ha solicitado la legalización en expediente
20250016175 (530920),sin perjuicio de tener que ser modificada como consecuencia de
las circunstancias que pudieran concurrir. 2. El procedimiento que mediante este acto se
incoa tiene carácter simplificado de conformidad con lo dispuesto en el artículo 96 de la
Ley 39/2015, de 1 de octubre, Procedimiento Administrativo Común. SEGUNDO.Nombrar como Instructor del procedimiento a D. Carlos Gómez Castejón, Jefe del
Departamento de Autorizaciones de Usos y Actividades, o persona que le sustituya, y
como Secretaria a Dña. Noelia Revuelto Cabeza, Técnica de Administración General de
Disciplina, o persona que le sustituya, advirtiendo al presunto responsable que puede
recusar a cualquiera de estas personas si estima que están incursas en alguno de los
motivos previstos en los artículos 23 y 24 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de
Régimen Jurídico del Sector Público. TERCERO.- Comunicar al presunto responsable
que el órgano competente para la resolución del expediente es el Gerente de Urbanismo
por delegación de atribuciones realizadas mediante Decretos de Alcaldía de 19 de enero
de 2009 y 18 de junio de 2015, ratificados por el Gobierno de Zaragoza de 22 de
diciembre 2017 y Decreto de Alcaldía de 18 de septiembre de 2023. CUARTO.- Dar
audiencia al presunto responsable por el plazo de 10 días a partir de la notificación de
este acuerdo para formular alegaciones y presentar cuantos documentos y
justificaciones estime convenientes. QUINTO.- Indicar al presunto responsable la
posibilidad de reconocer voluntariamente la responsabilidad. En el supuesto de
sanciones pecuniarias (Art. 85 de la Ley 39/2015 del Procedimiento Administrativo
Común) el reconocimiento voluntario de la responsabilidad lleva aparejada la reducción
de un 20% del importe de la sanción que se imponga. Dicha reducción se incrementará
en un 20% añadido cuando además se proceda al pago voluntario en cualquier momento
antes de la resolución. Circunstancia que implicará la terminación del procedimiento,
salvo en lo relativo a la reposición de la situación alterada o a la determinación de la
indemnización por los daños y perjuicios causado por la comisión de la infracción. Para
la efectividad de las citadas reducciones será necesario el desistimiento o renuncia
cve: BOE-N-2025-3e0ba09098dc2fa4c142c76a915f966565e06875
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 137
Sábado 7 de junio de 2025
Supl. N. Pág. 1
Suplemento de Notificaciones
ADMINISTRACIÓN LOCAL
ZARAGOZA
AYUNTAMIENTO DE ZARAGOZA
SERVICIO DE DISCIPLINA URBANÍSTICA. Anuncio de notificación de 2 de junio de
2025 en procedimiento Incoar procedimiento sancionador en expediente Nº 55839/2024.
ID: N2500409235
No habiéndose podido practicar la notificación prevista en el artículo 40.1 de Ley
39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas., se remite el siguiente anuncio para su inserción en el Boletín
Oficial del Estado, de conformidad con lo preceptuado en el artículo 44 del mismo texto
legal:
PRIMERO.- 1.Incoar a () procedimiento sancionador por la comisión de una
infracción urbanística LEVE consistente en cambio de ventanas sin título habilitante de
naturaleza urbanística sito en Santa Ines 22 2º Dcha, que puede ser sancionada con
multa de 600 a 6.000 €, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 277.b) del
Decreto Legislativo 1/2014, de 8 de Julio, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba
el Texto Refundido de la Ley de Urbanismo de Aragón. En el presente caso le
corresponde una sanción de 800,00 €, ha solicitado la legalización en expediente
20250016175 (530920),sin perjuicio de tener que ser modificada como consecuencia de
las circunstancias que pudieran concurrir. 2. El procedimiento que mediante este acto se
incoa tiene carácter simplificado de conformidad con lo dispuesto en el artículo 96 de la
Ley 39/2015, de 1 de octubre, Procedimiento Administrativo Común. SEGUNDO.Nombrar como Instructor del procedimiento a D. Carlos Gómez Castejón, Jefe del
Departamento de Autorizaciones de Usos y Actividades, o persona que le sustituya, y
como Secretaria a Dña. Noelia Revuelto Cabeza, Técnica de Administración General de
Disciplina, o persona que le sustituya, advirtiendo al presunto responsable que puede
recusar a cualquiera de estas personas si estima que están incursas en alguno de los
motivos previstos en los artículos 23 y 24 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de
Régimen Jurídico del Sector Público. TERCERO.- Comunicar al presunto responsable
que el órgano competente para la resolución del expediente es el Gerente de Urbanismo
por delegación de atribuciones realizadas mediante Decretos de Alcaldía de 19 de enero
de 2009 y 18 de junio de 2015, ratificados por el Gobierno de Zaragoza de 22 de
diciembre 2017 y Decreto de Alcaldía de 18 de septiembre de 2023. CUARTO.- Dar
audiencia al presunto responsable por el plazo de 10 días a partir de la notificación de
este acuerdo para formular alegaciones y presentar cuantos documentos y
justificaciones estime convenientes. QUINTO.- Indicar al presunto responsable la
posibilidad de reconocer voluntariamente la responsabilidad. En el supuesto de
sanciones pecuniarias (Art. 85 de la Ley 39/2015 del Procedimiento Administrativo
Común) el reconocimiento voluntario de la responsabilidad lleva aparejada la reducción
de un 20% del importe de la sanción que se imponga. Dicha reducción se incrementará
en un 20% añadido cuando además se proceda al pago voluntario en cualquier momento
antes de la resolución. Circunstancia que implicará la terminación del procedimiento,
salvo en lo relativo a la reposición de la situación alterada o a la determinación de la
indemnización por los daños y perjuicios causado por la comisión de la infracción. Para
la efectividad de las citadas reducciones será necesario el desistimiento o renuncia
cve: BOE-N-2025-3e0ba09098dc2fa4c142c76a915f966565e06875
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Núm. 137