Administración Local. Ciudad Real. Ayuntamiento De Bolaños De Calatrava. (BOE-N-2025-412849)
Anuncio de notificación de 3 de junio de 2025 en procedimiento sancionador por infracción en materia de medio ambiente (Resolución).
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Sábado 7 de junio de 2025

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Suplemento de Notificaciones

ADMINISTRACIÓN LOCAL
CIUDAD REAL
AYUNTAMIENTO DE BOLAÑOS DE CALATRAVA
Anuncio de notificación de 3 de junio de 2025 en procedimiento sancionador por
infracción en materia de medio ambiente (Resolución).
ID: N2500410432

De conformidad con lo establecido en el artículo 44 de la Ley 39/2015, de 26 1 de
octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas
(LPACAP), se hace pública notificación, en el Tablón Edictal Único del Boletín Oficial del
Estado (TEU), de la resolución recaída en los procedimientos sancionadores que se
indican, instruidos por infracción a la Ordenanza Municipal Sobre Protección del Medio
Ambiente (BOP nº 42 de fecha 02/03/2016), a las personas que se relacionan, ya que
habiéndose intentado su notificación en el último domicilio conocido, ésta no se ha
podido practicar. Dado que este acto no se publica en su integridad, conforme a lo
previsto en los artículos 45.2 y 46 de la LPACAP, el texto íntegro de la resolución que se
notifica se encuentra a disposición, junto con el resto del expediente, en el Negociado de
Sanciones del Ayuntamiento de Bolaños de Calatrava (Ciudad Real), sito en plaza de
España número 1. Asimismo se indica que a efectos de la contabilización de plazos en
los expedientes relacionados, la fecha de notificación se considerará la de la publicación
de este anuncio en el TEU.
Dichas resoluciones agotan la vía administrativa, pudiendo ser recurridas
potestativamente en reposición ante el Sr. Alcalde-Presidente en el plazo de un mes, o
ser impugnada directamente ante el Juzgado de lo contencioso-administrativo de Ciudad
Real, en el plazo de dos meses. En ambos casos, los plazos son contados a partir del
día siguiente al de notificarse este acto. Ello sin perjuicio de que los interesados puedan
interponer otros recursos que estimen más oportunos.
ABONO DE LA SANCIÓN: El importe de la sanción pueden hacerlo efectivo, en
periodo
voluntario,
mediante
ingreso
bancario
al

de
cuenta
ES6431902006262011016728 (GLOBALCAJA), en cualquier otra entidad bancaria con
sucursal en esta localidad, o por GIRO POSTAL a favor de este Ayuntamiento, indicando
el número de expediente, nombre, apellidos y N.I.F de la persona denunciada. El pago
de la sanción podrá hacerse: a) Para las resoluciones notificadas entre los días 1 y 15 de
cada mes, desde la fecha de recepción de la notificación hasta el día 20 del mes
posterior o, si éste no fuera hábil, hasta el inmediato hábil siguiente. b) Las notificadas
entre los días 16 y último de cada mes, desde la fecha de notificación hasta el día 5 del
segundo mes posterior o, si éste no fuera hábil, hasta el inmediato hábil siguiente. A
dicho efecto se señala que el periodo voluntario de pago se iniciará con la firmeza
administrativa de la resolución.
BOLAÑOS DE CALATRAVA, 3 de junio de 2025.- EL ALCALDE-PRESIDENTE.Miguel Ángel Valverde Menchero

cve: BOE-N-2025-13cffdb097729c64f20d7e6cf01b5aaf3dbf943d
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Núm. 137