Administración Local. Valencia. Ayuntamiento De Cofrentes. (BOE-N-2025-412919)
Anuncio de notificación de 3 de junio de 2025 en procedimiento Baja de oficio en el padrón municipal por inscripción indebida.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 137

Sábado 7 de junio de 2025

Supl. N. Pág. 1

Suplemento de Notificaciones

ADMINISTRACIÓN LOCAL
VALENCIA
AYUNTAMIENTO DE COFRENTES
Anuncio de notificación de 3 de junio de 2025 en procedimiento Baja de oficio en el
padrón municipal por inscripción indebida.
ID: N2500410342

Intentada la notificación personal en el domicilio de los interesados que se indica, de
la providencia de la Alcaldía, de fecha 23 de Mayo de 2025, dictada en expediente
número 1/2025, sin que se haya podido practicar, de conformidad con los artículos 42 y
43 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas, se procede a su notificación mediante la publicación de
anuncio.
“Atendido que este Ayuntamiento ha conocido la existencia de circunstancias
suficientes para presumir que las personas que a continuación se relacionan no residen
en este municipio y en el domicilio en el que figuran empadronados durante la mayor
parte del año:
Documentos de Identificación de las personas afectadas:
34.042.300 T Y-6006205-E H809619 C02547473 125974842
Atendido que el artículo 54.1 del Reglamento de Población y Demarcación Territorial
de las Entidades Locales, aprobado por Real Decreto 1690/1986, de 11 de julio,
establece la obligación de toda persona que viva en España de estar inscrito en el
Padrón del municipio en el que resida habitualmente y, en caso de residir en varios
municipios, únicamente en el que habite durante más tiempo al año. La falsedad en el
empadronamiento puede ser considerada como infracción electoral y sancionada con
multa de 100,00 a 1.000,00 euros, conforme a lo dispuesto en el artículo 153.1 de la Ley
Orgánica 5/1985, de 19 de junio, del Régimen Electoral General.
Atendido que los servicios municipales competentes, tras las comprobaciones
oportunas, han constatado que las citadas personas no residen habitualmente en este
municipio, por lo que procede la incoación de expediente de baja de oficio en el Padrón
municipal por inscripción indebida.
En cumplimiento del artículo 72 del citado Reglamento de Población y Demarcación
Territorial de las Entidades Locales, y de la Resolución de 17 de febrero de 2020, de la
Presidencia del Instituto Nacional de Estadística y de la Dirección General de
Cooperación Autonómica y Local, por la que se dictan instrucciones técnicas a los
Ayuntamientos sobre la gestión del Padrón municipal,
RESUELVO:
1.º- Que se inicie el procedimiento para dar de baja de oficio en el Padrón municipal
por inscripción indebida a las personas indicadas, por haberse comprobado que no
residen en este municipio durante la mayor parte del año.

cve: BOE-N-2025-45131bfc8eecbc3302d8e3018d52821c1ea87948
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50.549.886 A 27.410.079 J 07.260.363 E ALBA M.M.