Administración Local. Zaragoza. Ayuntamiento De Zaragoza. (BOE-N-2025-399553)
SERVICIO DE INSPECCIÓN URBANÍSTICA. Anuncio de notificación de 29 de mayo de 2025 en procedimiento sancionador en expte 0518337/2018.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 133
Martes 3 de junio de 2025
Supl. N. Pág. 1
Suplemento de Notificaciones
ADMINISTRACIÓN LOCAL
ZARAGOZA
AYUNTAMIENTO DE ZARAGOZA
SERVICIO DE INSPECCIÓN URBANÍSTICA. Anuncio de notificación de 29 de mayo de
2025 en procedimiento sancionador en expte 0518337/2018.
ID: N2500401177
De conformidad con lo dispuesto en el art. 44 de la Ley 39/2015 de 1 de octubre de
Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, al no haberse
podido practicar la notificación oportuna a la propiedad de la finca sita en Polígono 174
Parcela 79 por ausente en el domicilio, por el presente se le pone de manifiesto lo
siguiente:
En el expediente 0376457/2016 se requirió a la propiedad de la finca sita en Polígono
174 Parcela 79 por acuerdo de fecha 15 de febrero de 2027, en cumplimiento del deber
de conservación previsto en los arts, 254 y ss del TR de la Ley Urbanística de Aragón
1/14 de 8 de julio, para que en el plazo de un mes procediese al cerramiento de la boca
del pozo de una forma más estable y con materiales adecuados, de manera que quede
garantizada la seguridad de las personas y/o animales
Según el art. 258 del citado texto legal, incumplido el plazo establecido en la orden
de ejecución, el municipio podrá decretar de oficio o a instancia del interesado y en todo
caso, previa audiencia del obligado, entre otros, la imposición de multas coercitivas.
Estas multas, como medio de ejecución forzosa, serán reiteradas por lapsos de
tiempo que sean suficientes para cumplir lo ordenado, (art. 103 de la Ley 39/15 de 1 de
octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas).
Los ingresos generados por el cobro de las mismas, quedarán afectos a la cobertura
de los gastos que genere la ejecución subsidiaria de la orden incumplida, todo ello sin
perjuicio de su posterior exigencia al obligado, a los que habrá que sumar los intereses y
gastos de gestión de las obras.
Se han valorado las obras a ejecutar en 5.000 € IVA inlcuido (informe técnico de
fecha 19 de marzo de 2025). Procede la imposición de 10 multas coercitivas por importe
de 500 € cada una.
Lo que se comunica para su conocimiento y en su virtud en el plazo máximo de 15
DIAS, formule cuantas alegaciones considere oportunas en la defensa de sus intereses,
todo ello de conformidad con lo dispuesto en el Art. 82 de la Ley 39/2015 de 1 de
Octubre del Procedimiento Administrativo Común.
Zaragoza, 29 de mayo de 2025.- LA JEFA DEL SERVICIO DE INSPECCIÓN
URBANÍSTICA. Fdo. Marta-Mª Sagaste Bericat
https://www.boe.es
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X
cve: BOE-N-2025-5d47348b1f04a7c84ebe25f909c9dd09ea116439
Verificable en https://www.boe.es
La periodicidad de las multas para lograr el cumplimiento de las órdenes de
ejecución no podrá ser inferior a un mes. La cuantía de cada multa podrá alcanzar hasta
el 10% del coste estimado de las obras ordenadas. Podrán imponerse multas coercitivas
hasta alcanzar el importe total del coste estimado de las obras ordenadas.
Núm. 133
Martes 3 de junio de 2025
Supl. N. Pág. 1
Suplemento de Notificaciones
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ZARAGOZA
AYUNTAMIENTO DE ZARAGOZA
SERVICIO DE INSPECCIÓN URBANÍSTICA. Anuncio de notificación de 29 de mayo de
2025 en procedimiento sancionador en expte 0518337/2018.
ID: N2500401177
De conformidad con lo dispuesto en el art. 44 de la Ley 39/2015 de 1 de octubre de
Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, al no haberse
podido practicar la notificación oportuna a la propiedad de la finca sita en Polígono 174
Parcela 79 por ausente en el domicilio, por el presente se le pone de manifiesto lo
siguiente:
En el expediente 0376457/2016 se requirió a la propiedad de la finca sita en Polígono
174 Parcela 79 por acuerdo de fecha 15 de febrero de 2027, en cumplimiento del deber
de conservación previsto en los arts, 254 y ss del TR de la Ley Urbanística de Aragón
1/14 de 8 de julio, para que en el plazo de un mes procediese al cerramiento de la boca
del pozo de una forma más estable y con materiales adecuados, de manera que quede
garantizada la seguridad de las personas y/o animales
Según el art. 258 del citado texto legal, incumplido el plazo establecido en la orden
de ejecución, el municipio podrá decretar de oficio o a instancia del interesado y en todo
caso, previa audiencia del obligado, entre otros, la imposición de multas coercitivas.
Estas multas, como medio de ejecución forzosa, serán reiteradas por lapsos de
tiempo que sean suficientes para cumplir lo ordenado, (art. 103 de la Ley 39/15 de 1 de
octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas).
Los ingresos generados por el cobro de las mismas, quedarán afectos a la cobertura
de los gastos que genere la ejecución subsidiaria de la orden incumplida, todo ello sin
perjuicio de su posterior exigencia al obligado, a los que habrá que sumar los intereses y
gastos de gestión de las obras.
Se han valorado las obras a ejecutar en 5.000 € IVA inlcuido (informe técnico de
fecha 19 de marzo de 2025). Procede la imposición de 10 multas coercitivas por importe
de 500 € cada una.
Lo que se comunica para su conocimiento y en su virtud en el plazo máximo de 15
DIAS, formule cuantas alegaciones considere oportunas en la defensa de sus intereses,
todo ello de conformidad con lo dispuesto en el Art. 82 de la Ley 39/2015 de 1 de
Octubre del Procedimiento Administrativo Común.
Zaragoza, 29 de mayo de 2025.- LA JEFA DEL SERVICIO DE INSPECCIÓN
URBANÍSTICA. Fdo. Marta-Mª Sagaste Bericat
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cve: BOE-N-2025-5d47348b1f04a7c84ebe25f909c9dd09ea116439
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La periodicidad de las multas para lograr el cumplimiento de las órdenes de
ejecución no podrá ser inferior a un mes. La cuantía de cada multa podrá alcanzar hasta
el 10% del coste estimado de las obras ordenadas. Podrán imponerse multas coercitivas
hasta alcanzar el importe total del coste estimado de las obras ordenadas.