Notarías Y Registros De La Propiedad, Mercantiles Y De Bienes Muebles. Registros De La Propiedad, Mercantiles Y De Bienes Muebles. Lugo. (BOE-N-2025-400092)
REGISTRO DE LA PROPIEDAD DE LUGO 2 Y MERCANTIL Y BIENES MUEBLES. Anuncio de notificación de 30 de mayo de 2025.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 133

Martes 3 de junio de 2025

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Suplemento de Notificaciones

NOTARÍAS Y REGISTROS DE LA
PROPIEDAD, MERCANTILES Y DE BIENES
MUEBLES
REGISTROS DE LA PROPIEDAD, MERCANTILES Y DE BIENES
MUEBLES
LUGO
REGISTRO DE LA PROPIEDAD DE LUGO 2 Y MERCANTIL Y BIENES MUEBLES.
Anuncio de notificación de 30 de mayo de 2025
ID: N2500404061

hago saber que: con fecha veintiocho de mayo del año dos mil veinticinco DON IAGO
GARCIA VIÑA, ha inscrito a su favor la siguiente finca:
Descripción:
RUSTICA. Finca situada en la PARROQUIA GULDRIZ en el municipio de FRIOL,
denominada PEDRAFITA, que mide nueve áreas setenta y dos centiáreas . Linda al:
norte, parcela 51 de Manuel Angel Darriba Arias; sur, parcela 261 de Jesus Fraga
Meilan; este, parcela 57 de Jose Antonio Seren Fernandez; oeste, camino. Referencia
Catastral: 27020A299000580000GK y va a formar parte por agrupación de la Referencia
Catastral: 27020A299002880000GI
Datos de inscripción:
Finca: 10695 DE FRIOL Inscripción: 1ª
Representación gráfica, accesible en
http://geoportal.registradores.org/geoportal/
Finca registral con Código único de finca registral: 27013000695906
Título:
Escritura de mejora, otorgada en Lugo ante su notario DOÑA PATRICIA POSSE PAZ
el día dieciséis de enero del año dos mil veinticinco habiendo adquirido de DON
ANTONIO GARCIA RODRIGUEZ y DOÑA MARIA PILAR VIÑA CARREIRA; a quien
pertenecía por herencia de Agustín Vicente Rodríguez Novo, fallecido el día diecisiete de
mayo de dos mil cinco, por escritura autorizada por la Notario de Lugo, Natalia Nieto
Alba, el día quince de marzo de dos mil veinticuatro, número 541 de protocolo.
Todo lo cual se le notifica en cumplimiento de lo dispuesto en el citado artículo 205
de la Ley Hipotecaria, haciéndole saber que, conforme al artículo 1 de la misma ley, los
asientos del Registro practicados están bajo la salvaguardia de los Tribunales y
producen todos sus efectos mientras no se declare su inexactitud en los términos
establecidos en esta Ley, y que, conforme al artículo 207 de la misma ley, los efectos
protectores dispensados por el artículo 34 de esta Ley no se producirán hasta
transcurridos dos años desde la fecha de la inmatriculación.

cve: BOE-N-2025-9fd94a85edadd6c53cf83b06c1a94ce93adaab33
Verificable en https://www.boe.es

IDUFIR: 27013000695906