Notarías Y Registros De La Propiedad, Mercantiles Y De Bienes Muebles. Registros De La Propiedad, Mercantiles Y De Bienes Muebles. Guadalajara. (BOE-N-2025-399990)
REGISTRO DE LA PROPIEDAD DE COGOLLUDO. Anuncio de notificación de 29 de mayo de 2025 en procedimiento relativo a la inmatriculación de la finca.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 133
Martes 3 de junio de 2025
Supl. N. Pág. 1
Suplemento de Notificaciones
NOTARÍAS Y REGISTROS DE LA
PROPIEDAD, MERCANTILES Y DE BIENES
MUEBLES
REGISTROS DE LA PROPIEDAD, MERCANTILES Y DE BIENES
MUEBLES
GUADALAJARA
REGISTRO DE LA PROPIEDAD DE COGOLLUDO. Anuncio de notificación de 29 de
mayo de 2025 en procedimiento relativo a la inmatriculación de la finca.
ID: N2500401167
articulo 205 de la Ley Hipotecaria
Rústica: parcela 5129 del polígono 4 dedicado a olivar secano al sitio demoninado
Valverde, en el término municipal de Cogolludo (Guadalajara). Linda: Norte, parcela 5128
del polígono 4 de desconocido; Sur, Andrés Sopeña Calvo; Este, Valero Alcorlo Simón; y
Oeste, descuento topográfico o Camino Viejo de Cogolludo a Espinosa. Tiene una
extensión superficial de veinticinco áreas y cincuenta y tres centiáreas. Referencia
Catastral: 19110A004051290000ZB. Ha quedado inscrita ,en pleno dominio, a favor de
don JUAN ANTONIO JUARANZ LÓPEZ, con DNI y NIF número 70.000.714-F, doña
PILAR JUARANZ LÓPEZ, con DNI y NIF número 70.007.310-W, y de doña MERCEDES
JUARANZ LÓPEZ, con DNI y NIF número 50.666.985-D, por terceras e iguales partes
indivisas, con carácter privativo para todos y por título de herencia testada, en virtud de
escritura pública autorizada en Chincón el día nueve de junio de dos mil quince por la
notaria de dicha localidad doña María Nieves González de Echávarri Díaz, número 685
de protocolo, que causó la inscripción primera de fecha veintiséis de mayo de dos mil
veinticinco.
Todo lo cual se le notifica en cumplimiento de lo dispuesto en el citado artículo 205
de la Ley Hipotecaria, haciéndole saber que, conforme al artículo 1 de la misma ley, los
asientos del Registro practicados están bajo la salvaguardia de los Tribunales y
producen todos sus efectos mientras no se declare su inexactitud en los términos
establecidos en esta Ley, y que, conforme al artículo 207 de la misma ley, los efectos
protectores dispensados por el artículo 34 de esta Ley no se producirán hasta
transcurridos dos años desde la fecha de la inscripción.
Cogolludo, 29 de mayo de 2025.- El/La Registrador/a, Manuel Osborne Duque
https://www.boe.es
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X
cve: BOE-N-2025-441c330069ad808fec6eff0ac30235dee145471f
Verificable en https://www.boe.es
Don MANUEL OSBORNE DUQUE, Registrador de la Propiedad Interino de
Cogolludo, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 205 de la Ley Hipotecaria,
Certifica y hace constar, para general conocimiento notificando a todos los interesados y
a las personas ignoradas a quienes pueda perjudicar el asiento practicado: Que con
fecha VEINTISÉIS DE MAYO DE DOS MIL VEINTICINCO, se ha inmatriculado en este
registro de la propiedad, conforme al artículo 205 de la Ley Hipotecaria, la siguiente
finca:
Núm. 133
Martes 3 de junio de 2025
Supl. N. Pág. 1
Suplemento de Notificaciones
NOTARÍAS Y REGISTROS DE LA
PROPIEDAD, MERCANTILES Y DE BIENES
MUEBLES
REGISTROS DE LA PROPIEDAD, MERCANTILES Y DE BIENES
MUEBLES
GUADALAJARA
REGISTRO DE LA PROPIEDAD DE COGOLLUDO. Anuncio de notificación de 29 de
mayo de 2025 en procedimiento relativo a la inmatriculación de la finca.
ID: N2500401167
articulo 205 de la Ley Hipotecaria
Rústica: parcela 5129 del polígono 4 dedicado a olivar secano al sitio demoninado
Valverde, en el término municipal de Cogolludo (Guadalajara). Linda: Norte, parcela 5128
del polígono 4 de desconocido; Sur, Andrés Sopeña Calvo; Este, Valero Alcorlo Simón; y
Oeste, descuento topográfico o Camino Viejo de Cogolludo a Espinosa. Tiene una
extensión superficial de veinticinco áreas y cincuenta y tres centiáreas. Referencia
Catastral: 19110A004051290000ZB. Ha quedado inscrita ,en pleno dominio, a favor de
don JUAN ANTONIO JUARANZ LÓPEZ, con DNI y NIF número 70.000.714-F, doña
PILAR JUARANZ LÓPEZ, con DNI y NIF número 70.007.310-W, y de doña MERCEDES
JUARANZ LÓPEZ, con DNI y NIF número 50.666.985-D, por terceras e iguales partes
indivisas, con carácter privativo para todos y por título de herencia testada, en virtud de
escritura pública autorizada en Chincón el día nueve de junio de dos mil quince por la
notaria de dicha localidad doña María Nieves González de Echávarri Díaz, número 685
de protocolo, que causó la inscripción primera de fecha veintiséis de mayo de dos mil
veinticinco.
Todo lo cual se le notifica en cumplimiento de lo dispuesto en el citado artículo 205
de la Ley Hipotecaria, haciéndole saber que, conforme al artículo 1 de la misma ley, los
asientos del Registro practicados están bajo la salvaguardia de los Tribunales y
producen todos sus efectos mientras no se declare su inexactitud en los términos
establecidos en esta Ley, y que, conforme al artículo 207 de la misma ley, los efectos
protectores dispensados por el artículo 34 de esta Ley no se producirán hasta
transcurridos dos años desde la fecha de la inscripción.
Cogolludo, 29 de mayo de 2025.- El/La Registrador/a, Manuel Osborne Duque
https://www.boe.es
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X
cve: BOE-N-2025-441c330069ad808fec6eff0ac30235dee145471f
Verificable en https://www.boe.es
Don MANUEL OSBORNE DUQUE, Registrador de la Propiedad Interino de
Cogolludo, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 205 de la Ley Hipotecaria,
Certifica y hace constar, para general conocimiento notificando a todos los interesados y
a las personas ignoradas a quienes pueda perjudicar el asiento practicado: Que con
fecha VEINTISÉIS DE MAYO DE DOS MIL VEINTICINCO, se ha inmatriculado en este
registro de la propiedad, conforme al artículo 205 de la Ley Hipotecaria, la siguiente
finca: