Estado. Ministerio Del Interior. Jefatura Central De Tráfico. (BOE-N-2025-397949)
JEFATURA PROVINCIAL DE TRÁFICO DE ALMERÍA. Anuncio de notificación de 29 de mayo de 2025 en procedimientos de pérdida de vigencia de la autorización administrativa para conducir por pérdida de los requisitos exigidos para su otorgamiento.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 133
Martes 3 de junio de 2025
Supl. N. Pág. 1
Suplemento de Notificaciones
ESTADO
MINISTERIO DEL INTERIOR
JEFATURA CENTRAL DE TRÁFICO
JEFATURA PROVINCIAL DE TRÁFICO DE ALMERÍA. Anuncio de notificación de 29 de
mayo de 2025 en procedimientos de pérdida de vigencia de la autorización
administrativa para conducir por pérdida de los requisitos exigidos para su otorgamiento.
ID: N2500402038
De conformidad con lo dispuesto en los artículos 44 y 46 de la Ley 39/2015, de 1 de
octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (BOE
236, de 2 de octubre de 2015), se hace pública la notificación de los acuerdos de
iniciación del procedimiento para la declaración de pérdida de vigencia del permiso de
conducción del que son titulares las personas que a continuación se relacionan, ya que,
habiéndose intentado la notificación en el último domicilio conocido, éstas no se han
podido practicar:
DNI 38804757P Procedimiento 040060561S Fecha 25/04/2025
DNI 76633065D Procedimiento 040060562S Fecha 25/04/2025
DNI 27493304R Procedimiento 040060682S Fecha 02/05/2025
Los correspondientes expedientes obran en la Jefatura Provincial de Tráfico de
Almería ante la cual les asiste el derecho a alegar y presentar los documentos y
justificaciones que estimen pertinentes y acreditar, dentro del plazo de 2 MESES a contar
desde el día siguiente a esta publicación, que no carecen de tales requisitos. De no
acreditarse en el mencionado plazo la existencia del requisito exigido, se acordará la
suspensión cautelar e intervención inmediata de la autorización, ampliándose el plazo
para demostrar que no carece de tales requisitos por el tiempo que le reste de vigencia a
su autorización administrativa.
Almería, 29 de mayo de 2025.- El Jefe Provincial de Tráfico acctal, Miguel Ángel
García Fernández
https://www.boe.es
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X
cve: BOE-N-2025-2422391fe190b952392a402a3f53237731669304
Verificable en https://www.boe.es
Al procedimiento le es de aplicación el artículo 70 del texto refundido de la Ley sobre
Tráfico, Circulación de Vehículos a motor y Seguridad Vial, aprobado por Real Decreto
Legislativo 6/2015, de 30 de octubre, desarrollado por el artículo 36 del Reglamento
General de Conductores aprobado por Real Decreto 818/2009, de 8 de mayo.
Núm. 133
Martes 3 de junio de 2025
Supl. N. Pág. 1
Suplemento de Notificaciones
ESTADO
MINISTERIO DEL INTERIOR
JEFATURA CENTRAL DE TRÁFICO
JEFATURA PROVINCIAL DE TRÁFICO DE ALMERÍA. Anuncio de notificación de 29 de
mayo de 2025 en procedimientos de pérdida de vigencia de la autorización
administrativa para conducir por pérdida de los requisitos exigidos para su otorgamiento.
ID: N2500402038
De conformidad con lo dispuesto en los artículos 44 y 46 de la Ley 39/2015, de 1 de
octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (BOE
236, de 2 de octubre de 2015), se hace pública la notificación de los acuerdos de
iniciación del procedimiento para la declaración de pérdida de vigencia del permiso de
conducción del que son titulares las personas que a continuación se relacionan, ya que,
habiéndose intentado la notificación en el último domicilio conocido, éstas no se han
podido practicar:
DNI 38804757P Procedimiento 040060561S Fecha 25/04/2025
DNI 76633065D Procedimiento 040060562S Fecha 25/04/2025
DNI 27493304R Procedimiento 040060682S Fecha 02/05/2025
Los correspondientes expedientes obran en la Jefatura Provincial de Tráfico de
Almería ante la cual les asiste el derecho a alegar y presentar los documentos y
justificaciones que estimen pertinentes y acreditar, dentro del plazo de 2 MESES a contar
desde el día siguiente a esta publicación, que no carecen de tales requisitos. De no
acreditarse en el mencionado plazo la existencia del requisito exigido, se acordará la
suspensión cautelar e intervención inmediata de la autorización, ampliándose el plazo
para demostrar que no carece de tales requisitos por el tiempo que le reste de vigencia a
su autorización administrativa.
Almería, 29 de mayo de 2025.- El Jefe Provincial de Tráfico acctal, Miguel Ángel
García Fernández
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X
cve: BOE-N-2025-2422391fe190b952392a402a3f53237731669304
Verificable en https://www.boe.es
Al procedimiento le es de aplicación el artículo 70 del texto refundido de la Ley sobre
Tráfico, Circulación de Vehículos a motor y Seguridad Vial, aprobado por Real Decreto
Legislativo 6/2015, de 30 de octubre, desarrollado por el artículo 36 del Reglamento
General de Conductores aprobado por Real Decreto 818/2009, de 8 de mayo.