Administración Local. Castellón. Ayuntamiento De Vinaròs. (BOE-N-2025-398829)
Anuncio de notificación de 29 de mayo de 2025 en procedimiento Orden de Ejecución (Exp. 7551/2023).
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 133

Martes 3 de junio de 2025

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Suplemento de Notificaciones

ADMINISTRACIÓN LOCAL
CASTELLÓN
AYUNTAMIENTO DE VINARÒS
Anuncio de notificación de 29 de mayo de 2025 en procedimiento Orden de Ejecución
(Exp. 7551/2023).
ID: N2500401336

Expediente: 7551/2023
Acto a notificar: Notificación dejar sin efecto orden de ejecución
Persona interesada: 18701842J
En relación con el expediente de referencia, y de conformidad con lo dispuesto en los
artículos 41 y 44 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo
Común de las Administraciones Públicas, habiéndose intentado sin efecto la notificación
del acto administrativo que se indica por causas no imputables a la Administración, se
publica el contenido íntegro del mismo, para que sirva de notificación a la persona
interesada:
“Mediante la presente se le notifica el Decreto de Alcaldía n.º 2025-1919, de fecha
7/05/2025, del tenor literal siguiente:
«DECRETO DE ALCALDÍA
1º.- Visto que, tramitado el correspondiente procedimiento, por Decreto de Alcaldía
n.º 2024-0543, de fecha 20/02/2024, se ordenaba a a 18701842J, en calidad de
propietaria de la vivienda situada en CL POETA ARGEMI 6 Es:1 Pl:00 Pt:01 del término
municipal de Vinaròs (Castellón), de referencia catastral 5935601BE8853F0009RE, que
en el plazo máximo de un mes, procediera a la limpieza del patio común del edificio, al
que se accede por dicha vivienda, a efectos de dejar dicha finca en las debidas
condiciones de seguridad, salubridad, ornato público y decoro.
Asimismo, se advertía a la persona obligada que el incumplimiento injustificado de la
orden facultaría a este Ayuntamiento para adoptar alguna de las medidas, previstas en el
art. 192.5º del texto refundido de la Ley de ordenación del territorio, urbanismo y paisaje
(TRLOTUP), aprobado por Decreto Legislativo 1/2021 de 18 de junio del Consell de la
Generalitat Valenciana. A estos efectos, el coste de las actuaciones a realizar se
estimaba, con carácter provisional, en un importe de 100 euros, a cuenta y sin perjuicio
del coste que resulte definitivamente, una vez ejecutados los trabajos.
2º.- La anterior resolución fue notificada a la persona interesada, de conformidad con
lo previsto en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común
de las Administraciones Públicas, siendo firme en vía administrativa.
**3º.-**Visto que, transcurrido el plazo concedido, y constatado que no se había
cumplido con lo ordenado, mediante Decreto de Alcaldía n.º 2024-2971, de fecha
06/08/2024, se declaraba el incumplimiento de la orden impuesta, y se resolvía proceder
a la ejecución subsidiaria de las actuaciones referidas. Así mismo, se aprobaba la
liquidación provisional de los los gastos, daños y perjuicios generados, por importe de

cve: BOE-N-2025-82b1aae6e37f235e9fa03375fbdee7f769215b8c
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