Administración Local. Barcelona. Ayuntamiento De Igualada. (BOE-N-2025-398660)
Anuncio de notificación de 29 de mayo de 2025 en procedimiento de incoación de expedientes sancionadores por infracciones administrativas.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 133

Martes 3 de junio de 2025

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Suplemento de Notificaciones

ADMINISTRACIÓN LOCAL
BARCELONA
AYUNTAMIENTO DE IGUALADA
Anuncio de notificación de 29 de mayo de 2025 en procedimiento de incoación de
expedientes sancionadores por infracciones administrativas.
ID: N2500401036

De conformidad con lo dispuesto en los artículos 44 y 46 de la Ley 39/2015, de 1 de
octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas
(PACAP), se hace público Decreto dictado por el Concejal de Dinamización Económica,
Entorno Urbano y Sostenibilidad por delegación de la Alcaldía en virtud del Decreto de
21 de junio de 2023, de incoación de expediente por infracción administrativa de fecha
08/05/2025.
Los antecedentes y fundamentos jurídicos de dicha resolución están a disposición de
los interesados en las dependencias de la Unidad de Sancionadores del Ayuntamiento
de Igualada (Plaza Ayuntamiento, 1, 08700 Igualada).
ANEXO
Exp. nº: 1357/4363/2025
Fecha Decreto: 08/05/2025
DNI: 46778422-X
Ordenanza infringida: Ordenanza Municipal Reguladora del Ruido y las Vibraciones
(art. 35.1 f)
Importe Propuesta Sanción: 150,25 €
1.- Los interesados podrán formular recusación contra la persona del instructor/a y/o
el/la Secretaría, por los motivos establecidos en los artículos 23 y 24 de la Ley 40/2015,
de 1 de octubre, de RJSP.
2.- Que de reconocer la infracción cometida el procedimiento se resolverá con
imposición de la sanción que proceda.
3.- Que el presente procedimiento, de acuerdo con lo dispuesto en el art. 53 de la
Ley 39/2015, de PACAP, se desarrolla bajo el principio de acceso permanente, por lo que
se podrá en cualquier momento acceder a sus actuaciones personándose en las
dependencias de la Unidad de Sancionadores del Ayuntamiento de Igualada (Plaza
Ayuntamiento, 1, 08700 Igualada).
4.- El procedimiento que resulta de aplicación es el recogido en la Ley 39/2015 de
PACAP y los principios de la potestad sancionadora recogida en la ley 40/2015 de RJAP.
También es de aplicación el Decreto 278/1993, de 9 de noviembre, sobre el
procedimiento sancionador de aplicación a los ámbitos de competencia de la
Generalidad de Cataluña, por lo que el expediente deberá ser resuelto y notificado en un
plazo de seis meses, y de acuerdo con el artículo 10.3, en el caso de procedimiento
general, y el artículo 18.3, en el caso de procedimiento abreviado, se dispone de un

cve: BOE-N-2025-cc40fc07a6fedb6f74616f9053b39d4e275a22f1
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