Administración Local. Illes Balears. Ayuntamiento De Llucmajor. (BOE-N-2025-399026)
Anuncio de notificación de 29 de mayo de 2025 en procedimiento bajas de oficio expte. 68.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Martes 3 de junio de 2025

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Suplemento de Notificaciones

ADMINISTRACIÓN LOCAL
ILLES BALEARS
AYUNTAMIENTO DE LLUCMAJOR
Anuncio de notificación de 29 de mayo de 2025 en procedimiento bajas de oficio expte.
68.
ID: N2500403390

Baja de oficio por inscripción indebida de personas en el padrón municipal de
habitantes de Llucmajor.
Una vez intentada la notificación a las personas interesadas y que se detallan en el
cuerpo del presente anuncio, de conformidad con lo previsto en el artículo 44 de la Ley
39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las
Administraciones públicas, y de acuerdo con el apartado 5.2.4 de la Resolución de 16 de
marzo de 2015, de la Subsecretaría, por la que se publica la resolución de 30 de enero
de 2015, de la Presidencia del Instituto Nacional de Estadística y de la Dirección General
de Coordinación de Competencias con las comunidades autónomas y las entidades
locales, sobre instrucciones técnicas a los ayuntamientos sobre la gestión del padrón
municipal, mediante el presente anuncio se comunica a las personas interesadas que a
continuación se detallan, que han sido dadas de baja del padrón municipal de habitantes
de Llucmajor, en virtud del Decreto de Alcaldía núm. 2025001889, de 28 de mayo de
2025.
Contra dicha resolución, que pone fin a la vía administrativa, y de conformidad con lo
que disponen los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, y los artículos 8, 45 y 46 de la
Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa, se
podrá interponer alternativamente uno de los siguientes recursos:
Con carácter potestativo, recurso de reposición ante esta Alcaldía, en el plazo de un
mes, a contar del día siguiente de la publicación del presente anuncio.
La interposición del recurso, excepto en los casos en que una disposición establezca
lo contrario, no suspenderá la ejecución del acto impugnado, de conformidad con el
artículo 117 de la Ley 39/2015.
Si trascurriese un mes desde el día siguiente a la interposición del recurso de
reposición sin que éste haya sido resuelto, se podrá entender que ha sido desestimado e
interponer el recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo ContenciosoAdministrativo de Palma, en el plazo de seis meses, a contar desde el día siguiente de la
desestimación presunta.
Recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo ContenciosoAdministrativo de Palma, dentro del plazo de dos meses a contar desde el día siguiente
de la publicación del presente anuncio.
En caso de optar por el recurso de reposición no se podrá interponer el recurso
contencioso-administrativo hasta que aquél haya sido resuelto expresamente o se haya
producido su desestimación por silencio administrativo.
Todo ello sin perjuicio de cualquier otro recurso o acción que se estime procedente.
RELACIÓN DE PERSONAS

cve: BOE-N-2025-eaaf51e50f5cee6ee30941f8b69060ab53de77f9
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Núm. 133