Otros Entes. (BOE-N-2025-400450)
Anuncio de notificación de 28 de mayo de 2025 en procedimientos Reclamación de prestaciones económicas, gestionado por ASEPEYO, mutua colaboradora con la Seguridad Social nº 151.
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Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 133
Martes 3 de junio de 2025
Persona Física
Responsable
Tipo de prestación
Supl. N. Pág. 12
Fecha de
envío de 1a
carta RPI
Importe neto
de la
prestación
indebida
IPF
Expediente
49559833P
49559833P
KC0052221CT
Cese de actividad de los
trabajadores autónomos
20/03/2025
314,80 €
40561863Y
40561863Y
FV0008121CT
Cese de actividad de los
trabajadores autónomos
20/03/2025
1.374,36 €
X7609091R
X7609091R EF0091621CT
Cese de actividad de los
trabajadores autónomos
20/03/2025
4.004,76 €
Y1134316Q
Y1134316Q DC0069721CT
Cese de actividad de los
trabajadores autónomos
20/03/2025
4.004,76 €
42906172V
42906172V
EF0093621CT
Cese de actividad de los
trabajadores autónomos
20/03/2025
2.131,32 €
45553431E
45553431E
EF0094021CT
Cese de actividad de los
trabajadores autónomos
20/03/2025
3.889,80 €
42917080T
42917080T
EF0096621CT
Cese de actividad de los
trabajadores autónomos
20/03/2025
6.246,56 €
Y1554733Q
Y1554733Q CF0083921CT
Cese de actividad de los
trabajadores autónomos
30/01/2025
1.888,80 €
En caso de no abonar el importe reclamado en el plazo de dos meses desde la
publicación de este anuncio, esta entidad procederá a comunicar la presente
reclamación de deuda a la Tesorería General de la Seguridad Social, a fin de que
proceda a su recaudación en vía ejecutiva, de conformidad con lo dispuesto en el
artículo 55 del TRLGSS y el Real Decreto 1415/2004, de 11 de junio. Puede accederse al
texto completo de este acuerdo, mediante comparecencia ante cualquier centro
asistencial u oficina abierta al público de esta Mutua, solicitando cita previa.
Contra este acuerdo podrá interponerse Reclamación Previa a la vía jurisdiccional
ante esta Mutua, en el plazo de treinta días desde su publicación, de conformidad con lo
establecido con el artículo 71 de la Ley 36/2011, de 10 de octubre, reguladora de la
Jurisdicción Social.
cve: BOE-N-2025-a7ff828583048a10efcf4c098c79f22cc3fdd22e
Verificable en https://www.boe.es
Barcelona, 28 de mayo de 2025.- Silvia Sancho Muñoz - Directora de Prestaciones
https://www.boe.es
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X
Núm. 133
Martes 3 de junio de 2025
Persona Física
Responsable
Tipo de prestación
Supl. N. Pág. 12
Fecha de
envío de 1a
carta RPI
Importe neto
de la
prestación
indebida
IPF
Expediente
49559833P
49559833P
KC0052221CT
Cese de actividad de los
trabajadores autónomos
20/03/2025
314,80 €
40561863Y
40561863Y
FV0008121CT
Cese de actividad de los
trabajadores autónomos
20/03/2025
1.374,36 €
X7609091R
X7609091R EF0091621CT
Cese de actividad de los
trabajadores autónomos
20/03/2025
4.004,76 €
Y1134316Q
Y1134316Q DC0069721CT
Cese de actividad de los
trabajadores autónomos
20/03/2025
4.004,76 €
42906172V
42906172V
EF0093621CT
Cese de actividad de los
trabajadores autónomos
20/03/2025
2.131,32 €
45553431E
45553431E
EF0094021CT
Cese de actividad de los
trabajadores autónomos
20/03/2025
3.889,80 €
42917080T
42917080T
EF0096621CT
Cese de actividad de los
trabajadores autónomos
20/03/2025
6.246,56 €
Y1554733Q
Y1554733Q CF0083921CT
Cese de actividad de los
trabajadores autónomos
30/01/2025
1.888,80 €
En caso de no abonar el importe reclamado en el plazo de dos meses desde la
publicación de este anuncio, esta entidad procederá a comunicar la presente
reclamación de deuda a la Tesorería General de la Seguridad Social, a fin de que
proceda a su recaudación en vía ejecutiva, de conformidad con lo dispuesto en el
artículo 55 del TRLGSS y el Real Decreto 1415/2004, de 11 de junio. Puede accederse al
texto completo de este acuerdo, mediante comparecencia ante cualquier centro
asistencial u oficina abierta al público de esta Mutua, solicitando cita previa.
Contra este acuerdo podrá interponerse Reclamación Previa a la vía jurisdiccional
ante esta Mutua, en el plazo de treinta días desde su publicación, de conformidad con lo
establecido con el artículo 71 de la Ley 36/2011, de 10 de octubre, reguladora de la
Jurisdicción Social.
cve: BOE-N-2025-a7ff828583048a10efcf4c098c79f22cc3fdd22e
Verificable en https://www.boe.es
Barcelona, 28 de mayo de 2025.- Silvia Sancho Muñoz - Directora de Prestaciones
https://www.boe.es
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X