Comunidades Y Ciudades Autónomas. Comunidad Autónoma De Aragón. Departamento De Agricultura, Ganadería Y Alimentación. (BOE-N-2025-395517)
SERVICIO PROVINCIAL DEL DEPARTAMENTO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y ALIMENTACIÓN DE ZARAGOZA. Anuncio de notificación de 28 de mayo de 2025 en procedimiento sancionador por infracción a la Ley de Sanidad Animal.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 132

Lunes 2 de junio de 2025

Supl. N. Pág. 1

Suplemento de Notificaciones

COMUNIDADES Y CIUDADES AUTÓNOMAS
COMUNIDAD AUTÓNOMA DE ARAGÓN
DEPARTAMENTO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y ALIMENTACIÓN
SERVICIO PROVINCIAL DEL DEPARTAMENTO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y
ALIMENTACIÓN DE ZARAGOZA. Anuncio de notificación de 28 de mayo de 2025 en
procedimiento sancionador por infracción a la Ley de Sanidad Animal.
ID: N2500398082

No habiéndose podido realizar la notificación preceptiva y de conformidad con lo
dispuesto en el artículo 44 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas, se hace pública notificación a
las personas que al final se relacionan de las resoluciones dictadas en los expedientes
incoados por infracciones a la Ley de Sanidad Animal.
El importe de la sanción deberá ser ingresado en la cuenta corriente número ES 47
2085-0101-17-0430000337, con indicación de sus datos personales, así como el número
de expediente, debiendo enviar copia del ingreso a la dirección de correo electrónico
sanciones.agmaz@aragon.es o, en su defecto, enviando fotocopia del mismo al Servicio
Provincial de Agricultura, Ganadería y Alimentación de Zaragoza, Paseo Mª Agustín, 36,
Pta. 7, Planta 1ª, para su constancia en el expediente.
Dicho pago deberá realizarse en los siguientes plazos:
a) Si recibe la notificación entre del día 1 y 15 del mes, podrá pagar desde la fecha
de notificación hasta el día 20 del mes siguiente, o, si éste fuera inhábil, hasta el día
inmediato hábil posterior.

Contra la presente Resolución cabe interponer Recurso de Alzada ante el Excmo.
Consejero de Agricultura, Ganadería y Alimentación de la Diputación General de Aragón,
en el plazo de un mes, contado desde el día siguiente al de su notificación, sin perjuicio
de cualquier otro recurso que proceda legalmente.
De no abonar la multa en los citados plazos, no habiendo interpuesto recurso y una
vez transcurrido el plazo para hacerlo, se procederá a su exacción por la vía de apremio.
Nº Expediente

Interesado

Infracción

Sanción

ZA/SAN/2025/0136 72864590S Ley de Sanidad Animal 600.-€

Zaragoza, 28 de mayo de 2025.- El Director del Servicio Provincial, Francisco José
López Gómez

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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO

D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X

cve: BOE-N-2025-8b3988c70d701b47321fa14ab159ee83b7f5a98f
Verificable en https://www.boe.es

b) Si la recibe entre el día 16 y el último del mes, podrá pagar desde la fecha de
notificación hasta el día 5 del segundo mes posterior, o, si éste fuera inhábil, hasta el día
inmediato hábil posterior.