Notarías Y Registros De La Propiedad, Mercantiles Y De Bienes Muebles. Registros De La Propiedad, Mercantiles Y De Bienes Muebles. Pontevedra. (BOE-N-2025-397547)
REGISTRO DE LA PROPIEDAD DE PONTEVEDRA 2. Anuncio de notificación de 29 de mayo de 2025 en procedimiento de inacripción de base gráfica - inmatriculación, art. 199 L.H.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Lunes 2 de junio de 2025

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Suplemento de Notificaciones

NOTARÍAS Y REGISTROS DE LA
PROPIEDAD, MERCANTILES Y DE BIENES
MUEBLES
REGISTROS DE LA PROPIEDAD, MERCANTILES Y DE BIENES
MUEBLES
PONTEVEDRA
REGISTRO DE LA PROPIEDAD DE PONTEVEDRA 2. Anuncio de notificación de 29 de
mayo de 2025 en procedimiento de inacripción de base gráfica - inmatriculación, art. 199
L.H.
ID: N2500400086

notificacion a colindantes desconocidos
Doña María Alejandra Castaño Verde, Registradora de la Propiedad del Registro de
la Propiedad número Dos de Pontevedra, de acuerdo con el artículo 44 y la Disposición
Adicional Tercera de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo
Común de las Administraciones Públicas, por existir fincas colindantes con titularidad
catastral en investigación, NOTIFICA a los posibles interesados:
Conforme al artículo 199 de la Ley Hipotecaria, según el expediente tramitado con el
asiento 867 del Diario 2025, se solicita la inscripción de la representación gráfica de la
finca 545 de Inmatriculadas 2 - Poio con código registral único 36024000495210:
Según los libros del Registro, la finca tiene la siguiente descripción:
En COSTADO, a viña, hoy URBANA, en el lugar de Cidrás, parroquia de Combarro,
municipio de Poio, de OCHENTA Y UNA CENTIAREAS. Linda: Norte,
4082889NG2948S0001JX de Jose Luis Fernandez Lozano y 4082888NG2948S0001LX;
Sur, parcela 4082845NG2948S001TX de Maria de los Angeles Dominguez Laredo; Este,
parcela 4082844NG2948S0001LX de Candido Carballa Mendez; y Oeste, parcela
4082849NG2948S0001KX de Constantino Chapela Esperón.
Según el título y la base gráfica catastral presentada, quedará con la superficie de
ochenta y una centiáreas, correspondientes con la base gráfica aportada.
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 9.b párrafo séptimo de la Ley
Hipotecaria, una vez inscrita la representación gráfica georreferenciada de la finca, su
cabida será la resultante de dicha representación.
Conforme al artículo 199.1 de la LH, el registrador notificará a los titulares de fincas
colindantes a quienes pueda afectar esta inscripción para que puedan hacer las
alegaciones oportunas, si estiman que se produce invasión de su finca registral. Para
ello, puede Usted comprobar en el siguiente enlace que la representación gráfica de la
finca cuya inscripción se solicita es correcta y no perjudica la situación física de su finca.
https://geoportal.registradores.org/geoportal/idtramite/ID36024200003391
Esta finca se corresponde, conforme al art. 45 del Texto Refundido de la Ley de
Catastro Inmobiliario, con el Informe de Validación frente a parcelario catastral con CSV:

cve: BOE-N-2025-8d22c3550dcb4d0a1af8962a4613ce6a4c6586f9
Verificable en https://www.boe.es

Núm. 132