Notarías Y Registros De La Propiedad, Mercantiles Y De Bienes Muebles. Registros De La Propiedad, Mercantiles Y De Bienes Muebles. Jaén. (BOE-N-2025-397345)
REGISTRO DE LA PROPIEDAD DE MARTOS. Anuncio de notificación de 29 de mayo de 2025 en procedimiento Art.199 LH.
<< 1 << Página 1
Página 2 Pág. 2
-
2 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 132

Lunes 2 de junio de 2025

Supl. N. Pág. 2

Georreferenciación y enlace al geoportal registral
https://geoportal.registradores.org/geoportal/idtramite/ID23010200003846
Superficie resultante: 137 metros cuadrados
Destinatarios de la presente notificación:
Las personas mencionadas como colindantes en la descripción, y además, las
siguientes:
1.- Como administración titular del dominio público
Ayuntamiento de Martos
2.- Como titular registral de finca potencialmente afectada
finca: 59.799. Titular: Francisco Melero Navero y Maria Espinosa Castillo
finca: 55.405. Titular: Noelia Carrillo Serrano y David Santiago Martin
finca: 56.145. Titular: Custodio Martos Luque y Dolores Órpez Villar
finca: 56.094. Titular: Manuel López Gallardo y Dolores Luque Expósito
finca: 56.096. Titular: Maria Encarnación Jimenez López y Angel Barranco Garcel
3.- Como titular catastral de inmueble afectado
No procede
Observaciones:
Conforme al articulo 199 LH, cualquier interesado podrá comparecer ante el
Registrador y presentar alegaciones escritas, o remitirlas por correo certificado a la
dirección arriba indicada, citando el numero de entrada arriba indicado, acreditando la
autenticidad de la firma, y en su caso, la representación que se alegue. Si alega posible
invasión total o parcial de su propia finca, deberá aportar acreditación documental gráfica
de ello.

Si finalmente se inscribe la georreferenciación pretendida por el promotor del
expediente, se presumirá, conforme al art 38 de la Ley Hipotecaria, que la finca registral
tiene la ubicación, delimitación y superficie que resulten de dicha georreferenciación
inscrita, y ya no se podrá inscribir después para otra finca una georreferenciación que
invada la previamente inscrita sin consentimiento del titular o sentencia firme.
Por todo ello, se le informa de la importancia y conveniencia de que cualquier
interesado solicite también y cuanto antes la inscripción de la georreferenciación de sus
propias fincas registrales conforme al art 199 de la Ley Hipotecaria, o que proceda a
inmatricular sus inmuebles catastrales si no lo estuvieran.
Martos, 29 de mayo de 2025.- El/La Registrador/a, Joaquín Delgado Ramos

https://www.boe.es

BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO

D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X

cve: BOE-N-2025-b31e32d56120f9cfe98ec899af5dbdf3f9f56f64
Verificable en https://www.boe.es

“Si usted alegase invasión parcial de su finca debe precisar exactamente cuál es la
porción invadida con sus coordenadas, aportando preferiblemente el fichero GML que las
contenga.”