Notarías Y Registros De La Propiedad, Mercantiles Y De Bienes Muebles. Registros De La Propiedad, Mercantiles Y De Bienes Muebles. Santa Cruz De Tenerife. (BOE-N-2025-397576)
REGISTRO DE LA PROPIEDAD DE GRANADILLA DE ABONA. Anuncio de notificación de 28 de mayo de 2025.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 132

Lunes 2 de junio de 2025

Supl. N. Pág. 2

481, propiedad de Rosalba Anastasia Pestano Hernández; y al Oeste, con la parcela
301, propiedad de Juan Reyes Jorge.
Promotor/es del expediente: VICENTA ARMARIA PESTANO HERNANDEZ.
Titular registral: DOÑA VICENTA ARMARIA PESTANO HERNANDEZ.
Enlace al correspondiente recinto geográfico en el visor público de alertas
geográficas registrales, accesible en www.registradores.org mediante el siguiente
identificador:
https://geoportal.registradores.org/geoportal/idufir/38017000772311
Conforme al mismo precepto legal, podrá usted comparecer ante el Registrador de la
Propiedad, en el plazo de los veinte días siguientes a la recepción de la presente
comunicación, para alegar por escrito lo que a su derecho convenga. Sólo en el caso de
albergar dudas, previamente a sus alegaciones por escrito, se ruega concertar cita
previa con el oficial encargado del expediente, indicando como referencia: Asiento/Diario:
2400/2025. Entrada número: 6370/2025.
A la vista de las alegaciones efectuadas, el Registrador decidirá motivadamente
según su prudente criterio, sin que la mera oposición de quien no haya acreditado ser
titular registral de la finca o de cualquiera de las registrales colindantes determine
necesariamente la denegación de la inscripción.
Si lo desea, también puede usted remitir sus alegaciones por escrito con firma
legitimada, o con firma electrónica reconocida, y, en su caso, acreditando la
representación en la que actúe. Todo ello a la dirección del Registro de la Propiedad de
Granadilla de Abona, señalada en el encabezamiento, indicando como referencia:
Asiento/Diario: 2400/2025. Entrada número: 6370/2025.
En el caso de no comparecer y justificar la oposición se presumirá que no se opone a
la inscripción de la representación geográfica notificada.Observaciones: conforme al artículo 10.5 de la Ley Hipotecaria, si tras la tramitación
del referido expediente el Registrador procediera a inscribir la referida representación
gráfica y lista de coordenadas, se presumirá, con arreglo a lo dispuesto en el artículo 38,
que la finca objeto de los derechos inscritos tiene la ubicación y delimitación geográfica
expresadas.

cve: BOE-N-2025-16c338cd7c9d12b72b50ba18314afc2f4bb09062
Verificable en https://www.boe.es

Granadilla de Abona, 28 de mayo de 2025.- El/La Registrador/a, Ignacio de la Fuente
Guitart

https://www.boe.es

BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO

D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X