Notarías Y Registros De La Propiedad, Mercantiles Y De Bienes Muebles. Registros De La Propiedad, Mercantiles Y De Bienes Muebles. Almería. (BOE-N-2025-397040)
REGISTRO DE LA PROPIEDAD DE CUEVAS DE ALMANZORA. Anuncio de notificación de 28 de mayo de 2025 en procedimiento Artículo 205 Ley Hipotecaria.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 132
Lunes 2 de junio de 2025
Supl. N. Pág. 2
La adquirieron en virtud de una escritura otorgada en Pulpí, el día 16 de octubre de
2024, ante el Notario DON DAVID GARRIDO PUENTE, con el número 1788/2024 de
protocolo, por herencia de Francisco García Cervantes quien a su vez la adquirió en
virtud de escritura otorgada en Guazamara, ante el notario de Cuevas del Almanzora don
Martín García Ripoll Espín el día 7 de noviembre de 1969, número 666 de su protocolo.
Todo lo cuál se le notifica en cumplimiento de lo dispuesto en el citado art. 205 LH,
haciéndole saber, que conforme al artículo 1 de la misma ley los asientos del Registro
practicados están bajo la salvaguardia de los Tribunales y producen todos sus efectos
mientras no se declare su inexactitud en los términos establecidos en esta Ley, y que,
conforme al art. 207 de la misma ley, los efectos protectores dispensados por el art. 34
de esta Ley no se producirán hasta transcurridos dos años desde la fecha de la
inmatriculación.
cve: BOE-N-2025-03ca7de0bdbbaeda1ba7b0b7f5f837a44ce88503
Verificable en https://www.boe.es
Cuevas del Almanzora, 28 de mayo de 2025.- El/La Registrador/a, Íñigo Mateo y Villa
https://www.boe.es
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X
Núm. 132
Lunes 2 de junio de 2025
Supl. N. Pág. 2
La adquirieron en virtud de una escritura otorgada en Pulpí, el día 16 de octubre de
2024, ante el Notario DON DAVID GARRIDO PUENTE, con el número 1788/2024 de
protocolo, por herencia de Francisco García Cervantes quien a su vez la adquirió en
virtud de escritura otorgada en Guazamara, ante el notario de Cuevas del Almanzora don
Martín García Ripoll Espín el día 7 de noviembre de 1969, número 666 de su protocolo.
Todo lo cuál se le notifica en cumplimiento de lo dispuesto en el citado art. 205 LH,
haciéndole saber, que conforme al artículo 1 de la misma ley los asientos del Registro
practicados están bajo la salvaguardia de los Tribunales y producen todos sus efectos
mientras no se declare su inexactitud en los términos establecidos en esta Ley, y que,
conforme al art. 207 de la misma ley, los efectos protectores dispensados por el art. 34
de esta Ley no se producirán hasta transcurridos dos años desde la fecha de la
inmatriculación.
cve: BOE-N-2025-03ca7de0bdbbaeda1ba7b0b7f5f837a44ce88503
Verificable en https://www.boe.es
Cuevas del Almanzora, 28 de mayo de 2025.- El/La Registrador/a, Íñigo Mateo y Villa
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X