Notarías Y Registros De La Propiedad, Mercantiles Y De Bienes Muebles. Registros De La Propiedad, Mercantiles Y De Bienes Muebles. Asturias. (BOE-N-2025-397054)
REGISTRO DE LA PROPIEDAD DE CANGAS DE ONÍS. Anuncio de notificación de 27 de mayo de 2025 en procedimiento Artículo 199 de la Ley Hipotecaria.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Lunes 2 de junio de 2025

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Suplemento de Notificaciones

NOTARÍAS Y REGISTROS DE LA
PROPIEDAD, MERCANTILES Y DE BIENES
MUEBLES
REGISTROS DE LA PROPIEDAD, MERCANTILES Y DE BIENES
MUEBLES
ASTURIAS
REGISTRO DE LA PROPIEDAD DE CANGAS DE ONÍS. Anuncio de notificación de 27
de mayo de 2025 en procedimiento Artículo 199 de la Ley Hipotecaria.
ID: N2500394551

NUMERO DE ENTRADA: 1250
ASIENTO DE PRESENTACIÓN: 2025
Procedimiento del artículo 199 Ley Hipotecaria para la incripción de la base gráfica
georreferenciada y rectificación de la descripción, superficie y linderos de la finca
Número de Finca 5477 CRU. 33004000164838 del concejo de RIBADESELLA
A LA ATENCIÓN DE HEREDEROS DE MARÍA ANGELES MENENDEZ
Don Gonzalo Olmos Gil, Registrador de la Propiedad de Cangas de Onís,
CERTIFICA que don José Luis Alvárez Campo, don José Felipe Alvarez Pérez y doña
Maríadel Carmen Alvarez Pérez, han solicitado la inscripción de la base gráfica
georreferenciada y la rectificación de la descripción, superficie y linderos de la finca
registral Número de Finca 5477 CRU: 33004000164838 del concejo de RIBADESELLA
La presente notificación se le practica en su condición de COLINDANTE catastral,
para que conforme al artículo 199 de la Ley Hipotecaria pueda realizar en este Registro
de la Propiedad las alegaciones que considere procedentes en el plazo de 20 días
hábiles a contar desde el siguiente a la recepción de la presente, oponiéndose a su
tramitación si no estuviera conforme con dichas operaciones, o para que no realice
alegación alguna en el caso de estar conforme con la misma.
No obstante, en el caso de presentar alegaciones por las que se oponga a las
operaciones indicadas, DEBERÁ APORTAR pruebas escritas de la causa legítima en las
que se funden (esencialmente, el perjuicio para sus derechos o invasión de su/s finca/s,
no admitiéndose las que sean puramente arbitrarias o carezcan de causa legal).
DESCRIPCIONES DE LA FINCA EN CUESTIÓN:
a) La descripción actual de la finca objeto de este expediente, según el historial del
Registro de la Propiedad, es la siguiente:
Rústica. En términos de Meluerda, concejo de Ribadesella, y sitio de la Soleyera,
finca de secano a labor y pasto con peñas, de sesenta y nueve áreas, que linda: Norte y
Este, don José del Cueto; Sur, camino y doña Josefa Díaz; Oeste, don Ramón Pardo y
don José Barreda.
b) Si el procedimiento iniciado finaliza favorablemente, la descripción de dicha finca y
su base gráfica georreferenciada pasarán a ser las siguientes:

cve: BOE-N-2025-22abc76b399f0a393a4bb2c1ec163b2db45f6655
Verificable en https://www.boe.es

Núm. 132