Administración Local. Ciudad Real. Ayuntamiento De Valdepeñas. (BOE-N-2025-396104)
POLICÍA LOCAL. Anuncio de notificación de 28 de mayo de 2025 en procedimiento Notificación no practicada inicio expedientes sancionadores tráfico.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Lunes 2 de junio de 2025
Supl. N. Pág. 1
Suplemento de Notificaciones
ADMINISTRACIÓN LOCAL
CIUDAD REAL
AYUNTAMIENTO DE VALDEPEÑAS
POLICÍA LOCAL. Anuncio de notificación de 28 de mayo de 2025 en procedimiento
Notificación no practicada inicio expedientes sancionadores tráfico.
ID: N2500398141
De conformidad con lo dispuesto en los artículos 90 a 92 del RDL 6/2015, de 30 de
octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley sobre Tráfico, Circulación de
Vehículos a Motor y Seguridad Vial (en adelante LSV) se hace pública la notificación de
la INICIACIÓN de los procedimientos sancionadores que se indican a las personas o
entidades que se relacionan, no siendo posible la notificación en su último domicilio
conocido. Los correspondientes expedientes obran en el Departamento de Policía Local
del Ayuntamiento de Valdepeñas, ante el cual les asiste el derecho de alegar por escrito
lo que en su defensa estimen conveniente, con aportación o proposición de las pruebas
que consideren oportunas, dentro del plazo de 20 días naturales, contados desde el
siguiente al de la publicación del presente en el Tablón Edictal Único (BOE). Si se trata
de infracciones leves, graves que no conlleven retirada de puntos o muy graves y graves
cuya notificación se haya efectuado en el acto de la denuncia, y el denunciado no
formula alegaciones ni abona el importe de la multa en el plazo de veinte días naturales
siguientes al de esta notificación, (o desde la notificación en el acto de la infracción en el
caso de infracciones muy graves y graves), ésta surtirá efecto de acto resolutorio del
procedimiento sancionador, pudiéndose ejecutar la sanción, transcurridos treinta días
naturales desde la notificación de la denuncia, (art. 95.4 LSV). Si se trata de infracciones
graves con puntos y muy graves no notificadas en el acto, se dictará resolución
sancionadora expresa. El pago con reducción implica acogerse al procedimiento
abreviado previsto en el art. 94 LSV y supone la renuncia a formular alegaciones, (si se
formulan, se tendrán por no presentadas), la terminación del procedimiento, sin
necesidad de dictar resolución expresa, el día del pago y la detracción de puntos al día
siguiente de efectuado el mismo; en caso de infracciones graves sin puntos, la sanción
no computará como antecedente en el Registro de Conductores e Infractores. Además,
quedará expedita la vía contencioso-administrativa en el plazo de dos meses a contar
desde el día del pago, ante el órgano judicial competente, alcanzando la sanción firmeza
en vía administrativa desde el momento del pago. El procedimiento sancionador
abreviado no será de aplicación a las infracciones previstas en el artículo 11.1 (no
identificar conductor) y 77.h), j), n), ñ), o), p), q), r), s) y t) de la LSV Vencido el plazo de
15 días naturales siguientes a la fecha de la firmeza de la sanción sin que se hubiese
satisfecho la multa, su cobro se llevará a cabo por el procedimiento de apremio (Art. 110
LSV). El pago se podrá hacer efectivo mediante ingreso en la caja del Ayuntamiento, o
por transferencia bancaria a la entidad IBAN ES38 0049 0016 53 2310067787, a favor
del Ayuntamiento de Valdepeñas, indicando el número de expediente. El importe se
reducirá en el 50% si se hace efectivo el pago antes de 20 días naturales desde esta
notificación. En caso de que la persona indicada no haya sido el conductor del vehículo o
cuando el titular o arrendatario del mismo sea una persona jurídica, tienen el deber de
identificar al mismo en el plazo de 20 días naturales, advirtiéndole que en el caso de
incumplir esta obligación sin causa justificada podrá ser sancionado como autor de falta
cve: BOE-N-2025-b6520f1a13d9618c75d731a2bf67bdae6e5ca03c
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 132
Lunes 2 de junio de 2025
Supl. N. Pág. 1
Suplemento de Notificaciones
ADMINISTRACIÓN LOCAL
CIUDAD REAL
AYUNTAMIENTO DE VALDEPEÑAS
POLICÍA LOCAL. Anuncio de notificación de 28 de mayo de 2025 en procedimiento
Notificación no practicada inicio expedientes sancionadores tráfico.
ID: N2500398141
De conformidad con lo dispuesto en los artículos 90 a 92 del RDL 6/2015, de 30 de
octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley sobre Tráfico, Circulación de
Vehículos a Motor y Seguridad Vial (en adelante LSV) se hace pública la notificación de
la INICIACIÓN de los procedimientos sancionadores que se indican a las personas o
entidades que se relacionan, no siendo posible la notificación en su último domicilio
conocido. Los correspondientes expedientes obran en el Departamento de Policía Local
del Ayuntamiento de Valdepeñas, ante el cual les asiste el derecho de alegar por escrito
lo que en su defensa estimen conveniente, con aportación o proposición de las pruebas
que consideren oportunas, dentro del plazo de 20 días naturales, contados desde el
siguiente al de la publicación del presente en el Tablón Edictal Único (BOE). Si se trata
de infracciones leves, graves que no conlleven retirada de puntos o muy graves y graves
cuya notificación se haya efectuado en el acto de la denuncia, y el denunciado no
formula alegaciones ni abona el importe de la multa en el plazo de veinte días naturales
siguientes al de esta notificación, (o desde la notificación en el acto de la infracción en el
caso de infracciones muy graves y graves), ésta surtirá efecto de acto resolutorio del
procedimiento sancionador, pudiéndose ejecutar la sanción, transcurridos treinta días
naturales desde la notificación de la denuncia, (art. 95.4 LSV). Si se trata de infracciones
graves con puntos y muy graves no notificadas en el acto, se dictará resolución
sancionadora expresa. El pago con reducción implica acogerse al procedimiento
abreviado previsto en el art. 94 LSV y supone la renuncia a formular alegaciones, (si se
formulan, se tendrán por no presentadas), la terminación del procedimiento, sin
necesidad de dictar resolución expresa, el día del pago y la detracción de puntos al día
siguiente de efectuado el mismo; en caso de infracciones graves sin puntos, la sanción
no computará como antecedente en el Registro de Conductores e Infractores. Además,
quedará expedita la vía contencioso-administrativa en el plazo de dos meses a contar
desde el día del pago, ante el órgano judicial competente, alcanzando la sanción firmeza
en vía administrativa desde el momento del pago. El procedimiento sancionador
abreviado no será de aplicación a las infracciones previstas en el artículo 11.1 (no
identificar conductor) y 77.h), j), n), ñ), o), p), q), r), s) y t) de la LSV Vencido el plazo de
15 días naturales siguientes a la fecha de la firmeza de la sanción sin que se hubiese
satisfecho la multa, su cobro se llevará a cabo por el procedimiento de apremio (Art. 110
LSV). El pago se podrá hacer efectivo mediante ingreso en la caja del Ayuntamiento, o
por transferencia bancaria a la entidad IBAN ES38 0049 0016 53 2310067787, a favor
del Ayuntamiento de Valdepeñas, indicando el número de expediente. El importe se
reducirá en el 50% si se hace efectivo el pago antes de 20 días naturales desde esta
notificación. En caso de que la persona indicada no haya sido el conductor del vehículo o
cuando el titular o arrendatario del mismo sea una persona jurídica, tienen el deber de
identificar al mismo en el plazo de 20 días naturales, advirtiéndole que en el caso de
incumplir esta obligación sin causa justificada podrá ser sancionado como autor de falta
cve: BOE-N-2025-b6520f1a13d9618c75d731a2bf67bdae6e5ca03c
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Núm. 132