Comunidades Y Ciudades Autónomas. Comunitat Valenciana. Conselleria De Medio Ambiente, Infraestructuras Y Territorio. (BOE-N-2025-395488)
JUNTA ARBITRAL DE TRANSPORTES DE ALICANTE. Anuncio de notificación de 29 de mayo de 2025 en procedimiento de demanda y citación a Vista Oral a la empresa Mudanzas Metropolitana, S.L. del expediente número 047/45 AC.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Lunes 2 de junio de 2025
Supl. N. Pág. 1
Suplemento de Notificaciones
COMUNIDADES Y CIUDADES AUTÓNOMAS
COMUNITAT VALENCIANA
CONSELLERIA DE MEDIO AMBIENTE, INFRAESTRUCTURAS Y
TERRITORIO
JUNTA ARBITRAL DE TRANSPORTES DE ALICANTE. Anuncio de notificación de 29 de
mayo de 2025 en procedimiento de demanda y citación a Vista Oral a la empresa
Mudanzas Metropolitana, S.L. del expediente número 047/45 AC.
ID: N2500400448
Dª. Encarnación Guijarro Jordán, Presidenta de la Junta Arbitral de Transportes de
Alicante, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 40 y 41 de la Ley 39/2015 de 1 de
octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, se
hace saber a Mudanzas Metropolitana, S.L., que se ha intentado la notificación y citación
para Vista Oral en el expediente arriba referenciados como consecuencia del
procedimiento seguido en el mismo y que no ha podido ser practicada, se hace a través
de la presente publicación, a los efectos legales oportunos, según establece el art. 44 de
la misma Ley.
El texto de la notificación es el siguiente:
“Con fecha 14 de marzo de 2025 ha tenido entrada en esta Junta Arbitral la
reclamación interpuesta contra ustedes por Ana Isabel San José Lacárcel cuya
documentación se encuentra disponible para su consulta por el interesado en esta Junta
Arbitral, para que a tenor de lo previsto en el artículo primero, apartado b) de la Orden de
12 de junio de 1991 de la Consellería de Obras Públicas, Urbanismo y Transportes, se
dé por enterado, con el fin de seguir el procedimiento.
De acuerdo con el Art. 162 de la Ley 13/1996 de 30 de diciembre de 1996, de
Medidas Fiscales, Administrativas y del Orden Social; que modifica la Ley 16/1987, de 30
de julio, de Ordenación de los Transportes Terrestres, modificada parcialmente por la Ley
29/2003, de 8 de octubre, sobre mejora de las condiciones de competencia y seguridad
en el mercado del transporte por carretera y que en referencia a las Juntas Arbitrales
dice:
“Se presumirá que existe el referido acuerdo de sometimiento al arbitraje de las
Juntas siempre que la cuantía de la controversia no exceda de 15.000 € y ninguna de las
partes intervinientes en el contrato hubiera manifestado expresamente a la otra su
voluntad en contra antes del momento en que se inicie o debería haberse iniciado la
realización del servicio o actividad contratado.”
Entendiendo que no existe manifestación expresa de No Sometimiento, se le
concede la posibilidad de contestar a la demanda antes de la celebración de la Vista
Oral, que se fija, y para la que en este acto se le cita, el próximo día 18 de junio de 2025,
a las 10,00 horas, en los locales de esta Junta Arbitral, sitos en Avda. Aguilera, 1-6ª
planta, de Alicante.
En ella ambas partes podrán exponer las alegaciones que estimen pertinentes y
practicar las pruebas oportunas. En el caso de designar representante que actúe en su
nombre durante la Vista, este deberá estar debidamente autorizado con documentación
cve: BOE-N-2025-612afebcb6d56c60c1ea54ba0e04cd4727237d46
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 132
Lunes 2 de junio de 2025
Supl. N. Pág. 1
Suplemento de Notificaciones
COMUNIDADES Y CIUDADES AUTÓNOMAS
COMUNITAT VALENCIANA
CONSELLERIA DE MEDIO AMBIENTE, INFRAESTRUCTURAS Y
TERRITORIO
JUNTA ARBITRAL DE TRANSPORTES DE ALICANTE. Anuncio de notificación de 29 de
mayo de 2025 en procedimiento de demanda y citación a Vista Oral a la empresa
Mudanzas Metropolitana, S.L. del expediente número 047/45 AC.
ID: N2500400448
Dª. Encarnación Guijarro Jordán, Presidenta de la Junta Arbitral de Transportes de
Alicante, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 40 y 41 de la Ley 39/2015 de 1 de
octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, se
hace saber a Mudanzas Metropolitana, S.L., que se ha intentado la notificación y citación
para Vista Oral en el expediente arriba referenciados como consecuencia del
procedimiento seguido en el mismo y que no ha podido ser practicada, se hace a través
de la presente publicación, a los efectos legales oportunos, según establece el art. 44 de
la misma Ley.
El texto de la notificación es el siguiente:
“Con fecha 14 de marzo de 2025 ha tenido entrada en esta Junta Arbitral la
reclamación interpuesta contra ustedes por Ana Isabel San José Lacárcel cuya
documentación se encuentra disponible para su consulta por el interesado en esta Junta
Arbitral, para que a tenor de lo previsto en el artículo primero, apartado b) de la Orden de
12 de junio de 1991 de la Consellería de Obras Públicas, Urbanismo y Transportes, se
dé por enterado, con el fin de seguir el procedimiento.
De acuerdo con el Art. 162 de la Ley 13/1996 de 30 de diciembre de 1996, de
Medidas Fiscales, Administrativas y del Orden Social; que modifica la Ley 16/1987, de 30
de julio, de Ordenación de los Transportes Terrestres, modificada parcialmente por la Ley
29/2003, de 8 de octubre, sobre mejora de las condiciones de competencia y seguridad
en el mercado del transporte por carretera y que en referencia a las Juntas Arbitrales
dice:
“Se presumirá que existe el referido acuerdo de sometimiento al arbitraje de las
Juntas siempre que la cuantía de la controversia no exceda de 15.000 € y ninguna de las
partes intervinientes en el contrato hubiera manifestado expresamente a la otra su
voluntad en contra antes del momento en que se inicie o debería haberse iniciado la
realización del servicio o actividad contratado.”
Entendiendo que no existe manifestación expresa de No Sometimiento, se le
concede la posibilidad de contestar a la demanda antes de la celebración de la Vista
Oral, que se fija, y para la que en este acto se le cita, el próximo día 18 de junio de 2025,
a las 10,00 horas, en los locales de esta Junta Arbitral, sitos en Avda. Aguilera, 1-6ª
planta, de Alicante.
En ella ambas partes podrán exponer las alegaciones que estimen pertinentes y
practicar las pruebas oportunas. En el caso de designar representante que actúe en su
nombre durante la Vista, este deberá estar debidamente autorizado con documentación
cve: BOE-N-2025-612afebcb6d56c60c1ea54ba0e04cd4727237d46
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