Estado. Ministerio De Inclusión, Seguridad Social Y Migraciones. Secretaría De Estado De La Seguridad Social Y Pensiones. (BOE-N-2025-395185)
INSTITUTO NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL. Anuncio de notificación de 28 de mayo de 2025 en procedimiento resolución solicitud incompleta (pensión y subsidio).
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Lunes 2 de junio de 2025
Supl. N. Pág. 1
Suplemento de Notificaciones
ESTADO
MINISTERIO DE INCLUSIÓN, SEGURIDAD SOCIAL Y MIGRACIONES
SECRETARÍA DE ESTADO DE LA SEGURIDAD SOCIAL Y PENSIONES
INSTITUTO NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL. Anuncio de notificación de 28 de
mayo de 2025 en procedimiento resolución solicitud incompleta (pensión y subsidio).
ID: N2500399543
Dirección Provincial de Granada
Resolución de desistimiento de solicitudes de Ingreso Mínimo Vital
De acuerdo con lo establecido en el artículo 132, apartado 4, del Texto Refundido de
la Ley General de la Seguridad Social (LGSS), aprobado por el Real Decreto Legislativo
8/2015, de 30 de octubre, en los supuestos previstos en el artículo 44 de la Ley 39/2015,
de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones
Públicas, las notificaciones que no hayan podido realizarse en el domicilio del interesado
se practicarán exclusivamente por medio de un anuncio publicado en el Boletín Oficial
del Estado. Habiéndose intentado la notificación sin que haya sido posible practicarla por
causas no imputables al Instituto Nacional de la Seguridad Social, procede efectuarla
mediante su publicación. La notificación se entenderá practicada transcurridos diez días
desde la publicación en el Boletín Oficial del Estado.
Los interesados que se relacionan, o sus representantes debidamente acreditados,
podrán comparecer ante los órganos responsables de su tramitación en la Dirección
Provincial o en el Centro de Atención e Información de la Seguridad Social más cercano
a su domicilio para conocer el contenido íntegro del acto notificado en horario de 9 a 14
horas, de lunes a viernes, excepto festivos de la localidad solicitando cita previa a los
teléfonos 958181774, 901106570 o a través de la página web www.seg-social.es. La
Dirección Provincial del Instituto Nacional de la Seguridad Social en Granada ha resuelto
terminar el procedimiento iniciado por las personas que se indican, archivándose los
respectivos expedientes por entender que desisten de su petición, al haber transcurrido
el plazo de 10 días sin que hayan aportado los documentos requeridos, que son
esenciales para su resolución, a tenor de lo dispuesto en los artículos 66 y 68 de la Ley
39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas.
Contra los actos notificados los interesados pueden presentar en esta Dirección
Provincial reclamación previa a la vía jurisdiccional en el plazo de 30 días siguientes a su
notificación, de acuerdo con el artículo 71 de la Ley 36/2011, de 10 de octubre,
reguladora de la jurisdicción social. ENUMERACIÓN IDENTIFICADOR (DNI O NIE) DE
LOS INTERESADOS EN EL PROCEDIMIENTO NO NOTIFICADOS POR AUSENCIA
DOMICILIARIA O IGNORADO PARADERO Y FECHA DE LA RESOLUCIÓN
cve: BOE-N-2025-d7d3ebe1fb756c84fa1c4bb5249b809c00b2256c
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 132
Lunes 2 de junio de 2025
Supl. N. Pág. 1
Suplemento de Notificaciones
ESTADO
MINISTERIO DE INCLUSIÓN, SEGURIDAD SOCIAL Y MIGRACIONES
SECRETARÍA DE ESTADO DE LA SEGURIDAD SOCIAL Y PENSIONES
INSTITUTO NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL. Anuncio de notificación de 28 de
mayo de 2025 en procedimiento resolución solicitud incompleta (pensión y subsidio).
ID: N2500399543
Dirección Provincial de Granada
Resolución de desistimiento de solicitudes de Ingreso Mínimo Vital
De acuerdo con lo establecido en el artículo 132, apartado 4, del Texto Refundido de
la Ley General de la Seguridad Social (LGSS), aprobado por el Real Decreto Legislativo
8/2015, de 30 de octubre, en los supuestos previstos en el artículo 44 de la Ley 39/2015,
de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones
Públicas, las notificaciones que no hayan podido realizarse en el domicilio del interesado
se practicarán exclusivamente por medio de un anuncio publicado en el Boletín Oficial
del Estado. Habiéndose intentado la notificación sin que haya sido posible practicarla por
causas no imputables al Instituto Nacional de la Seguridad Social, procede efectuarla
mediante su publicación. La notificación se entenderá practicada transcurridos diez días
desde la publicación en el Boletín Oficial del Estado.
Los interesados que se relacionan, o sus representantes debidamente acreditados,
podrán comparecer ante los órganos responsables de su tramitación en la Dirección
Provincial o en el Centro de Atención e Información de la Seguridad Social más cercano
a su domicilio para conocer el contenido íntegro del acto notificado en horario de 9 a 14
horas, de lunes a viernes, excepto festivos de la localidad solicitando cita previa a los
teléfonos 958181774, 901106570 o a través de la página web www.seg-social.es. La
Dirección Provincial del Instituto Nacional de la Seguridad Social en Granada ha resuelto
terminar el procedimiento iniciado por las personas que se indican, archivándose los
respectivos expedientes por entender que desisten de su petición, al haber transcurrido
el plazo de 10 días sin que hayan aportado los documentos requeridos, que son
esenciales para su resolución, a tenor de lo dispuesto en los artículos 66 y 68 de la Ley
39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas.
Contra los actos notificados los interesados pueden presentar en esta Dirección
Provincial reclamación previa a la vía jurisdiccional en el plazo de 30 días siguientes a su
notificación, de acuerdo con el artículo 71 de la Ley 36/2011, de 10 de octubre,
reguladora de la jurisdicción social. ENUMERACIÓN IDENTIFICADOR (DNI O NIE) DE
LOS INTERESADOS EN EL PROCEDIMIENTO NO NOTIFICADOS POR AUSENCIA
DOMICILIARIA O IGNORADO PARADERO Y FECHA DE LA RESOLUCIÓN
cve: BOE-N-2025-d7d3ebe1fb756c84fa1c4bb5249b809c00b2256c
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 132